14º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ ESTEFANI DEL CARMEN VALDÉS PUEBLA

Rol

O-456-2024

Fecha

23 de agosto de 2024

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos del Requerimiento Fiscal “Que el día 4 de enero de 4, aproximadamente a las 1 : horas, la imputada Estefani Valdes Puebla, ingresó a la tienda Falabella ubicada en Av. Vicuña Mackenna Oriente N° 11 , en la comuna de La Florida y desde su interior procedió a sustraer y apropiarse, con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, de diversos productos de propiedad del referido establecimiento, consistente en calcetines y shorts, avaluados en la suma de $4 .9 .-pesos. siendo posteriormente detenida por guardias de seguridad del local después de hacer abandono del mismo, sin pagar el valor de la especie” (SIC) Delito Hurto Simple, previsto y sancionado en el artículo 44 Nº 3 del Código Penal. Grado de desarrollo Frustrado Participación Autora Circunstancias modificatorias Atenuantes No concurren Agravantes No concurren. Por el Ministerio Público, no se rinde prueba testimonial; el testigo Sr. Víctor Rodrigo Romero Orellana (guardia de seguridad), no asiste. RESOLUTIVA: Vistos lo dispuesto en el artículo 4 y 34 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, se absuelve a ESTEFANI DEL CARMEN VALDÉS PUEBLA, ya individualizada en esta audiencia del requerimiento formulado por la Fiscalía. II.- No se condena en costas al Ministerio Público por haber tenido motivo plausible para litigar. Habiéndose renunciado por los intervinientes a los términos legales se ordena dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 del Código Procesal Penal. Regístrese, comuníquese y archívese. Dese copia del presente registro a los intervinientes. "Que la presente sentencia fue dictada en forma íntegra en audiencia, consta en registro oficial de audio, y la transcripción se realiza conforme a los criterios previstos en el artículo del Acta 1 de 1 de Junio de 1 de la Excma. Corte Suprema”. Código: FUXHXPBLLUX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: FUXHXPBLLUX Este documento tiene firma electrónica y su origi

Fallo

se declara: I.- Que, se absuelve a ESTEFANI DEL CARMEN VALDÉS PUEBLA, ya individualizada en esta audiencia del requerimiento formulado por la Fiscalía. II.- No se condena en costas al Ministerio Público por haber tenido motivo plausible para litigar. Habiéndose renunciado por los intervinientes a los términos legales se ordena dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 del Código Procesal Penal. Regístrese, comuníquese y archívese. Dese copia del presente registro a los intervinientes. "Que la presente sentencia fue dictada en forma íntegra en audiencia, consta en registro oficial de audio, y la transcripción se realiza conforme a los criterios previstos en el artículo del Acta 1 de 1 de Junio de 1 de la Excma. Corte Suprema”. Código: FUXHXPBLLUX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: FUXHXPBLLUX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-08-26T12:21:04-0400

Texto Completo (Preview)

TRIBUNAL : 14° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO Lugar y Fecha de sentencia : Santiago, veintitrés de agosto de dos mil veinticuatro. JUEZA : KAREN ATALA RIFFO FISCAL : FELIPE DIAZ ACUÑA DEFENSA PENAL PÚBLICA : JORGE PALACIOS VALLEJOS RIT : 4 - 4 RUC : 4 1 - REQUERIDO : ESTEFANI DEL CARMEN VALDÉS PUEBLA Individualización : Cédula de identidad N° 19.3 3. -4, chilena, años, soltera, dueña de casa, do

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica