Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia.

MP C/ GABRIEL ANDRÉS VARGAS PARRA

Rol

O-177-2021

Fecha

23 de agosto de 2024

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos: “En Valdivia, el día 23 de Agosto de 2019, siendo aproximadamente las 13:10 horas, funcionarios de la Brigada Antinarcóticos de Valdivia, en base a actividades de inteligencia efectuadas bajo la dirección del Ministerio Público, contando además con respectivas autorizaciones judiciales de entrada y registro, concurrieron hasta las afueras del inmueble ubicado en Calle Francisco de Mostazal, casa Nº 31 de esta ciudad, el cual se le exhibió dicha orden judicial al acusado CRISTIAN PATRICIO TOLEDO GAJARDO ingresando para realizar la revisión en el cual encontraron Una (1) balanza digital, color blanco, envoltorios de plásticos transparentes, cuadernos con hojas recortadas y una tijera, elementos para realizar dosificación de droga, además en el mismo living comedor se encontró una balanza de color blanco SF-400. Siguiendo con el registro, en el dormitorio matrimonial se incautó pasta base de cocaína, que arrojo un peso bruto de 81,70 gramos, en estado seco, que se encontraba sobre un plato de cerámica, color negro, procediendo a la detención del acusado. La Brigada Antinarcóticos, concurrió a un segundo inmueble ubicado en calle Toribio Medina Nº 989, el cual se le exhibió la orden judicial a la acusada KAREN LIDIA CASTILLO DELGADO, ingresando al domicilio se incautó lo siguiente; una (01) balanza electrónica, marca ECOBECK, modelo EPS-3000, color azul y gris, en una habitación colindante se sorprendió, Un (1) sistema Indoor, el que en su interior se incautó, veinte (20) unidades de plantas de cannabis Sativa de una altura de un (1) a uno como a cinco (1.5) metros de alto , a un costado del indoor, en un macetero se incautó, Cannabis Sativa que arrojo un peso bruto de 294,83 gramos, procediendo a la detención de la acusada. Posteriormente la Brigada antinarcóticos, concurrió al inmueble ubicado en calle Las Frambuesas Nº 277, población Los Jazmines, de esta ciudad, el cual se le exhibió la orden judicial al acusado GABRIEL ANDRES VARGAS PARRA, ingresando a u

Fundamentos

considerando: Primero: Individualización. Que el día veinte de agosto de dos mil veinticuatro, ante la Segunda Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia, integrada ininterrumpidamente por don Germán Olmedo Donoso, quien la presidió, doña María Soledad Santana Cardemil y don Daniel Andrés Mercado Rilling, se realizó la audiencia de juicio oral en causa RIT 177-2021, RUC 1900907758-0, en relación con el acusado Cristian Patricio Toledo Gajardo, cédula de identidad número 18.887.500-9, nacido el cinco de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, de veintinueve años, soltero, estudiante en INACAP la carrera de Administración Turística, primer año, domiciliado en una hostal de calle Arauco número 976, comuna y ciudad de Valdivia (domicilio temporal quedando apercibido conforme el artículo 26 del Código Procesal Penal para comunicar cambio de domicilio al tribunal), teléfono 949825241, comuna y ciudad de Valdivia. El juicio se efectuó para conocer de una acusación presentada por el Ministerio Público, sostenida por el fiscal adjunto don Álvaro Pérez Astorga. La defensa del acusado estuvo a cargo de la abogada defensora penal pública doña Débhora Maldonado Acosta. Fiscal y defensora mantienen domicilio y forma de notificación registrados en el Tribunal. En el auto de apertura se hace mención a otras dos personas acusadas, Gabriel Andrés Vargas Parra y Karen Lidia Castillo Delgado, respecto de quienes ya se dictó sentencia el trece de mayo de dos mil veinticuatro, encontrándose ejecutoriada. Segundo: Acusación del Ministerio Público. De acuerdo con el auto de apertura, la acusación del Ministerio Público refiere los siguientes hechos: “En Valdivia, el día 23 de Agosto de 2019, siendo aproximadamente las 13:10 horas, funcionarios de la Brigada Antinarcóticos de Valdivia, en base a actividades de inteligencia efectuadas bajo la dirección del Ministerio Público, contando además con respectivas autorizaciones judiciales de entrada y registro, concurrieron hasta las afueras del inmueble ubicado en Calle Francisco de Mostazal, casa Nº 31 de esta ciudad, el cual se le exhibió dicha orden judicial al acusado CRISTIAN PATRICIO TOLEDO GAJARDO ingresando para realizar la revisión en el cual encontraron Una (1) balanza digital, color blanco, envoltorios de plásticos transparentes, cuadernos con hojas recortadas y una tijera, elementos para realizar dosificación de droga, además en el mismo living comedor se encontró una balanza de color blanco SF-400. Siguiendo con el registro, en el dormitorio matrimonial se incautó pasta base de cocaína, que arrojo un peso bruto de 81,70 gramos, en estado seco, que se encontraba sobre un plato de cerámica, color negro, procediendo a la detención del acusado. La Brigada Antinarcóticos, concurrió a un segundo inmueble ubicado en calle Toribio Medina Nº 989, el cual se le exhibió la orden judicial a la acusada KAREN LIDIA CASTILLO DELGADO, ingresando al domicilio se incautó lo siguiente; una (01) balanza elec

Fallo

por tanto, su lesividad del bien jurídico protegido. Undécimo: Calificación jurídica. Que los hechos que se han tenido por acreditados configuran el delito de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades, contemplado en los artículos 1 y 4 de la ley 20.000, en grado de ejecución consumado, en las hipótesis de posesión. No se acreditó que la droga incautada estuviese destinada al uso o consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo ni a la atención de un tratamiento médico, de manera que se configura el ilícito a su respecto, mediante los verbos tener y poseer, visualizando la suficiente afectación del bien jurídico protegido conforme peso y calidad de las sustancias incautadas. Duodécimo: Participación. Que al acusado le corresponde participación en calidad de autor, en los términos del artículo 15 número 1 del Código Penal, al haber ejecutado los Código: WGNFXPJPKGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 7 hechos de una manera inmediata y directa, según se demuestra con la misma prueba analizada, en particular el testimonio del funcionario policial ya citado, no existiendo prueba alguna que permita comprender que el ilícito sea atribuible a otro sujeto. La defensa ha aseverado que la persona vinculada al inmueble, sea como propietario o tenedor, era Álvaro Jaramillo Muñoz, destacando los hallazgos alusivos a documentación como foto tamaño carnet y una tarjeta del Banco Estado. Para el tribunal, la pru

Texto Completo (Preview)

1 Valdivia, veintitrés de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos, oídos los intervinientes y considerando: Primero: Individualización. Que el día veinte de agosto de dos mil veinticuatro, ante la Segunda Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia, integrada ininterrumpidamente por don Germán Olmedo Donoso, quien la presidió, doña María Soledad Santana Cardemil y don Daniel Andrés Mer

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica