2º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

ANTOFAGASTA MINERALS S.A/

Rol

V-8-2021

Fecha

24 de mayo de 2021

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, comparece don Juan Esteban Poblete Newman, chileno, abogado, casado, en representación de ANTOFAGASTA MINERALS S.A., sociedad chilena del giro de su denominación, domiciliados en Av. Apoquindo 4.001, piso 18, Las Condes, Santiago, con fecha 08 de enero del año 2.021, a las 15:13:25 horas formuló el pedimento de la concesión de exploración denominada “ASERRIN II 9”, con una superficie de 300 hectáreas. SEGUNDO: Que, con fecha 22 de enero del año 2.021, el pedimento fue inscrito a fojas 382, bajo el N°195, del año 2.021, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Antofagasta. TERCERO: Que, con fecha 08 de febrero del año 2.021, se publicó la inscripción del pedimento en el Boletín Oficial de Minería, del Diario Oficial de la República de Chile. CUARTO: Que a folio 9, el informe del Servicio Nacional de Geología y Minería Nº3.154, de fecha 13 de mayo del año 2.021, señala que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y el plano están conformes con las disposiciones legales. QUINTO: Que, las coordenadas U. T. M. de cada uno de los vértices del perímetro de la concesión de exploración y su punto medio son: VERTICE NORTE (m.) ESTE (m.) P.M. 7.418.500,00 448.500,00 V-1 7.420.000,00 448.000,00 V-2 7.420.000,00 449.000,00 V-3 7.417.000,00 449.000,00 V-4 7.417.000,00 448.000,00 SEXTO: Que, teniendo presente lo dispuesto en el artículo 57 del Código de Minería, por haberse cumplido todos los 1 requisitos legales y no existiendo impedimentos técnicos;

Fallo

se resuelve: Que se aprueba el plano y queda constituida la concesión de exploración denominada “ASERRIN II 9”, con una superficie de 300 hectáreas, en favor de ANTOFAGASTA MINERALS S.A., representada por don Juan Esteban Poblete Newman, ambos ya individualizados. Extráctese la presente sentencia constitutiva como lo estipula el artículo 90 del Código de Minería y publíquese, inscríbase y archívese de conformidad a la Ley. Remítase por correo electrónico copia de esta sentencia y plano original al Servicio Nacional de Geología y Minería. Archívese copia del plano en el respectivo Conservador de Minas ejecutoriada la presente sentencia por correo electrónico. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívese. Rol V-8-2.021 Dictada por doña Elizabeth Verónica Araya Julio, Juez Titular. Antofagasta, a veinticuatro de Mayo del año dos mil veintiuno, notifiqué por el estado diario la sentencia que antecede. 2 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-05-24T11:18:48-0400

Texto Completo (Preview)

ROL : V-8-2.021 MATERIA : PEDIMENTO MINERO "ASERRIN II 9". CÓDIGO : P02 SOLICITANTE : ANTOFAGASTA MINERALS S.A. FECHA INICIO : 08.01.2.021 Antofagasta, a veinticuatro de Mayo del año dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, comparece don Juan Esteban Poblete Newman, chileno, abogado, casado, en representación de ANTOFAGASTA MINERALS S.A., sociedad chilena del giro de su

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