Juzgado de Letras y Garantía de Curanilahue.

MINISTERIO PÚBLICO C/ JUAN MARCIAL BAHAMONDES FICA

Rol

O-71-2023

Fecha

19 de agosto de 2024

Materia

COHECHO O SOBORNO COMETIDO POR PARTICULAR. ART. 250

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: QUE CON FECHA 15/02/2023, SIENDO LAS 13:30 HORAS APROXIMADAMENTE, EN CALLE CAUPOLICAN N° 712 DE CURANILAHUE, EL IMPUTADO JUAN MARCIAL BAHAMONDE FICA, FUE SORPRENDIDO POR CARABINEROS CONDICIENDO EL VEHÍCULO PPU N° OBGL-66, MARCA NISSAN, MODELO MURANO, COLOR AZUL, AÑO 2011, MOMENTOS EN QUE PERSONAL POLICIAL SE ENCONTRABA REALIZANDO FISCALIZACIONES DE FORMA ALEATORIA Y AL PEDIRLE LOS DOCUMENTOS DEL VEHÍCULO ESTE LE ENTREGA LA DOCUMENTACIÓN SEÑALANDO "AHÍ ESTÁ PAPITO", CERRANDO UN OJO Y SE LEVANTA DE HOMBROS, PERCATÁNDOSE EL FUNCIONARIO POLICIAL QUE ENTRE MEDIO DEL CERTIFICADO DE EMISIONES CONTAMINANTES IBA UNA BOLSA DE NYLON CONTENEDORA DE 0.4 GRAMOS DE COCAÍNA, POR LO QUE SE PROCEDIÓ A SU DETENCIÓN. Fiscal modificación de pena en conformidad artículo 395 CPP. SI X NO Admisión de responsabilidad SI X NO Alegatos defensa SI X NO Traslado Ministerio Público SI X NO SENTENCIA: Curanilahue, diecinueve de agosto de dos mil veinticuatro. VISTO, OIDO Y TENIENDO PRESENTE (Sentencia íntegra en audio) Código: UUNVXPFDHFM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PARTE RESOLUTIVA: Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 14,15, 24, 25, 26, 30, 49, 69 y 250 del Código Penal, lo dispuesto en los artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, específicamente el 395, se resuelve: I.- Que se condena, a don JUAN MARCIAL BAHAMONDES FICA, cédula de identidad N°0018944429-K, ya individualizado, como AUTOR del delito CONSUMADO de soborno, por los hechos cometidos en esta comuna el día 15 de febrero del año 2023, a las penas de SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO. II.- Que se le condena además a la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. III.- Que

Fundamentos

considerando el tiempo que el imputado ha permanecido privado de libertad en la presente causa, esto es: habiendo sido detenido con fecha 15 de febrero del año 2023 a las 13:30 horas aproximadamente, llevándose a cabo el control de detención el día 16 de febrero del año 2023 a las 13:57 horas, misma fecha en la que se dispuso a su respecto medida cautelar de prisión preventiva, la cual cumplió de manera ininterrumpida en estos autos hasta el día 24 marzo del año 2023, oportunidad en la fue sustituida por aquella del artículo 155 letra a) arresto domiciliario nocturno, cumpliendo la misma hasta el 18 de abril del año 2023, oportunidad en la que se suspendió la medida cautelar, por haberse decretado a su respecto prisión preventiva en causa diversa, todo lo cual suma un total de 61 días, en razón de ello entonces se tiene por cumplida la pena a la cual fue condenado en la presente causa. IV.- Que no se condena en costas atendida su actitud procesal asumida en la presente causa. Cúmplase en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Notifíquese, regístrese, anótese y archívese en su oportunidad. RIT 71 - 2023 RUC 2300180109-0 Dictada por ANJA CONSTANCE WENDT HELLE, Juez Titular del Juzgado de Letras y Garantia de Curanilahue. CÚMPLASE EN SU OPORTUNIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 468 DEL CÓDIGO PROCESAL: RUC RIT Ámbito afectado Detalle del Hito Valor 2300180109-0 71 - 2023 RELACIONES: JUAN MARCIAL BAHAMONDES FICA Procedimiento Simplificado. SIRVA LA PRESENTE RESOLUCION DE SUFICIENTE Y ATENTO OFICIO REMISOR. La presente acta sólo constituye un registro administrativo en el que se resume lo acontecido y decidido en la audiencia, conteniendo sólo la parte resolutiva del fallo. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Código: UUNVXPFDHFM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dirigió la audiencia y dictó sentencia ANJA CONSTANCE WENDT HELLE, Juez Titular del Juzgado de Letras y Garantia de Curanilahue. Código: UUNVXPFDHFM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-08-20T14:48:19-0400

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 14,15, 24, 25, 26, 30, 49, 69 y 250 del Código Penal, lo dispuesto en los artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, específicamente el 395, se resuelve: I.- Que se condena, a don JUAN MARCIAL BAHAMONDES FICA, cédula de identidad N°0018944429-K, ya individualizado, como AUTOR del delito CONSUMADO de soborno, por los hechos cometidos en esta comuna el día 15 de febrero del año 2023, a las penas de SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO. II.- Que se le condena además a la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. III.- Que considerando el tiempo que el imputado ha permanecido privado de libertad en la presente causa, esto es: habiendo sido detenido con fecha 15 de febrero del año 2023 a las 13:30 horas aproximadamente, llevándose a cabo el control de detención el día 16 de febrero del año 2023 a las 13:57 horas, misma fecha en la que se dispuso a su respecto medida cautelar de prisión preventiva, la cual cumplió de manera ininterrumpida en estos autos hasta el día 24 marzo del año 2023, oportunidad en la fue sustituida por aquella del artículo 155 letra a) arresto domiciliario nocturno, cumpliendo la misma hasta el 18 de abril del año 2023, oportunidad en la que se suspendió la medida cautelar, por haberse decretado a su respecto prisión preventiva en causa diversa, todo lo cual suma un total de 61 días, en razón de ello entonces se tiene por cump

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INDIVIDUALIZACIÓN DE AUDIENCIA DE PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. (VIDEOCONFERENCIA) Fecha Curanilahue, diecinueve de agosto de dos mil veinticuatro Magistrado ANJA CONSTANCE WENDT HELLE Fiscal JOSÉ ANDRÉS ORTIZ JIMENEZ Def. Privado ANDRÉS MORALES SOZA Hora inicio 10:42 Hora termino 11:07 Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Curanilahue. Acta-Coordinador KPR RUC 2300180109-0 RIT 71 - 2

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