MINISTERIO PUBLICO C/ LUIS FRANCISCO ÁLVAREZ OJEDA
Rol
O-38-2024
Fecha
21 de agosto de 2024
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos constituyen el delito de Robo en Lugar No Habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N°1, en relación al artículo 432, ambos del Código Penal, cuya víctima es Cristian Alejandro Duran Bustos, ilícito en grado de ejecución consumado, perpetrado en calidad de autor Código: EPWCXPDXSUM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 por el acusado LUIS FRANCISCO ÁLVAREZ OJEDA según lo previsto en los artículos 14 N° 1 y 15 N° 1 del Código Penal. Respecto de las modificatorias de responsabilidad penal, a juicio del Ministerio Público no concurren. En lo referente a la pena requerida, el Ministerio Público solicita la aplicación de las siguientes sanciones: CUATRO AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, accesorias del artículo 29 del Código Penal; y al pago de las costas de la causa. TERCERO: Alegato de apertura del Ministerio Público: Se está frente a un delito de Robo en lugar no habitado en grado de consumado. Hay fuerza en el “Cooler”, se sustrajeron especies y dinero, hay fuerza en aquellos espacios que protegían los objetos que resultaron ser sustraídos y sacados de la esfera de resguardo; las especies no se recuperaron y se las llevó el otro sujeto que andaba con el imputado. Todo lo que se probará con imágenes de cámaras de seguridad, fotografías y testimonios de civiles y policías. Alegato de Apertura de la Defensa: Solicita una recalificación por la naturaleza del ilícito, ello conforme a la propia versión de su representado quien declarará en juicio admitiendo que intentó sustraer especies, pero fue detenido. El no aplicó ninguna fuerza, el local estaba protegido con una lona, lo que no es una medida de seguridad propiamente tal. Sería un hurto, pero un hurto frustrado respecto a su representado. En la etapa de determinación de pena alegará lo pertinente. En su clausura el Ministerio Público: Señala que con la prueba rendida se ha acreditado la existencia del delito y su grado de de
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Osorno, integrada por los Jueces don Edmundo Moller Bianchi, quien la presidió, doña Patricia Gallardo Maldonado y don Héctor Hinojosa Aubel, se llevó a efecto la audiencia de Juicio Oral para conocer y analizar la acusación presentada por el Ministerio Público de Osorno, en contra del acusado Luis Francisco Álvarez Ojeda, cédula Nacional de Identidad Nº 18.577.944-0, treinta años de edad, comerciante, domiciliado en Campamento Folilche, casa Nº 14, Osorno, representado por el abogado Defensor Público don JUAN ANTONIO MARTINEZ VIDAL. Representó al Ministerio Público en juicio el Fiscal don JORGE MUNZENMAYER CRISTI. SEGUNDO: El Ministerio Público acusó en los siguientes términos: I.- En cuanto a los hechos. “El día 5 de Diciembre del año 2023, alrededor de las 14.05 hrs. el acusado Luis Álvarez Ojeda, en compañía de un segundo sujeto no individualizado, ambos con el ánimo de Robar especies concurrieron hasta el hall de entrada del Boulevard interior del Hotel Sonesta y Casino Marina del Sol, ubicado encalle Ejercito número 395, comuna de Osorno, una vez en el lugar, se dirigen hasta un “carro de café” de propiedad de Cristian Durán Bustos, lugar en el cual utilizando una arma apta al efecto, abren un “Cooler” o máquina de frío sustrayendo con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño 25 latas de en bebida energizante marca Red Bull, color azul de 180 ml, 15 latas de bebida energizante mara Monster color negro de 300 ml, y forzando una caja destinada a registradora de dinero la suma de 30 mil pesos en dinero efectivo. Dichas especies son avaluadas en la suma de 102 mil pesos. Acusado es detenido, mientras huía, en las inmediaciones. A juicio del Ministerio Público los hechos constituyen el delito de Robo en Lugar No Habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N°1, en relación al artículo 432, ambos del Código Penal, cuya víctima es Cristian Alejandro Duran Bustos, ilícito en grado de ejecución consumado, perpetrado en calidad de autor Código: EPWCXPDXSUM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 por el acusado LUIS FRANCISCO ÁLVAREZ OJEDA según lo previsto en los artículos 14 N° 1 y 15 N° 1 del Código Penal. Respecto de las modificatorias de responsabilidad penal, a juicio del Ministerio Público no concurren. En lo referente a la pena requerida, el Ministerio Público solicita la aplicación de las siguientes sanciones: CUATRO AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, accesorias del artículo 29 del Código Penal; y al pago de las costas de la causa. TERCERO: Alegato de apertura del Ministerio Público: Se está frente a un delito de Robo en lugar no habitado en grado de consumado. Hay fuerza en el “Cooler”, se sustrajeron especies y dinero, hay fuerza en aquellos espacios que protegían los objetos que resultaron ser sustraídos y sacados de la esfera de resguardo; las especies no se recuperaron
Fallo
FALLO RIT 38-2024 Osorno, veintiuno de agosto de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDO A LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Osorno, integrada por los Jueces don Edmundo Moller Bianchi, quien la presidió, doña Patricia Gallardo Maldonado y don Héctor Hinojosa Aubel, se llevó a efecto la audiencia de Juicio Oral para conocer y analizar la acusación presentada por el Ministerio Público de Osorno, en contra del acusado Luis Francisco Álvarez Ojeda, cédula Nacional de Identidad Nº 18.577.944-0, treinta años de edad, comerciante, domiciliado en Campamento Folilche, casa Nº 14, Osorno, representado por el abogado Defensor Público don JUAN ANTONIO MARTINEZ VIDAL. Representó al Ministerio Público en juicio el Fiscal don JORGE MUNZENMAYER CRISTI. SEGUNDO: El Ministerio Público acusó en los siguientes términos: I.- En cuanto a los hechos. “El día 5 de Diciembre del año 2023, alrededor de las 14.05 hrs. el acusado Luis Álvarez Ojeda, en compañía de un segundo sujeto no individualizado, ambos con el ánimo de Robar especies concurrieron hasta el hall de entrada del Boulevard interior del Hotel Sonesta y Casino Marina del Sol, ubicado encalle Ejercito número 395, comuna de Osorno, una vez en el lugar, se dirigen hasta un “carro de café” de propiedad de Cristian Durán Bustos, lugar en el cual utilizando una arma apta al efecto, abren un “Cooler” o máquina de frío sustrayendo con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño
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1 FALLO RIT 38-2024 Osorno, veintiuno de agosto de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDO A LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Osorno, integrada por los Jueces don Edmundo Moller Bianchi, quien la presidió, doña Patricia Gallardo Maldonado y don Héctor Hinojosa Aubel, se llevó a efecto la audiencia de Juicio Oral para conocer y ana
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