C/ JUAN GUILLERMO VALDÉS OLMOS
Rol
O-949-2023
Fecha
23 de agosto de 2024
Materia
OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA E), POSESIÓN O TENENCIA DE ARMAS PROHIBIDAS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1º) Que ante este 3er Juzgado de Garantía de Santiago, el Ministerio Público representado por el fiscal Rubén Contreras, dedujo acusación en contra del imputado Juan Guillermo Valdés Olmos, CNI: 18.096.150-K, se desconoce profesión u oficio, cuyo domicilio consta en el registro del Tribunal, quién se encuentra debidamente representado por la Defensoría Penal Pública, en este caso por don Pablo Sanzana. Los hechos: “…El día 03 de marzo de 2023, alrededor de las 02:10 de la madrugada, el acusado Juan Valdés Olmos, conducía el automóvil marca Nissan, modelo Qashqai, placa patente PGCC-18 por calle Dardignac en dirección al oriente, comuna de Recoleta, siendo fiscalizado por funcionarios de Carabineros, quienes advirtieron que el acusado a sabiendas mantenía alterada la placa patente con cinta adhesiva para evitar la correcta identificación del automóvil, además portaba consigo, entre sus ropas, una pistola marca Ruger P89, número de serie 310-56682, 9 milímetros, apta para el disparo, con 14 municiones convencionales compatibles con el arma en su cargador, pistola que presenta encargo por el delito de robo desde el año 2006, origen ilícito que el acusado no podía menos que conocer, no teniendo permiso de porte o tenencia de armas o municiones de acuerdo a la ley…” Código: JGQWXPXPXHQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl A juicio de la Fiscalía, los hechos descritos constituyen el delito de porte ilegal de arma de fuego, del artículo 9 en relación al artículo 2 letra b) y c) de la ley 17.798 y el delito conducción con placa patente adulterada del artículo 192 letra e) de la Ley 18.290, ambos delitos en grado de ejecución consumados, correspondiéndole al acusado participación en calidad de autor, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 15 Nº 1 del Código Penal. Refiere que en la especie concurren las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal del artículo 11 N° 6 y 9 del Código Penal, por lo que solicita se condene al acusado a la pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesorias legales, comiso y registro de huella genética y por el delito de adulteración de placa patente, la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, accesorias legales y costas de la causa. 2º) Que habiéndosele advertido al imputado de sus derechos, libre y voluntariamente ha aceptado expresamente los hechos referidos en la acusación y los antecedentes investigativos que se invocaron como su fundamento y ha manifestado su conformidad con el procedimiento abreviado normado en el artículo 406 y siguientes del Código Procesal Penal. 3º) Que la defensa del imputado ha limitado sus alegaciones, señalando que está de acuerdo con la pena solicitada por el ente persecutor y solicita se acceda por parte del Tribunal a la libertad vigilada intensiva del artículo 15 bis de la Ley 18.216 y que no se le condene en costas. En tanto la Fiscalía se opone a la conces
Fallo
se declara: i.- Que se condena a Juan Guillermo Valdés Olmos, a la pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo y a la accesoria legal de de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y de la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor del delito de porte ilegal de arma de fuego, en grado de ejecución consumado, previsto y sancionado en el artículo 9 en relación al artículo 2 letra b) de la ley 17.798. Que se condena además a Juan Guillermo Valdés Olmos, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, más las accesoria legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena, Código: JGQWXPXPXHQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl como auto del delito de conducción con placa patente adulterada, en grado de ejecución consumado. Ambos delitos fueron cometidos en Recoleta, territorio jurisdiccional del tribunal, el 03 de marzo de 2023. ii.- Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 15 y 15 bis de la Ley No. 18.216, la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta al sentenciado se le sustituye por la pena de libertad vigilada intensiva, por el tiempo de duración de la pena privativa de libertad, sujeto a la intervención, a la vigilancia y orientación permanentes de un delegado de Gendarmería de Chile del lugar de su domicilio, debiendo cumplir las cond
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RIT: 949-2023 RUC: 18.096.150-K IMPUTADO: Juan Guillermo Valdés Olmos MATERIA: Porte ilegal de arma de fuego y conducción con placa patente adulterada. AUDIENCIA: Procedimiento Abreviado Santiago, veintitrés de agosto de dos mil veinticuatro. OÍDOS LOS INTERVINIENTES, VISTO Y CONSIDERANDO: 1º) Que ante este 3er Juzgado de Garantía de Santiago, el Ministerio Público representado por el fiscal Rub
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