MP C/ JEAN-PAUL LEANDRO MOLINA FIERRO
Rol
O-7094-2024
Fecha
28 de agosto de 2024
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1° Que el Ministerio Público representado en la audiencia por fiscal doña Katherine Fierro Arellano, domiciliada en Arturo Prat 080 Temuco, en esta causa RUC 2401016759-7, RIT 7094-2024, ha requerido en procedimiento simplificado a Jean-Paul Leandro Molina Fierro, RUN 19.195.680-K, 28 años, maestro carpintero, domiciliado en Las Cañas 1540 Villa Esperanza de Padre Las Casas, representado por la abogada defensora penal doña Carolina Sandoval Flores, domiciliada en Portales N° 361 de Temuco. 2° Que con el mérito probatorio de los antecedentes que fundamentan la acción Fiscal, en especial, Parte policial, acta de registro detenido e incautación de especies, declaración de funcionarios policiales y testigos, a lo que se suma la admisión de responsabilidad en los hechos por parte del imputado, el tribunal tiene por establecido, en síntesis, que el día 27 de agosto de 2024, aproximadamente a las 16:44 horas, en calle Las Gaviotas con Las Peñas de Padre Las Casas, el requerido fue sorprendido por Carabineros portando un cuchillo sin dar explicación razonable sobre la tenencia del arma blanca. Que los hechos antes descritos, según la calificación del Ministerio Público, a la que está el tribunal atendida la naturaleza del procedimiento, constituyen el delito de porte ilegal de arma blanca, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, en grado consumado, en el cual corresponde al requerido Jean-Paul Leandro Molina Fierro participación en calidad de autor. 3° Que la pena de multa se aplica en el monto que se indica, en consideración al precario caudal y facultades del requerido. Por lo considerado, y visto lo dispuesto en los artículos 1, 11, 15, 49, 69, 70 y 288 bis del Código Penal, y artículos 388 y 395 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se condena a Jean-Paul Leandro Molina Fierro, RUN 19.195.680-K, a una pena de multa de UN TERCIO de Unidad Tributaria Mensual y comiso del elemento incautado, cuya destrucción s
Fallo
se declara: I.- Que se condena a Jean-Paul Leandro Molina Fierro, RUN 19.195.680-K, a una pena de multa de UN TERCIO de Unidad Tributaria Mensual y comiso del elemento incautado, cuya destrucción se autoriza, en calidad de autor de un delito consumado de porte ilegal de Código: SNXUXPPGKMQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl arma blanca, cometido en Padre Las Casas el día 27 de agosto de 2024. II.- Que no se condena en costas al sentenciado por haber admitido responsabilidad, lo que permitió dictar sentencia de inmediato, evitando la realización de un juicio oral, con el consiguiente ahorro de recursos para el Estado. III.- Que la pena de multa impuesta al sentenciado se le tiene por cumplida con el tiempo de privación de libertad que ya sufrió en la causa el 28 de agosto de 2024. Quedan notificados personalmente los intervinientes presentes y, en especial, el sentenciado. Cúmplase en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y, en su oportunidad, archívese. RUC 2401016759-7, RIT 7094-2024 Dictado por don Luis Alberto Olivares Apablaza, Juez Titular, Juzgado de Garantía de Temuco. Código: SNXUXPPGKMQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-08-28T16:44:51-0400
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Temuco, veintiocho de agosto de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1° Que el Ministerio Público representado en la audiencia por fiscal doña Katherine Fierro Arellano, domiciliada en Arturo Prat 080 Temuco, en esta causa RUC 2401016759-7, RIT 7094-2024, ha requerido en procedimiento simplificado a Jean-Paul Leandro Molina Fierro, RUN 19.195.680-K, 28 años, maestro carpintero, domici
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