SEGUEL/
Rol
V-750-2018
Fecha
27 de mayo de 2021
Materia
CURADOR, NOMBRAMIENTO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que en procedimiento voluntario, con fecha 21 junio de 2018, comparece doña María del Carmen Seguel Toledo, trabajadora dependiente, con domicilio Av. Weber Block N°2838, departamento 15, Villa Juanita, comuna de Puente Alto, quien solicita que se decrete la interdicción definitiva por causa demencia, y se le nombre curadora general respecto de su hijo don Luis Armando Donoso Seguel, conforme lo dispuesto en la Ley N°18600, y las demás normas legales. Expresa que su hijo de su mismo domicilio, padece una discapacidad mental congénita de un 70%, Síndrome Down, dependiendo de la solicitante de forma absoluta para su cuidado y administración de su patrimonio. Por tanto, solicita que se le declare interdicción por causa de demencia, y se le nombre curadora general para efectos de cobrar los beneficios que correspondan y prevenir que terceros se aprovechen de su condición de incapaz. Para acreditar los
Fundamentos
fundamentos de su solicitud, acompaña los siguientes documentos: a) Informe Psicológico de la escuela El Sendero; b) Certificado y Credencial de Discapacidad del solicitado emitidos por el Servicio de Registro Civil e Identificación; c) Certificado de Nacimiento del solicitado emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación. Con fecha 26 de junio de 2018, se dio curso a la solicitud, citándose al presunto interdicto para la entrevista personal que la ley prevé, la cual se llevó a efecto, con fecha 8 de noviembre de 2018. Con fecha 6 de septiembre de 2018 y 5 marzo de 2021, se acompañó de manera reiterada la Resolución de Certificación de Discapacidad, emitido por la Comisión de Medicina RIT« » Foja: 1 Preventiva e Invalidez; trayéndose los autos para
Fallo
Por tanto, solicita que se le declare interdicción por causa de demencia, y se le nombre curadora general para efectos de cobrar los beneficios que correspondan y prevenir que terceros se aprovechen de su condición de incapaz. Para acreditar los fundamentos de su solicitud, acompaña los siguientes documentos: a) Informe Psicológico de la escuela El Sendero; b) Certificado y Credencial de Discapacidad del solicitado emitidos por el Servicio de Registro Civil e Identificación; c) Certificado de Nacimiento del solicitado emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación. Con fecha 26 de junio de 2018, se dio curso a la solicitud, citándose al presunto interdicto para la entrevista personal que la ley prevé, la cual se llevó a efecto, con fecha 8 de noviembre de 2018. Con fecha 6 de septiembre de 2018 y 5 marzo de 2021, se acompañó de manera reiterada la Resolución de Certificación de Discapacidad, emitido por la Comisión de Medicina RIT« » Foja: 1 Preventiva e Invalidez; trayéndose los autos para fallo con fecha 20 de abril del presente año. CONSIDERANDO: Primero: Que, comparece doña María del Carmen Seguel Toledo, solicitando que se decrete la interdicción definitiva por causa demencia, y se nombre curadora general respecto de su hijo don Luis Armando Donoso Seguel, por las razones de hecho referidas en lo expositivo, y lo dispuesto en la Ley 18.600, y las demás normas legales. Segundo: Que, para acreditar la enfermedad que padece el solicitado, es necesario deter
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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Puente Alto CAUSA ROL : V-750-2018 CARATULADO : SEGUEL/ Puente Alto, veintisiete de Mayo de dos mil veintiuno VISTOS: Que en procedimiento voluntario, con fecha 21 junio de 2018, comparece doña María del Carmen Seguel Toledo, trabajadora dependiente, con domicilio Av. Weber Block N°2838, departamento 15, Villa Juanita, co
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