2º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ JONATHAN ROBERTO ARAVENA NARVÁEZ

Rol

O-3029-2024

Fecha

27 de agosto de 2024

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 11 de mayo de 2024, alrededor de las 02:30 horas, el acusado JONATHAN ROBERTO ARAVENA NARVÁEZ, con el ánimo de sustraer especies, concurrió al inmueble ubicado en Pasaje Los Tailandeses Nro.1149, comuna de Quilicura, que sirve de morada a don DANILO ARIEL MUÑOZ REYES y su grupo familiar. Una vez en el lugar, el acusado ingresó al inmueble mediante el escalamiento de un cierre perimetral que conecta con una propiedad colindante y luego, encontrándose en el patio de la vivienda, procedió a sustraer y apropiarse de una bicicleta marca TREK, de color gris, avaluada en la suma de $ 520.000, especie con la que trató de darse a la fuga, lo que no logró, ya que fue sorprendido y detenido por vecinos que alertaron a la víctima respecto de la ocurrencia del delito. SE DECLARA: I. Que se condena a JONATHAN ROBERTO ARAVENA NARVÁEZ, ya individualizado, en calidad de autor del delito de ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS EN LUGAR DESTINADO A LA HABITACIÓN, en grado FRUSTRADO perpetrado con fecha 11 de mayo de 2024, en la comuna de Quilicura, a la pena de CUATRO AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II. Que la pena impuesta será de cumplimiento efectivo, sirviéndole de abono los días que estuvo preso por esta causa, esto es, 78 días desde el 11 de mayo al 28 de julio de 2024, fecha en la que ingresó rematado en causa Rit N° 294-2024 de este mismo tribunal. III. Que conforme a lo previsto en el artículo 17 de la Ley 19.970, que crea el Sistema Nacional de Registro de ADN, tómese muestras biológicas para la determinación de la huella genética del imputado. IV. Que se le exime del pago de las costas de la causa. V. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.- Las partes renuncian a los plazos. “La sentencia dictada oralmen

Fallo

SE DECLARA: I. Que se condena a JONATHAN ROBERTO ARAVENA NARVÁEZ, ya individualizado, en calidad de autor del delito de ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS EN LUGAR DESTINADO A LA HABITACIÓN, en grado FRUSTRADO perpetrado con fecha 11 de mayo de 2024, en la comuna de Quilicura, a la pena de CUATRO AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II. Que la pena impuesta será de cumplimiento efectivo, sirviéndole de abono los días que estuvo preso por esta causa, esto es, 78 días desde el 11 de mayo al 28 de julio de 2024, fecha en la que ingresó rematado en causa Rit N° 294-2024 de este mismo tribunal. III. Que conforme a lo previsto en el artículo 17 de la Ley 19.970, que crea el Sistema Nacional de Registro de ADN, tómese muestras biológicas para la determinación de la huella genética del imputado. IV. Que se le exime del pago de las costas de la causa. V. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.- Las partes renuncian a los plazos. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. Código: KVVEXPHQWXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Santiago, veintisiete de agosto de dos mil veinticuatro TRIBUNAL: SEGUNDO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CLAUDIA LORENA PIZARRO LUCO RUC: 2400535974-7 RIT: 3029 - 2024 IMPUTADO: JONATHAN ROBERTO ARAVENA NARVÁEZ C.I. 16412978-0 FECHA DE NAC. 09-12-1986 DIRECCION Pasaje FILOMENA GARATE N° 2263. DEPTO. X 14 COMUNA: Quilicura.

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