Juzgado de Garantía de Villarrica.

YARASNA SOLEDAD PINTO ARANDA C/ GERMÁN BERNARDO FICA SALAMANCA

Rol

O-278-2024

Fecha

27 de agosto de 2024

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de Villarrica el Fiscal CARLOS FERNANDO CONTRERAS GAMONAL, presentó requerimiento en procedimiento simplificado en contra GERMAN EDUARDO FICA SALAMANCA, cedula nacional de identidad N°20.986.508-4, con domicilio en registrado en el tribunal representado por la defensora peal publica JAVIERA FERNANDA ITURRIAGA WILDER. La acusación fue presentada por la participación que estima el Ministerio Público le corresponde en calidad de autor de dos delitos de LESIONES MENOS GRAVES EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, prescrito y sancionado en el artículo 399 y 494 N°5 del Código Penal en relación al artículo 5 de la Ley 20.066, ilícito cometido en grado de consumado. El Ministerio Público fundó su imputación en los siguientes hechos: “El día 21 de Enero de 2023, siendo aproximadamente las 09:30 horas, en circunstancias que la víctima YARASNA SOLEDAD PINTO ARANDA se encontraba en su domicilio ubicado en calle Futaleufu N° 2540, comuna de Villarrica, en compañía de su conviviente el imputado GERMAN BERNARDO FICA SALAMANCA, debido a que la víctima procedió a revisarle el celular, producto de una infidelidad, este se ofusco, procediendo a insultarla con palabras groseras e hirientes, para posteriormente agredirla físicamente, con una patada en la cara, dándose a la fuga en dirección desconocida. A consecuencia de lo anterior, la víctima resulto con “contusión de la cara, herida del labio, luxación dental”, lesiones de carácter clínicamente leves.” El Ministerio Público pidió se condene al acusado por un ilícito de Lesiones Menos Graves en contexto de Violencia Intrafamiliar solicitando la pena de multa de 11 U.T.M., además de la pena accesoria del artículo 9 LETRA letras B de la ley 20.066, por un año, sin perjuicio de las accesorias de suspensión de cargo u oficio público Código: GXBKXPPJZDT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl JUZGADO DE GARANTÍA VILLARRICA

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 297 en relación con los artículos 340, 399, 494 Nº 5 y 395 del Código Procesal Penal, artículos 1º, 11 N° 6 y 11 N°9, 15 Nº 1, 30, 49, 67, 69 y 70 del Código Penal, y de la Ley 18.216, se RESUELVE I.- Que se condena GERMAN EDUARDO FICA SALAMANCA, cedula nacional de identidad N°20.986.508-4, como autor de un delito de LESIONES MENOS GRAVES en contexto de violencia intrafamiliar hecho acaecido en Villarrica, a un penas de multa de DOS TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, atendido el mayor tiempo que permaneció privado de libertad la pena se dará por cumplida. Y de igual manera se impone como pena accesoria la prohibición de aproximarse a la víctima YARASNA SOLEDAD PINTO ARANDA, por el periodo de un año, conforme lo señala el artículo 9 LETRA B de la ley 20.066. Ofíciese. III.- Atento lo dispuesto en el artículo 600 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales se le exime del pago de las costas de la causa. Se ordena dar cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 468 del código procesal penal dese cumplimiento al artículo 38 ley 18.216. R.I.T. 278-2024 R.U.C. 2300524458-7 Dictada por JULIO LUIS SANDOVAL BERROCAL, Juez del Juzgado de Garantía de Villarrica. Código: GXBKXPPJZDT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: GXBKXPPJZDT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl

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JUZGADO DE GARANTÍA VILLARRICA C/ GERMAN EDUARDO FICA SALAMANCA LESIONES MENOS GRAVES EN VIF. R.U.C. 2300151278-1 R.I.T. 278-2024 / Villarrica, veintisiete de Agosto de dos mil veinticuatro. VISTOS: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de Villarrica el Fiscal CARLOS FERNANDO CONTRERAS GAMONAL, presentó requerimiento en procedimiento simplificado en contra GERMAN EDUARDO FICA SALAMANCA, ced

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