GÁLVEZ/I. MUNICIPALIDAD DE PUDAHUEL
Rol
C-32851-2019
Fecha
25 de mayo de 2021
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, con fecha 18 de noviembre de 2019, a folio 1, comparece don Ra l Segundo G lvez Soto, pensionado, con domicilio en Los Ediles Nú á ° 784, departamento 102, comuna de Pudahuel, interponiendo demanda de prescripci n extintiva de la acci n de cobro de derechos de aseo municipal,ó ó en contra de la Ilustre Municipalidad de Pudahuel, representada legalmente por su Alcalde don Johnny Carrasco Cerda, ambos con domicilio en San Pablo N 8444, comuna de Pudahuel, Santiago, seg n los argumentos de° ú hecho y de derecho que expone: Se ala que, seg n consta de documento que acompa a en el primerñ ú ñ otros de su presentaci n, es due o de la propiedad ubicada en Los Edilesí ó ñ 784, departamento 102, de la comuna de Pudahuel, Rol de Aval o 5919-2,ú la que mantiene una deuda por concepto de cobro de derechos de aseo domiciliario que asciende a la suma de $1.087.558.-, correspondiente a valores impagos con vencimiento en el per odo comprendido entre el 22 deí mayo de 1996 y el 18 de mayo de 2005, ambos inclusive, m s intereses yá reajustes, conforme lo acredita certificado extendido el 03 de octubre de 2019 por dicho municipio, que en copia adjunto. Indica que, es del caso se alar que respecto de las acciones queñ pudiera intentar el municipio por la deuda que corresponde al per odo coní vencimiento entre 22 de mayo de 1996 y el 18 de mayo de 2005, ambos inclusive, han prescrito, instituci n que por esta v a demanda. ó í Que, sobre tal situaci n, es menester se alar que a la fecha de estaó ñ presentaci n, la instituci n edilicia demandada no ha procedido a realizaró ó cobro judicial alguno por estos conceptos. Cita los art culos 2492, 2497, 2514 y 2512 del C digo Civil se alandoí ó ñ que las acciones que ten a la demandada para obtener el cobro total de laí deuda que mantiene con ella, en relaci n al servicio de aseo domiciliario,ó RIT« » Foja: 1 han prescrito por haber transcurrido en exceso el plazo legal para ejercer las mismas, sin que se haya producido interrupc
Fundamentos
CONSIDERANDO: RIT« » Foja: 1 PRIMERO: Que, con fecha 18 de noviembre de 2019, a folio 1, comparece don Ra l Segundo G lvez Soto, pensionado, interponiendoú á demanda de prescripci n extintiva de la acci n de cobro de derechos deó ó aseo municipal, en contra de la Ilustre Municipalidad de Pudahuel, representada legalmente por su Alcalde don Johnny Carrasco Cerda, por los fundamentos de hecho y de derecho rese ados precedentemente.ñ SEGUNDO: Que, con fecha 3 de mayo de 2021, a folio 29, la parte demandada contest la demanda, allan ndose a la misma.ó á TERCERO: Que la parte demandante acompa los siguientesñó documentos: 1.- Copia de Informe de Deuda Derechos de Aseo, extendido por la Direcci n de Administraci n y Finanzas de la Ilustre Municipalidad deó ó Pudahuel, con fecha 3 de octubre de 2019, respecto del inmueble individualizado Los Ediles 784 D/102, Rol 059190002, a nombre de Ra lú Segundo G lvez Soto, y por el periodo que comprende las cuotas coná vencimiento entre el 22 de mayo de 1996 hasta el 18 de mayo de 2005. 2.- Copia con Vigencia de la inscripci n a fojas 19123, n meroó ú 20250, del Registro de Propiedad del a o 1982, del Conservador de Bienesñ Ra ces de Santiago, donde consta que don Ra l Segundo G lvez Soto esí ú á due o del inmueble ubicado en calle Los Ediles N 784, departamento 102,ñ ° comuna de Pudahuel, con fecha de emisi n 3 de octubre de 2019.ó 3.- Copia de Certificado de Aval o Fiscal correspondiente al segundoú semestre del 2019, respecto de la propiedad individualizada como Los Ediles 784 DP 102, con fecha de emisi n el 7 de noviembre de 2019.ó CUARTO: Que, por su parte, la demandada acompa o la siguienteñ instrumental al proceso. 1.- Copia de Informe de Deuda Derechos de Aseo, extendido por la Direcci n de Administraci n y Finanzas de la Ilustre Municipalidad deó ó Pudahuel, con fecha 3 28 de abril de 2021, respecto del inmueble individualizado Los Ediles 784 D/102, Rol 059190002, a nombre de Ra lú Segundo G lvez Soto, y por el periodo que comprende las cuotas coná vencimiento entre el 22 de mayo de 1996 hasta el 18 de mayo de 2005. QUINTO: Que en relaci n con los derechos de aseo municipales lasó sumas pagadas a las Municipalidades por este concepto llevan aparejada RIT« » Foja: 1 una contraprestaci n claramente identificable, consistente precisamente en eló referido servicio municipal de aseo domiciliario, de manera que no corresponde calificarlos como impuestos, siendo aplicable a su respecto el plazo ordinario de prescripci n contemplado en los art culos 2514 y 2515ó í del C digo Civil, esto es, de cinco a os desde que la obligaci n se hayaó ñ ó hecho exigible. SEXTO: Que, atendido lo indicado precedentemente, analizada la documental aportada por las partes a la luz del art culo 342 N 3 delí ° C digo de Procedimiento Civil, y de conformidad a lo solicitado en eló libelo, y teniendo en especial consideraci n el allanamiento de la parteó demandada, es dable establecer, en primer lugar, que la demandante, don Ra l Se
Fallo
Por estas consideraciones, y vistos, adem s lo dispuesto por losá art culos 144, 160 y 170 del C digo de Procedimiento Civil, 2492, 2493,í ó 2497 2514 y 2515 y siguientes del C digo Civil, Decreto Ley N 3063, y 13ó ° de la Ley Org nica Constitucional de Municipalidades se declara:á I.- Que se acoge la demanda de folio 1, y en consecuencia, se declaran prescritas las acciones para el cobro de los derechos de aseo domiciliario del inmueble ubicado en Los Ediles N 784, departamento 102,° comuna de Pudahuel, para el per odo que comprende las cuotas coní vencimiento entre el entre el 22 de mayo de 1996 hasta el 18 de mayo de 2005, ambas inclusive, conjuntamente con los reajustes y multas que correspondan. II.- Que cada parte pagar sus costas.á Reg strese y notif quese í í Pronunciada por Mar a Soledad Jorquera Binner, Juez Titular.í RIT« » Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veinticinco de Mayo de dos mil veintiuno. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-0
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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 5 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-32851-2019 CARATULADO : G LVEZ/I. MUNICIPALIDAD DEÁ PUDAHUEL Santiago, veinticinco de Mayo de dos mil veintiuno VISTOS: Que, con fecha 18 de noviembre de 2019, a folio 1, comparece don Ra l Segundo G lvez Soto, pensionado, con domicilio en Los Ediles Nú á ° 784, departamento 102, comuna de Pudahuel,
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