Juzgado de Garantía de Osorno.

MINISTERIO PUBLICO C/ MANUEL ALEJANDRO ACUÑA MUÑOZ

Rol

O-5420-2024

Fecha

27 de agosto de 2024

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos Que la parte expositiva y considerativa constan, en registro de audio pertinente. Teniendo presente los siguientes hechos: El día 26 de agosto del año 2024 a las 22:30 horas el imputado fue sorprendido en calle Los Carrera a la altura del N°1400 de esta ciudad de Osorno por personal de Carabineros, al momento de ser fiscalizado portaba en el cinto de su pantalón parte trasera un cuchillo de 15 cm. de hoja y 13 cm. de empuñadura, color gris, marca Home Collection, el cual portaba sin dar razón justificada de el mismo porte, siendo detenido. Y

Fundamentos

considerando además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 Nº9, 14 N°1, 15 N°1, 18, 30, 49, 50 y siguientes, 70, 288 bis del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal,

Fallo

se declara: I. Que se condena a MANUEL ALEJANDRO ACUÑA MUÑOZ, cédula de identidad N°17.802.488-4, 33 años, sin trabajo, soltero, domiciliado en el Hogar de Cristo de la ciudad de Osorno, como autor del delito consumado de porte de arma cortante o punzante, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código penal, cometido en el territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 26 de agosto del año 2024 a la pena de multa de 1/3 de Unidad Tributaria Mensual y al comiso de la especie incautada. II.- La pena de multa se tendrá por cumplida en razón del día que el sentenciado estuvo privado de libertad por un período de tiempo superior a 12 horas en la presente causa, el cual corresponde al día 26 de agosto del año 2024. III.- Que no se condena en costas al sentenciado por haber aceptado la realización del juicio simplificado y haber sido asesorado por la Defensoría Penal Pública. Código: QCYSXPQHCJS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, regístrese y archívese esta sentencia conforme el estado del proceso. Quedan en este acto notificados todos los intervinientes de la sentencia antes pronunciada. RUC 2401010371-8 RIT 5420 – 2024 Dictó don PABLO ALVAREZ SOLÍS, Juez de Garantía de Osorno. Código: QCYSXPQHCJS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-09-02T12:17:19-

Texto Completo (Preview)

RUC : 2401010371-8 RIT : 5420 – 2024 DELITO : Porte de arma cortante o punzante NOMBRE DEL IMPUTADO : MANUEL A. ACUÑA MUÑOZ PROCEDIMIENTO : Simplificado Osorno, veintisiete de agosto de dos mil veinticuatro Vistos Que la parte expositiva y considerativa constan, en registro de audio pertinente. Teniendo presente los siguientes hechos: El día 26 de agosto del año 2024 a las 22:30 horas el imputado

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