Juzgado de Garantía de Linares.

MP C/ RICARDO ANTONIO RAMOS TOLEDO

Rol

O-189-2024

Fecha

14 de agosto de 2024

Materia

CULTIVO ESTUPEFACIENTES/FALSIFIC RECETAS ART. 8 LEY N 20.000

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS ACREDITADOS “El 11 de enero de 2024, aproximadamente a las 14:30 horas, funcionarios de Carabineros, previa autorización voluntaria, ingresaron al domicilio ubicado en Sector Roblería s/n de la comuna de Linares, encontrando al interior del inmueble que el imputado RICARDO ANTONIO RAMOS TOLEDO mantenía en el patio posterior de su domicilio cuarenta y cinco (45) plantas de cannabis sativa con altura entre 22 centímetros a 1,2 metros, todas las plantas debidamente hidratadas en proceso de crecimiento, sin contar el imputado con ningún tipo de autorización para esta plantación y sin acreditar que se encontrara destinada a su uso o consumo exclusivo y próximo en el tiempo.” Linares, catorce de agosto de dos mil veinticuatro.- Teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6, 11 N° 9, 15, 18, 30, 68, 70 del Código Penal, artículo 1, 45, 46, 47, 295, 297, 340, 407, 408, y siguientes del Código Procesal Penal, Ley 18.216, y art. 8 de la Ley 20.000, se declara: I.- Que se CONDENA a RICARDO ANTONIO RAMOS TOLEDO, ya individualizado, a las penas de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO, a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, al pago de MULTA A BENEFICIO FISCAL DE CUATRO UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, por la responsabilidad que le cabe como autor del delito consumado de CULTIVO ILEGAL DE CANNABIS SATIVA, perpetrado el día 11 de enero de 2024, en la comuna de Linares. Código: PLDXXPVXMBT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que se sustituyen las penas privativa de libertad por la REMISIÓN CONDICIONAL, quedando sujeto al control y asistencia del Centro de Reinserción Social de la ciudad de Linares, POR EL MISMO LAPSO DE LA PENA QUE SE SUSTITUYE, debiendo cumplir durante dicho período con los demás requisitos establecidos en el artículo 5° de la Ley citada. El sentenciado deberá presentarse en el Centro de Reinserci

Fallo

se declara: I.- Que se CONDENA a RICARDO ANTONIO RAMOS TOLEDO, ya individualizado, a las penas de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO, a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, al pago de MULTA A BENEFICIO FISCAL DE CUATRO UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, por la responsabilidad que le cabe como autor del delito consumado de CULTIVO ILEGAL DE CANNABIS SATIVA, perpetrado el día 11 de enero de 2024, en la comuna de Linares. Código: PLDXXPVXMBT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que se sustituyen las penas privativa de libertad por la REMISIÓN CONDICIONAL, quedando sujeto al control y asistencia del Centro de Reinserción Social de la ciudad de Linares, POR EL MISMO LAPSO DE LA PENA QUE SE SUSTITUYE, debiendo cumplir durante dicho período con los demás requisitos establecidos en el artículo 5° de la Ley citada. El sentenciado deberá presentarse en el Centro de Reinserción Social de la ciudad de Linares dentro del término de cinco días contados desde que la presente sentencia se encuentre firme y ejecutoriada, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. Si la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada, el condenado cumplirá íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad o en su caso se la sustituirá por una pena sustitutiva de mayor intensidad o se dispondrá la intensificación de las condiciones

Texto Completo (Preview)

RUC : - RIT : - DELITO : CULTIVO ILEGAL DE CANNABIS SATIVA GRADO DESARROLLO : Consumado IMPUTADO : RICARDO ANTONIO RAMOS TOLEDO RUT N° : - DOMICILIO : Sector ROBLERIA S/N°, POBLACION SALGADO (AL LADO DEL COLEGIO), comuna de Linares FISCAL : ALBERTO FABRICIO GALLEGOS MORALES con notificación a CAROLA MILENA D'AGOSTINI IBÁÑEZ DEFENSOR : VÍCTOR JAVIER HERRERA SALINAS con notificación a LUIS ALBERTO G

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