MP C/ FRANCISCO JAVIER BARRÍA SERÓN
Rol
O-5319-2022
Fecha
19 de agosto de 2024
Materia
AMENAZA CON ARMA (FALTA) ART. 494 Nº 4 CODIGO PENAL., HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos acaecidos en horas de la mañana el 11 de agosto del 2022, al interior del supermercado Cugat de la ciudad de Puerto Montt y las amenazas en perjuicio de la persona de José Villegas Felmer. II.-Que reuniéndose en favor del sentenciado los requisitos legales para la concesión de pena sustitutiva, se otorgará a éste la reclusión parcial penitenciaria, quedando sujeto a la obligación de pernoctar en las dependencias especiales que Gendarmería de Chile posee para estos fines, en horario que va entre las 22:00 horas del día y las 06:00 de la mañana del día siguiente. Si no se cumple con estas exigencias y las demás contenidas en la ley 18.216 en el acápite respectivo, se le revocará dicha pena sustitutiva, debiendo cumplir íntegramente la privativa de libertad que se le impone, sirviéndole de ABONO a la misma los dos días que ha estado privado de libertad con motivo de esta misma causa. III. Que las multas impuestas deberán ser pagadas en pesos, en el equivalente que la referida unidad tributaria mensual tenga al momento de su pago efectivo, mediante depósito en la Tesorería Regional de la República, sin otorgarle parcialidades ni plazo para su pago. IV. Que en el evento que el sentenciado carezca de bienes suficientes para la satisfacción de la pena de multa impuesta, sufrirá por vía de sustitución y apremio, una pena de reclusión, regulándose en un día de privación de libertad por cada tercio de unidad tributaria a que ha sido condenado, sin que ello pueda exceder de seis meses, en lo que la presente sentencia equivale por cada una de las multas a 3 días. V. Que se le exime del pago de las costas de la presente causa. VI.-Que se decreta el comiso total y definitivo de las especies que el Ministerio Público incauta con motivo de este procedimiento, a fin de que proceda en su oportunidad a su destrucción. Regístrese y notifíquese. Dese cumplimiento en su oportunidad a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Hecho, archívese. RIT 5319 - 2022
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14 N°1, 15 N° 1, 18, 21, 24, 25, 30, 49, 50, 67, 69, 70, 432, 446 Nº3 y 494 Nº4 del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 7 y 8 de la Ley 18.216, se declara: I. Que SE CONDENA a FRANCISCO JAVIER BARRÍA SERÓN, cédula de identidad 0021287499-K, ya individualizado a la PENA de CUARENTA Y UN DÌAS DE PRISION EN SU GRADO MAXIMO, MULTA de UNA unidad tributaria mensual y accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena por su responsabilidad en calidad de autor directo, culpable, material e inmediato, y en grado de desarrollo frustrado, en un ilícito de hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 Nº3 con relación con el artículo 432 del Código Penal. Como asimismo, a la PENA de MULTA de UNA unidad tributaria mensual, condena por su responsabilidad en calidad de autor directo, culpable, material e inmediato, y en grado de desarrollo consumado, en un ilícito de amenaza falta, previsto y sancionado en el artículo 494 Nº4 del Código Penal, ambos hechos acaecidos en horas de la mañana el 11 de agosto del 2022, al interior del supermercado Cugat de la ciudad de Puerto Montt y las amenazas en perjuicio de la persona de José Villegas Felmer. II.-Que reuniéndose en favor del sentenciado los requisitos legales para la concesión de pena sustitutiva, se otorgará a éste la reclusión parcial penitenciaria, quedando su
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Puerto Montt, diecinueve de agosto de dos mil veinticuatro Cúmplase. Téngase presente lo resuelto con fecha dieciséis de agosto de dos mil veinticuatro por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Puerto Montt, que REVOCA en lo apelado la sentencia dictada con fecha 11 de octubre, por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, en aquella parte que estableció la pena sustitutiva de reclusión parcial noc
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