9º Juzgado de Garantía de Santiago

TATIANA VANESA GONZÁLEZ JIMÉNEZ C/ CARMEN GLORIA FIGUEROA GÓMEZ

Rol

O-3503-2024

Fecha

28 de agosto de 2024

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos (corresponden a los que tuvo por establecido el Juez): “Que el día 9 de mayo de 2024 a las 16:35 horas aproximadamente, la requerida doña CARMEN GLORIA FIGUEROA GÓMEZ, sustrajo sin la voluntad de su dueño y con ánimo de lucro diversas especies, por un valor ascendente a la suma de $ 606.800. Pesos, sin pagar su valor, traspasando las paletas de seguridad de la tienda Falabella, ubicada en Av. Américo Vespucio N° 399, comuna de Maipú.” Resolución: Se condena a CARMEN GLORIA FIGUEROA GÓMEZ, ya suficientemente individualizado, en calidad de autora de un delito frustrado de hurto simple previsto y sancionado en el artículo 446 N° 2 del Código Penal, cometido el día 9 de mayo de 2024 en la comuna de Maipú, a una pena que se regula en: I. Cuarenta y un días de prisión en su grado máximo.. II. Una multa que se regula en un tercio de UTM, que se tiene por cumplida mediante sustitución con el día de su detención, esto es, el día 10 de mayo de 2024. III. Se impone la accesoria legal del artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión cargos u oficios públicos, durante el tiempo que dure la condena. IV. Habiendo ahorrado con su reconocimiento recursos públicos en la persecución, Defensa Penal y actividad jurisdiccional, no se impone condena en costas. V. Reuniendo los requisitos para ello, se sustituye la pena privativa de libertad por la de Reclusión Parcial Domiciliaria Nocturna, a razón de un día por cada noche a la que ha sido condenada en dependencias de su domicilio, entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente, servirá de abono además el día 27 de junio del 2024, restando 40 noches por cumplir, para ello una vez firme y ejecutoriado el fallo ordeno oficio a gendarmería de Chile para que informe al tribunal si existe factibilidad técnica en el domicilio de Calle Marte N° 03308, comuna de lo Espejo, una vez informado tendrá cinco días para presentarse a la instalación de la tobillera electrónica. Se señala como circunstancia modificatoria de resp

Fallo

fallo ordeno oficio a gendarmería de Chile para que informe al tribunal si existe factibilidad técnica en el domicilio de Calle Marte N° 03308, comuna de lo Espejo, una vez informado tendrá cinco días para presentarse a la instalación de la tobillera electrónica. Se señala como circunstancia modificatoria de responsabilidad penal la atenuante del artículo 11 número 9 del Código Penal. Se renuncia a plazos. Firme y ejecutoriada la presente sentencia cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Esta sentencia será transcrita por vía administrativa, toda incongruencia que se Código: KVDMXPQHHXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Noveno Juzgado de Garantía Santiago Av. Pedro Montt. 1606 9°Piso Edificio A Fono: (02) 29757700 Fax: (02) 29757778 Centro de Justicia de Santiago advierta entre el fallo que he dictado y la sentencia que se transcriba será salvado mediante el cotejo del audio por el Ministro de fe. OTROS ARTICULOS 372 TER. SOBRE DELITOS SEXUALES DEL CP Detalle o Descripción de la prohibición u obligación (en caso de haber) SUSPENSIÓN DE LA PENA (Art. 398 CPP. o Art 41 Ley 20.084) Detalle artículo y ley GIRO DE CHEQUE (Nombre de la persona a girar) MONTO $ OTROS - observaciones (en caso de haber) “(*)La presente es una transcripción administrativa resumida, elaborada por la Unidad de Sala a través del funcionario(a) de actas correspondiente, para los efectos del artículo 468 de

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Noveno Juzgado de Garantía Santiago Av. Pedro Montt. 1606 9°Piso Edificio A Fono: (02) 29757700 Fax: (02) 29757778 Centro de Justicia de Santiago COMPLEMENTO DE SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: veintiocho de agosto de dos mil veinticuatro TRIBUNAL: 9º Juzgado de Garantía de Santiago JUEZ: HUGO ANDRÉS TORRES ARIAS RUC: 2400531762-9 RIT: 3503 - 2024 IMPUTADO: CARMEN GLORIA FIGU

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