MP C/ LUIS EDUARDO GARAY SALDIVIA
Rol
O-6959-2024
Fecha
28 de agosto de 2024
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 68 del Código Procesal Penal con esta fecha, atendida la renuncia a los plazos y recursos legales por parte de los intervinientes. Anótese, regístrese y archívese. RIT 6 - 2 2 RUC 2 66 - Pronunciada por don MIGUEL ANGEL GARCIA HERRERA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: LAN. Código: QXVXXPXYTHQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-08-28T12:47:13-0400
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49 y 288 Bis del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 388 y 395 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que, SE CONDENA a LUIS EDUARDO GARAY SALDIVIA, RUN N° 8. . -2, ya individualizado, como autor del delito consumado de porte ilegal de arma blanca, cometido en Puerto Montt el día 27 de agosto de 2024, al PAGO de multa de UN TERCIO de unidad tributaria mensual, la cual se le da por cumplida con el día de detención que le ha afectado en la presente causa, correspondiente al 28 de agosto de 2024 II.- Que, se decreta el comiso del arma blanca incautada en el procedimiento, autorizando desde ya su destrucción. III.- Que, no se le condena en costas por haber aceptado responsabilidad en los hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 68 del Código Procesal Penal con esta fecha, atendida la renuncia a los plazos y recursos legales por parte de los intervinientes. Anótese, regístrese y archívese. RIT 6 - 2 2 RUC 2 66 - Pronunciada por don MIGUEL ANGEL GARCIA HERRERA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: LAN. Código: QXVXXPXYTHQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-08-28T12:47:13-0400
Texto Completo (Preview)
Sentencia: Puerto Montt, veintiocho de agosto de dos mil veinticuatro. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49 y 288 Bis del Código Penal; artículos 4
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