Juzgado de Letras de Constitución

FUNDACIÓN MI CASA/DIRECCIÓN DEL TRABAJO

Rol

I-4-2022

Fecha

11 de julio de 2022

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos que con fecha 18 de febrero de 2022, se impuso a su representada dos multas de parte de un fiscalizador de la Inspección Comunal del Trabajo de Constitución, mediante resolución administrativa N° 8360/22/02-1 y 2. Indica que dentro de plazo, se interpuso reclamación administrativa de dichas multas ante la propia Inspección Comunal del Trabajo de Providencia. Que luego con fecha 26 de mayo de 2022 se dicta la resolución número 47, dejando sin efecto la multa N° 1, y confirmando la multa N° 2. Añade que dicha resolución se notificó vía correo electrónico el día 26 de mayo de 2022, notificándose legalmente el 31 del mismo mes. En cuanto al derecho Indica que según dispone el artículo 506 del Código del Trabajo: “Las infracciones a este Código y sus leyes complementarias, que no tengan señalada una sanción especial, serán sancionadas de conformidad a lo dispuesto en los incisos siguientes, según la gravedad de la infracción. Para la micro empresa y la pequeña empresa, la sanción ascenderá de 1 a 10 unidades tributarias mensuales. Tratándose de medianas empresas, la sanción ascenderá de 2 a 40 unidades tributarias mensuales. Tratándose de grandes empresas, la sanción ascenderá de 3 a 60 unidades tributarias mensuales. En el caso de las multas especiales que establece este Código, su rango se podrá duplicar y triplicar, según corresponda, si se dan las condiciones establecidas en los incisos tercero y cuarto de este artículo, respectivamente y de acuerdo a la normativa aplicable por la Dirección del Trabajo. La infracción a las normas sobre fuero sindical se sancionará con multa de 14 a 70 unidades tributarias mensuales.” El artículo 511 del mismo código prescribe: “Facúltase al Director del Trabajo, en los casos en que el afectado no hubiere recurrido de conformidad al artículo 503 y no hubiere solicitado la sustitución del artículo 506 ter de este Código, para reconsiderar las multas administrativas impuestas por funcionarios de su dependencia en la forma siguien

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización completa de las partes litigantes. Que son partes en la presente causa RIT N° I-04-2022, RUC N°22-4-0409055-4, como reclamante FUNDACION MI CASA, RUT N°70.015.680-K, representada legalmente por doña DELIA MARIA DELGATTO REYES, cédula nacional de identidad N°6.374.978-8 ambos con domicilio en calle Luis Barros Valdés N° 775, Providencia, Santiago, reclamante asistido y patrocinado por el abogado don Jorge Felipe Pinto Ceballos, cédula nacional de identidad N°14.511. 647-3. , con el mismo domicilio y forma de notificación que consta de proceso; y por la parte reclamada, INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE CONSTITUCION, servicio público, RUT genérico de la Dirección del Trabajo N° 61.502.000-1 representado por su inspectora jefe doña MONICA VILLAR RIQUELME, cédula nacional de identidad N° 14.329.228-2, ambos con domicilio en O´Higgins Nº 398-E, comuna de Constitución, reclamada patrocinada y asistida por el abogado don CÉSAR VALDIVIA GARCÍA, cédula nacional de identidad N° 12.911.443-6, con domicilio y forma de notificación que consta en el proceso. Que este juicio de acuerdo a su naturaleza y cuantía fue tramitado en conformidad con las normas del procedimiento monitorio. SEGUNDO: Síntesis de la demanda (Reclamo), sus fundamentos de hecho y de derecho, y alegaciones. Comparece don Jorge Felipe Pinto Ceballos, abogado, por Fundación Mi Casa, ambos ya individualizados, quien interpone demanda en procedimiento monitorio laboral en virtud de la resolución N° 47 de fecha 26 de mayo de 2022, dirigida contra la Inspección Comunal del Trabajo de Constitución, representada por doña Mónica Isabel Villar Riquelme, Inspectora Comunal, o quién la subrogue o haga sus veces, ambos ya individualizados. Manifiesta respecto a los hechos que con fecha 18 de febrero de 2022, se impuso a su representada dos multas de parte de un fiscalizador de la Inspección Comunal del Trabajo de Constitución, mediante resolución administrativa N° 8360/22/02-1 y 2. Indica que dentro de plazo, se interpuso reclamación administrativa de dichas multas ante la propia Inspección Comunal del Trabajo de Providencia. Que luego con fecha 26 de mayo de 2022 se dicta la resolución número 47, dejando sin efecto la multa N° 1, y confirmando la multa N° 2. Añade que dicha resolución se notificó vía correo electrónico el día 26 de mayo de 2022, notificándose legalmente el 31 del mismo mes. En cuanto al derecho Indica que según dispone el artículo 506 del Código del Trabajo: “Las infracciones a este Código y sus leyes complementarias, que no tengan señalada una sanción especial, serán sancionadas de conformidad a lo dispuesto en los incisos siguientes, según la gravedad de la infracción. Para la micro empresa y la pequeña empresa, la sanción ascenderá de 1 a 10 unidades tributarias mensuales. Tratándose de medianas empresas, la sanción ascenderá de 2 a 40 unidades tributarias mensuales. Tratándose de grandes empresas, la sanción ascenderá de 3 a 60 unidades tr

Fallo

Fallo Sentencia Definitiva. Fecha Ingreso 16 de Junio de 2022. Materia Reclamo Resolución Administrativa Caratulado “Fundación Mi casa con Inspección del Trabajo de Constitución.” Procedimiento Monitorio Demandante/ Reclamante FUNDACIÓN MI CASA RUT 70.015.680-K Representante Legal DELIA MARIA DELGATTO REYES C.I 6.374.978-8 Abogado JORGE FELIPE PINTO CEBALLOS C.I. 14.511. 647-3. Demandado/Reclamado INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO CONSTITUCION RUT 61.502.000-1 Representante MONICA VILLAR RIQUELME C.I 14.329.228-2 Abogado CESAR VALDIVIA GARCIA C.I 12.911.443-6 Juez MARIELA ALEJANDRA ROJAS DIAZ. SENTENCIA. Constitución, once de julio de dos mil veintidós. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización completa de las partes litigantes. Que son partes en la presente causa RIT N° I-04-2022, RUC N°22-4-0409055-4, como reclamante FUNDACION MI CASA, RUT N°70.015.680-K, representada legalmente por doña DELIA MARIA DELGATTO REYES, cédula nacional de identidad N°6.374.978-8 ambos con domicilio en calle Luis Barros Valdés N° 775, Providencia, Santiago, reclamante asistido y patrocinado por el abogado don Jorge Felipe Pinto Ceballos, cédula nacional de identidad N°14.511. 647-3. , con el mismo domicilio y forma de notificación que consta de proceso; y por la parte reclamada, INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE CONSTITUCION, servicio público, RUT genérico de la Dirección del Trabajo N° 61.502.000-1 representado por su inspectora jefe doña MONICA VILLA

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TRIBUNAL JUZGADO DE LETRAS DE CONSTITUCIÓN NOMENCLATURA SENTENCIA Causa I-04-2022 Tipo de Fallo Sentencia Definitiva. Fecha Ingreso 16 de Junio de 2022. Materia Reclamo Resolución Administrativa Caratulado “Fundación Mi casa con Inspección del Trabajo de Constitución.” Procedimiento Monitorio Demandante/ Reclamante FUNDACIÓN MI CASA RUT 70.015.680-K Representante Legal DELIA

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