OLIVEROS/
Rol
V-186-2020
Fecha
25 de mayo de 2021
Materia
BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Que con fecha 23 de diciembre de 2020 comparece doña SILVIA EDIT OLIVEROS JARAMILLO, chilena, viuda, cédula de identidad N° 8.986.812-2, domiciliada en Carretera Austral sin número, Puerto Bertrand, comuna de Chile Chico, a fin de solicitar autorización judicial para enajenar parte de un inmueble de propiedad de su hijo HUGO GONZALO URRUTIA OLIVEROS, cédula de identidad 18.617.469-0, de su mismo domicilio, de quien es su curadora general, atendidas las argumentaciones de hecho y de derecho que expone. Indica que mediante sentencia definitiva dictada con fecha 12 de septiembre del año 2018, en causa civil voluntaria Rol V 7-2018 de este Tribunal, sobre designación de curador, caratulada “Urrutia”, se declaró la interdicción definitiva de HUGO GONZALO URRUTIA OLIVERO, nacido el 01 de julio del año 1994 e inscrito en la circunscripción de Cochrane bajo el N° 47 -por causa de demencia- quedando inhabilitado de administrar sus bienes, designándola como curadora definitiva de sus bienes. Refiere que es viuda de DAGOBERTO URRUTIA CATALÁN, fallecido en Chile Chico con fecha 18 de agosto de 2017, quien con fecha 1 de febrero de 2017, mediante escritura pública otorgada ante el Notario Público de Chile Chico don Abdallah Fernández Atuez, ingresada al Repertorio de ese oficio con el N° 41- 2017, mi marido DAGOBERTO URRUTIA CATALÁN prometió vender, ceder y transferir a doña MARÍA VERÓNICA PINTO DURÁN, cédula de identidad 9.733.378-5, una parte equivalente a 10 hectáreas del inmueble singularizado como Lote A, de 33,51 hectáreas, ubicado en el sector Puerto Bertrand, Fundo Valle Seco, comuna de Chile Chico, con los deslindes indicados en la inscripción de dominio rolante a fojas 234 vuelta N° 175, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Chile Chico del año 2012. El rol de avalúo fiscal del inmueble es el N° 824-135 de la comuna de Chile Chico. Foja: 1 Según se indica en el mismo contrato, el precio de la compraventa sería de $15.500.000 (quince millones quinientos de pesos), que se pagaría de la siguiente forma: con la cantidad de $6.000.000 (seis millones de pesos) que la promitente compradora pagó al momento de suscribir el contrato de promesa de compraventa; y con la cantidad de $9.500.000 (nueve millones quinientos mil pesos) pagaderos dentro del plazo de un año, contado desde esa misma fecha. Adicionalmente, con fecha 25 de mayo de 2017, mediante escritura pública otorgada ante el Notario Público de Chile Chico don Abdallah Fernández Atuez, ingresada al Repertorio de ese oficio con el N° 190-2017, DAGOBERTO URRUTIA CATALÁN prometió vender, ceder y transferir a doña AUDOLIA DAMARIS FRANCO SANHUEZA, cédula de identidad N° 11.590.912-6, una parte equivalente a 4 hectáreas del inmueble singularizado como Lote A, de 33,51 hectáreas, ubicado en el sector Puerto Bertrand, Fundo Valle Seco, comuna de Chile Chico, con los deslindes indicados en la inscripción de dominio rolante a fojas 234 vuelta N° 175, en el Reg
Fallo
se declara la interdicción definitiva de Hugo Gonzalo Urrutia Olivero, cédula de identidad N° 18.617.469-0, nacido el 01 de julio del año 1994, inscrito en la circunscripción de Cochrane bajo el N° 47, por causa de DEMENCIA, quedando inhabilitado de administrar sus bienes y se designa como curadora definitiva de Hugo Gonzalo Urrutia Olivero, a su madre doña SILVIA EDIT OLIVEROS JARAMILLO, cédula de identidad N°8.986.812-2 2. Certificado de discapacidad de HUGO GONZALO URRUTIA OLIVERO, cédula de identidad N° 18.617.469-0. Foja: 1 3. Certificado de defunción de DAGOBERTO URRUTIA CATALÁN, run 6.293.754-8, fallecido el día 18 de agosto de 2017. 4. Certificado de nacimiento de HUGO GONZALO URRUTIA OLIVERO, cédula de identidad N° 18.617.469-0, siendo su padre Dagoberto Urrutia Catalán, run 6.293.754-8 y su madre SILVIA EDIT OLIVEROS JARAMILLO, cédula de identidad N°8.986.812-2. 5. Escritura pública de promesa de compraventa de DAGOBERTO URRUTIA CATALÁN a AUDOLIA DAMARIS FRANCO SANHUEZA, repertorio n°190- 2017 de fecha 28 de mayo de 2017 de la notaria de Chile Chico de Abdallah Fernández Atuez, por el cual el promitente vendedor promete una superficie de 4 hectáreas del terreno individualizado en la cláusula Primera del contrato, por una suma de seis millones, los que son pagados de contado en el acto de suscripción del contrato referido. 6. Escritura pública de promesa de compraventa de DAGOBERTO URRUTIA CATALÁN a MARÍA VERÓNICA PINTO DURÁN, repertorio 41-2017 de fecha 01 de fe
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 15 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Chile Chico CAUSA ROL : V-186-2020 CARATULADO : OLIVEROS/ Chile Chico, veinticinco de Mayo de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO PRIMERO: Que con fecha 23 de diciembre de 2020 comparece doña SILVIA EDIT OLIVEROS JARAMILLO, chilena, viuda, cédula de identidad N° 8.986.812-2, domiciliada en Carretera Aust
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica