MP C/ TANNIA RENEE CRUZ ZAVALA
Rol
O-2666-2024
Fecha
2 de septiembre de 2024
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM., OCULT IDENT EN CONTROL PREVENT ART 496 N: 5 Y 12 LEY 20931
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos “El día 20 de abril de 2024, a las 19:37 horas aproximadamente, en el interior del Supermercado Líder, ubicado en Avenida Balmaceda N° 2154, comuna de La Serena, la imputada sustrajo un lomo vetado y una punta de ganso, de propiedad del referido local comercial, avaluados en la suma de $44.500., siendo sorprendida por guardias de seguridad en los instantes que salía del lugar, luego de traspasar las cajas registradoras sin pagar el precio de las especies. Una vez detenida por personal de carabineros, al solicitarle su identidad, manifestó llamarse Katherine Constanza Ramos Merida, Cédula de Identidad N° 18.599.641-7, la cual al verificarse mediante el sistema SICPOL, se logró determinar que ésta no correspondía, ocultando de esta manera su verdadero nombre y apellido a la autoridad, quien además, mantenía una orden de detención vigente”. POSTERIOR AL DEBATE EL TRIBUNAL DICTÓ LA SIGUIENTE SENTENCIA El Tribunal dicta sentencia absolutoria, quedando los
Fundamentos
considerandos grabados íntegramente en el registro de audio N° 2400451446-3-929-240902-00-19- Sentencia, en virtud del artículo 41 del Código Procesal Penal. VISTOS Y CONSIDERANDO: PROCEDIMIENTO: Simplificado RUC Nº: 2400451446-3 RIT Nº: 2666 - 2024 DELITOS: Hurto simple por un valor de media a menos de 4 UTM Ocultación de identidad SENTENCIADA: TANNIA RENEE CRUZ ZAVALA Código: UXDHXPKXFNS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo, además, presente lo dispuesto en los artículos 1, 432, 446 N° 3 y 496 N° 5 del Código Penal; artículos 348, 349, 350, 351, 352, 388, 389, 390, 391, 392, 393, 394, 395 y siguientes del Código Procesal Penal, se resuelve que: I.- Que, SE ABSUELVE a TANNIA RENEE CRUZ ZAVALA, cédula nacional de identidad N° 18.318.162-9, ya individualizada, por su responsabilidad como autora de un delito de hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, en grado frustrado y de la falta de ocultación de identidad del artículo 496 N° 5 del Código Penal, en grado de consumado, ambos supuestamente acaecidos en esta comuna, el día veinte de abril del año dos mil veinticuatro. II.- Que, no se condena al Ministerio Público al pago de las costas de la causa, por haber tenido motivo plausible para litigar. Anótese, regístrese y ejecutoriada que sea esta sentencia, archívese. Dictada por don Pedro Álvaro Rojas Castro, Juez Titular del Juzgado de Garantía La Serena. Código: UXDHXPKXFNS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-09-02T14:17:17-0400
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RESUMEN DE AUDIENCIA Fecha La Serena, dos de septiembre de dos mil veinticuatro Tribunal Juzgado de Garantía de La Serena Juez Pedro Álvaro Rojas Castro Fiscal Andrés Gálvez Kelly Defensor José García Morgado Imputada Tannia Renee Cruz Zavala, cédula nacional de identidad N° 18.318.162-9, chilena, ignora profesión u oficio, domiciliada en calle Caracoles N° 1.420, sector Parte Alta, comuna de Coqu
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