Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt

VELÁSQUEZ/INGENIERÍA Y CONSTRUCCIONES SANTA CANDELARIA LTDA

Rol

O-178-2021

Fecha

13 de julio de 2022

Materia

Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS OIDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la presente causa se inicia con la comparecencia de ABEL SALOMÓN VELÁSQUEZ VILLARROEL, RUN 15.584.250-4, chileno, trabajador de la construcción, domiciliado en Ladera El Tepual, pasaje Aeródromo Huarahua, N° 3021, comuna de Puerto Montt, quien deduce demanda de indemnización de perjuicios derivada de un accidente laboral de trayecto, en contra de su ex empleadora, INGENIERÍA Y CONSTRUCCIONES SANTA CANDELARIA LTDA., RUT 76.047.182-8, persona jurídica del giro de su denominación, representada legalmente por doña ALEJANDRA PAREDES TAMAYO, RUN 13.967.085-K, ignoro profesión u oficio, o por quien corresponda de conformidad a lo establecido por el artículo 4° del Código del Trabajo, ambos domiciliados en Alto Bonito, kilómetro 1020, comuna de Puerto Montt y, solidariamente en contra del FISCO DE CHILE / MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, RUN 61.006.000-5, persona jurídica de derecho público, representada legalmente según los artículos 2 y 3 de la Ley Orgánica del Consejo de Defensa del Estado, por el procurador Fiscal del CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO de Puerto Montt, don LUCIO DÍAZ RODRÍGUEZ, abogado, por quien corresponda de conformidad al artículo 4° del Código del Trabajo, ambos domiciliados en calle Rancagua N° 203, 5° piso de la ciudad y comuna de Puerto Montt, en atención a las siguientes consideraciones de hecho y fundamentos de derecho : Antecedentes de la relación laboral: Con fecha 15 de enero de 2021, celebró contrato de trabajo con la demandada, Ingeniería y Construcciones Santa Candelaria Ltda., en virtud del cual se obligó a prestar servicios en calidad de jornal, funciones que desarrolló en la obra de construcción denominada “CAMINO BÁSICO POR CONSERVACIÓN CHAMIZA-CORRENTOSO-LAGO CHAPO, ROL V-651, KM 25,520 AL KM. 31,664, COMUNA DE PUERTO MONTT, PROVINCIA DE LLANQUIUHE”. Sus labores eran de asistencia en control de tránsito y seguridad de los conductores, tanto de la empresa como vehículos particulares y de coordinación para la distribución del material. En cuanto al lugar de prestación de los servicios, la obra en cuestión se encontraba ubicada en el sector de Lago Chapo en la comuna de Puerto Montt, sector rural en donde no existía transporte regular (solo buses un par de veces al día), por lo que para realizar las funciones contratados se le ordenó trasladarse al sector, debiendo dormir en un terreno de campo y en una carpa, en un sector cercano a la obra. Indica que habiendo sido contratado por la demandada principal, Ingeniería y Construcciones Santa Candelaria Ltda., desarrolló sus funciones para un tercero dueño de la obra o faena, a saber, la demandada solidaria Fisco de Chile, Ministerio de Obras Públicas, Dirección de Vialidad de la Región de Los Lagos, por ser la mencionada obra una de carácter público encargada y adjudicada en su ejecución a la demandada principal, mediante licitación pública código 1896-14-O120, de manera tal, que la demandada solidaria, igualmente se benefició de sus servicios, conf

Fallo

Por tanto, para llegar a la obra debía hacerlo caminando. Así, desde su campamento y hasta la obra, tenía dos posibles caminos. El primero consistía en pasar por un sector de viviendas rurales y en particular, un callejón de casas, el que se encontraba repleto de perros sueltos en la vía y que se mostraban muy agresivos frente a peatones y, un segundo camino, implicaba pasar por dunas de cenizas volcánicas a campo traviesa, pero en donde ya no me veía expuesto al peligro de ser atacado por aquellos animales. Ante esta disyuntiva se veía obligado a pasar por el que se suponía era el camino menos peligroso, esto es, el camino de dunas de cenizas. Fue en este contexto, esto es, retornando de su lugar de trabajo hacia el campamento, a eso de las 18:30 horas del día 05 de febrero de 2021, pasó por el camino de dunas de ceniza, momento en que la estructura de suelo se derrumba, cayendo en el acto y quedando mi pierna atrapada en el derrumbe. Al instante sentí tanto dolor que gritó con gran fuerza, siendo escuchados por su compañero de trabajo, don Alberto Cáceres, el que iba más adelante en el camino. Su compañero, el señor Alberto Cáceres, acudió a su rescate corriendo y lo ayudó a salir del hoyo generado por el derrumbe, pero con el dolor que sentía le fue imposible caminar. Ante ello, su compañero corrió hacia la oficina de la empresa ubicada en las cercanías del lugar, pero no había nadie. Para pedir socorro corrió hacia un negocio almacén en donde le pidió a la dueña y vecin

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Puerto Montt, trece de julio de dos mil veintidós VISTOS OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la presente causa se inicia con la comparecencia de ABEL SALOMÓN VELÁSQUEZ VILLARROEL, RUN 15.584.250-4, chileno, trabajador de la construcción, domiciliado en Ladera El Tepual, pasaje Aeródromo Huarahua, N° 3021, comuna de Puerto Montt, quien deduce demanda de indemnización de perjuicios derivada de un acc

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