C/ JUAN PABLO IBARRA IBARRA
Rol
O-91-2024
Fecha
26 de agosto de 2024
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: Con fecha 10 de julio de 2023, aproximadamente a las 02:45 horas, el acusado JUAN PABLO IBARRA IBARRA, concurre hasta el domicilio de la víctima Gabriel Lagos Rammsy y de su grupo familiar, ubicado en pasaje Guayacán 7160 de la comuna de la Reina, procediendo a escalar la reja perimetral del muro, de aproximadamente 1,80 centímetros de altura, ingresando a una bodega para herramientas que existe al interior de la casa, desde donde sustrae una sopladora, una cortadora de cerámica y una extensión (avaluadas en 80 mil pesos), especies que apila fuera del domicilio, escalando cierre perimetral. Siendo descubierto por la víctima quien procede a gritar y el acusado huye escalando cierres colindantes, sin llevarse las especies. Los hechos antes descritos configuran un delito de robo en lugar habitado o destinado a la habitación, descrito y sancionado en el artículo 440 N°1 del Código Penal, en relación con lo dispuesto en los artículos 432, 449 y 450 del Código Penal, en grado de ejecución frustrado. A juicio de la fiscalía, al acusado le ha correspondido, según lo dispuesto en el artículo 15 Nº1 del Código Penal, la calidad de autor del Código: RXLQXPLGVXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PODER JUDICIAL TERCER TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL SANTIAGO 2 delito materia de la presente acusación, toda vez que tomó parte en la ejecución del hecho de una manera inmediata y directa. A juicio de la fiscalía concurren las circunstancias agravantes de responsabilidad penal establecidas en los artículos 12 N°16 del Código Penal, esto es reincidencia específica y 12 N°14 del mismo cuerpo legal, esto es, cometer el delito mientras cumplía una condena. La fiscalía requiere se le imponga al acusado la pena de 10 años de presidio mayor en su grado mínimo; a las accesorias legales; comiso de las especies incautadas, más las costas de la causa. Asimismo, se ordene la determinación de la huella genética del
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad de Santiago, constituido por las magistrados doña Paulina Rosales González, Juez Presidente de Sala; doña Andrea Iligaray Llanos, Juez Integrante; y doña Rossana Costa Barraza, Juez Redactor; se llevó a efecto el juicio oral en causa Rit N°91 - 2024, seguido en contra de JUAN PABLO IBARRA IBARRA, cédula de identidad N°18.249.662-6, nacido en Santiago, el 28 de diciembre de 1992, 32 años de edad, soltero, vendedor ambulante, estudios básicos incompletos (2° básico) domiciliado en Pasaje 126 casa 7299, población La Faena, comuna de Peñalolén. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por la Fiscal doña Carmen Gloria Guevara Mendoza; mientras la Defensa del acusado estuvo a cargo del Defensor Penal Público don Ethan Teplitzky Domínguez; ambos con domicilio y forma de notificación registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Que, el Ministerio Público dedujo acusación en contra del imputado, según se lee en el auto de apertura del juicio oral, fundándola en los siguientes hechos: Con fecha 10 de julio de 2023, aproximadamente a las 02:45 horas, el acusado JUAN PABLO IBARRA IBARRA, concurre hasta el domicilio de la víctima Gabriel Lagos Rammsy y de su grupo familiar, ubicado en pasaje Guayacán 7160 de la comuna de la Reina, procediendo a escalar la reja perimetral del muro, de aproximadamente 1,80 centímetros de altura, ingresando a una bodega para herramientas que existe al interior de la casa, desde donde sustrae una sopladora, una cortadora de cerámica y una extensión (avaluadas en 80 mil pesos), especies que apila fuera del domicilio, escalando cierre perimetral. Siendo descubierto por la víctima quien procede a gritar y el acusado huye escalando cierres colindantes, sin llevarse las especies. Los hechos antes descritos configuran un delito de robo en lugar habitado o destinado a la habitación, descrito y sancionado en el artículo 440 N°1 del Código Penal, en relación con lo dispuesto en los artículos 432, 449 y 450 del Código Penal, en grado de ejecución frustrado. A juicio de la fiscalía, al acusado le ha correspondido, según lo dispuesto en el artículo 15 Nº1 del Código Penal, la calidad de autor del Código: RXLQXPLGVXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PODER JUDICIAL TERCER TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL SANTIAGO 2 delito materia de la presente acusación, toda vez que tomó parte en la ejecución del hecho de una manera inmediata y directa. A juicio de la fiscalía concurren las circunstancias agravantes de responsabilidad penal establecidas en los artículos 12 N°16 del Código Penal, esto es reincidencia específica y 12 N°14 del mismo cuerpo legal, esto es, cometer el delito mientras cumplía una condena. La fiscalía requiere se le imponga al acusado la pena de 10 años de presidio mayor en su grado mínimo; a las accesorias legales; comiso de las especies incautadas, más l
Fallo
por tanto una comunicabilidad. Entonces el Ministerio Público dice que el imputado es autor, no se acreditó que alguien lo hubiese visto, nadie lo vio entrar o salir, pero lo acusa de este delito porque tenemos que el mismo día, en el domicilio 1 de Gabriel y en el domicilio 2 de Ramiro, está claro que el imputado venía saliendo del domicilio 2, por escalamiento, incluso puso una escalera en la parte interior de la reja exterior para salir Código: RXLQXPLGVXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PODER JUDICIAL TERCER TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL SANTIAGO 3 tenemos claro que ese día minutos después de ingresar, el mismo día, con una diferencia de minutos 15 a 20 minutos tenemos que en el mismo lugar, calle o pasaje, no es avenida, es un pasaje sin cierre hay una identidad de día, temporal y espacial, cercanía de objeto, domicilio en ambos lugares se metió a las dependencias, mismo modus operandi, de la misma forma escalamiento del cierre perimetral, misma forma de salir por el cierre perimetral, estaban cerrados y roba lo mismo, herramientas, sin perjuicio que en el domicilio 2 roba también una bicicleta, el objeto del robo son las herramientas, es la misma forma de robo de donde las saca hace uso de acopio, de la misma manera, en el piso, se descarta la presencia de otras personas en el pasaje a esa hora, la única persona que huye es el imputado, cómo podemos pensar que este señor no fue el que ingresó a
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PODER JUDICIAL TERCER TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL SANTIAGO 1 C/JUAN PABLO IBARRA IBARRA ROBO EN LUGAR HABITADO ROL ÚNICO N° 2300740913-3 ROL INTERNO 91 - 2024 Santiago, veintiséis de agosto de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDO A LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad de Santiago, constituido por las magistrados d
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