C/ RUBY JEANNETTE LEÓN LILLO
Rol
O-6872-2023
Fecha
26 de agosto de 2024
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos del Requerimiento Fiscal “Respecto de doña Ruby Jeannette León Lillo, el día 1 de Diciembre de a las 1 :4 horas aproximadamente, en Mall Plaza Vespucio, ubicado en Avenida Vicuña Mackenna Oriente N° 11 , Comuna de La Florida, esta ingresó a la Tienda Falabella y sustrajo con ánimo de lucro y en contra la voluntad de dicha tienda comercial, dos maletas de maquillaje true beauty, avaluadas en un total de $4 . .- conforme a la guía de despacho N°1 1 41, sale de la tienda con ánimo apropiatorio y contrario a la voluntad de la tienda, no paga dicho importe” (SIC) Delito Hurto Simple, previsto y sancionado en el artículo 44 Nº del Código Penal. Grado de desarrollo Frustrado Participación Autora Circunstancias modificatorias Atenuantes No concurren Agravantes No concurren Por el Ministerio Público, no se rinde prueba testimonial; el testigo Sr. Juan Manuel Vergara Barrientos (guardia de seguridad), no asiste. RESOLUTIVA: Vistos lo dispuesto en el artículo 4 y 4 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, se absuelve a RUBY JEANNETTE LEÓN LILLO, ya individualizada en esta audiencia del requerimiento formulado por la Fiscalía. II.- No se condena en costas al Ministerio Público por haber tenido motivo plausible para litigar. Habiéndose renunciado por los intervinientes a los términos legales se ordena dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 del Código Procesal Penal. Regístrese, comuníquese y archívese. Dese copia del presente registro a los intervinientes. "Que la presente sentencia fue dictada en forma íntegra en audiencia, consta en registro oficial de audio, y la transcripción se realiza conforme a los criterios previstos en el artículo del Acta 1 de 1 de Junio de 1 de la Excma. Corte Suprema”. Código: VEWXXPCUKXP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: VEWXXPCUKXP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-08-2
Fallo
se declara: I.- Que, se absuelve a RUBY JEANNETTE LEÓN LILLO, ya individualizada en esta audiencia del requerimiento formulado por la Fiscalía. II.- No se condena en costas al Ministerio Público por haber tenido motivo plausible para litigar. Habiéndose renunciado por los intervinientes a los términos legales se ordena dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 del Código Procesal Penal. Regístrese, comuníquese y archívese. Dese copia del presente registro a los intervinientes. "Que la presente sentencia fue dictada en forma íntegra en audiencia, consta en registro oficial de audio, y la transcripción se realiza conforme a los criterios previstos en el artículo del Acta 1 de 1 de Junio de 1 de la Excma. Corte Suprema”. Código: VEWXXPCUKXP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: VEWXXPCUKXP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-08-27T10:59:35-0400
Texto Completo (Preview)
TRIBUNAL : 14° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO Lugar y Fecha de sentencia : Santiago, veintiséis de agosto de dos mil veinticuatro. JUEZA : KAREN ATALA RIFFO FISCAL : MARGARITA MILLARES MÁRQUEZ DEFENSA PENAL PÚBLICA : JORGE PALACIOS VALLEJOS RIT : - RUC : 1 -4 REQUERIDO : RUBY JEANNETTE LEÓN LILLO Individualización : Cédula de identidad N° . 1.1 - , chilena, años, soltera, dueña de casa, domicili
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