Juzgado de Letras y Garantia de Alto Hospicio

FL AH C/ IGNACIO JAVIER OJEDA HENRIQUEZ

Rol

O-4521-2022

Fecha

21 de agosto de 2024

Materia

PORTE DE ARMA PROHIBIDA (ART. 14 INC. 1°)

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos de la acusación y someterse a las reglas de un procedimiento abreviado. Los Imputados reconocen los hechos de la acusación y acepta todos los antecedentes de la investigación. Ministerio Público procede a acusar verbalmente, lo cual consta íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO “Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal. La Presente acta solo constituye un registro administrativo que contiene una relación resumida de lo obrado y resuelto en la audiencia.” SE DECLARA: Que SE CONDENA a: Código: DUPPXPJJYCQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 1. IGNACIO JAVIER OJEDA HENRIQUEZ cédula de identidad N° 0021061324-2, ya individualizado, como autor del delito consumado de Porte Ilegal de Arma de Fuego, previsto y sancionado en los artículos 2 y 9 de la ley 17.798, ocurrido en territorio jurisdiccional de este Tribunal, el día 19 de Noviembre del año 2022, a sufrir la pena de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos 3 años y 1 día Presidio menor en su grado máximo 240 días Beneficio Extensión Lugar de cumplimiento Libertad vigilada intensiva 3 años y 1 día CRS Iquique Observación: Respecto del artículo 15 bis de la ley 18.216 la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta al sentenciado se le sustituye por la libertad vigilada intensiva por el tiempo de la duración de la pena privativa de libertad, quedando sujeto a la intervención, vigilancia y ejecución permanente del delegado de gendarmería del lugar de su domicilio, debiendo cumplir las condiciones indicadas en el artículo 17 de la ley 18.216 y las demás que el delegado imparta. En este caso habiéndose decretado la libertad vigilada intensiva, el sentenciado deberá cumplir la sigu

Fallo

SE DECLARA: Que SE CONDENA a: Código: DUPPXPJJYCQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 1. IGNACIO JAVIER OJEDA HENRIQUEZ cédula de identidad N° 0021061324-2, ya individualizado, como autor del delito consumado de Porte Ilegal de Arma de Fuego, previsto y sancionado en los artículos 2 y 9 de la ley 17.798, ocurrido en territorio jurisdiccional de este Tribunal, el día 19 de Noviembre del año 2022, a sufrir la pena de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos 3 años y 1 día Presidio menor en su grado máximo 240 días Beneficio Extensión Lugar de cumplimiento Libertad vigilada intensiva 3 años y 1 día CRS Iquique Observación: Respecto del artículo 15 bis de la ley 18.216 la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta al sentenciado se le sustituye por la libertad vigilada intensiva por el tiempo de la duración de la pena privativa de libertad, quedando sujeto a la intervención, vigilancia y ejecución permanente del delegado de gendarmería del lugar de su domicilio, debiendo cumplir las condiciones indicadas en el artículo 17 de la ley 18.216 y las demás que el delegado imparta. En este caso habiéndose decretado la libertad vigilada intensiva, el sentenciado deberá cumplir la siguiente condición contemplada en el artículo 17 ter de la ley 18.216, esto es, la obligación de cumplir programas formativos culturales, laborales, de educación u otro similar a proponer por parte del delegado de gendarmería de Chile Se con

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INDIVIDUALIZACIÓN DE AUDIENCIA DE PREPARACIÓN DE JUICIO ORAL Y REVISIÓN DE PRISIÓN PREVENTIVA Fecha Alto Hospicio., veintiuno de agosto de dos mil veinticuatro Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Alto Hospicio. Magistrado ARACELI ALEJANDRA PÉREZ GONZÁLEZ Fiscal LIESLIE SALINAS SOTO Defensor ROCIO MARQUEZ VERA Hora inicio: 11:10 AM Hora termino: 11:37 AM Acta PBC Sala: 2 RUC 2210058648-0 RIT 4

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