AGRICOLA UNI-AGRI COPIAPO SPA/INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE PARRAL
Rol
I-1-2022
Fecha
11 de julio de 2022
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
hechos controvertidos, los siguientes: 1.- La efectividad de haber incurrido en un error de hecho la parte reclamada al dictar la resolución de multa recurrida. Circunstancias y antecedentes. 2.- En su caso si la parte reclamante dio cumplimiento a las normas legales que se indican como infringidas en las respectivas resoluciones de multas. Circunstancias y antecedente. CUARTO: Actuaciones en audiencia juicio. Que, con fecha 22 de junio de 2022, se celebra la audiencia de juicio. Que, LA PARTE DEMANDANTE incorpora la siguiente prueba: PRUEBA DOCUMENTAL: DOCUMENTAL: 1. Cheque de fecha 21 de enero de 2022, a nombre de Doña Juana de las Rosas Fuentes Flores. 2. Acta de comparendo de conciliación n de fecha 22 de febrero de 2022. 3. Comprobante de carta de aviso para terminación del contrato de trabajo dirigida a do a Juana de las Rosas Fuentes Flores. 4. Captura de pantalla de WhatsApp con acuerdo de pago con Do a Juana de las Rosas Fuentes Flores. 5. Captura de pantalla de conversación n de WhatsApp donde se corrige la fecha de la carta de renuncia. 6. Correo de administrativa que corrobora el día de pago del finiquito. 7. Finiquito suscrito entre Agrícola UniAgri Copiapó SpA y Juana de las Rosas Fuentes Flores. 8. Liquidación de sueldos mensual de diciembre de 2018. 9. Liquidación de sueldos mensual de diciembre de 2019. 10. Liquidación de sueldos mensual de diciembre de 2020. 11. Liquidación de sueldos mensual de diciembre de 2021. 12. Liquidación de sueldos mensual de septiembre de 2019. 13. Liquidación de sueldos mensual de septiembre de 2020. 14. Liquidación de sueldos mensual de septiembre de 2021. 15. Renuncia voluntaria suscrita por do a Juana de las Rosas ñ Fuentes Flores. 16. Registro de asistencia de Juana de las Rosas Fuentes Flores correspondiente a los meses de julio a octubre de 2018. 17. Registro de asistencia de doña Juana de las Rosas Fuentes Flores correspondiente a los meses de noviembre de 2018 a diciembre de 2021. 18. Multa 17
Fundamentos
considerandos que preceden, se deberá rechazar la petición principal, como se dirá en lo definitivo. SÉPTIMO: Que en cuanto a la petición subsidiaria, lo cierto que con la prueba incorporada en este juicio, y respecto de la multa 1745/22/3-1, acreditó la reclamante, un cumplimiento posterior a la fiscalización, y de manera parcial, de las normas legales infraccionadas. En efecto, acompañó–parcialmente- el reclamante liquidaciones de remuneraciones de los períodos fiscalizados, esto es, diciembre 2019, septiembre 2019, septiembre 2020, diciembre 2002, septiembre 2021 y diciembre 2021 y respecto del registro de asistencia, acompañó aquellos que corren de noviembre de 2018 a enero de 2022. Que, respecto de la multa 1745/22/3-2, y con el mérito de los antecedentes probatorios acompañados, no obstante haberse asentado que se incumplió con el plazo establecido en el artículo 177 del Estatuto Laboral, como bien lo establece la multa reclamada, lo cierto es que se observa en la reclamante una conducta tendiente al cumplimiento de dicho término, toda vez que acompañó cheque con lo que a su juicio se adeudaba, fechado el 21 de enero de 2022. Asimismo, la testimonial incorporada por la reclamante, da cuenta de una errática actuación en el proceso de generación del finiquito y el pago de prestaciones, sumado a errores en la emisión de la carta de renuncia de la trabajadora, lo que impidió el cumplimiento del mandato legal. Que, en ese sentido entonces, habiendo corregido, a lo menos parcialmente, la conducta antirreglamentaria y demostrado una conducta tendiente al cumplimiento de la norma, sumado a la finalidad correctiva de las mismas, es que se accederá a la petición subsidiaria y se rebajaran los montos de las multas en el modo que si dirá en lo resolutivo. Fundamentos por los cuales y tenendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 4, 432, 425, 446, 459, 503, 504, 505 y demás pertinentes del Código del Trabajo,
Fallo
se declara: I. Que, SE RECHAZA la reclamación principal de las multas 1745/22/3-1 y 2. II. Que atento lo razonado en el considerando SÉPTIMO, SE ACOGE LA PETICIÓN SUBSIDIARIA y en consecuencia se rebajan las multas a los siguientes montos: 1.- Respecto de la 1745/22/3-1, se la establece en la suma de 1,00 IMM. 2.- Respecto de la 1745/22/3-2, se la establece en la suma de 30,00 UTM. III. Que cada parte pagará sus costas. Regístrese, comuníquese y archívese, cuando en derecho corresponda RIT I-1-2022 RUC 22-4-0392013-8 Dictada por don PABLO DIONISIO RAMOS ABARZÚA, Juez Titular del Juzgado de Letras y del Trabajo de Parral. Firmada digitalmente por don WALTER GUILLERMO MORALES CERONI, Juez Subrogante del Juzgado de Letras de Parral, por encontrarse el Juez Titular haciendo uso de su feriado legal. En Parral a once de julio de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución precedente.
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Juzgado de Letras y del Trabajo de Parral Procedimiento: Ordinario Materia: Reclamación de multa RIT I-1-2022 RUC 22-4-0392013-8 Demandante: AGR COLA UNI-AGRI COPIAP SPA. Demandada: INSPECCION COMUNAL DEL TRABAJO DE PARRAL Juez Titular: Pablo Dionisio Ramos Abarzúa Fecha de ingreso: 24 de marzo de 2022 Fecha de sentencia: 11 de julio de 2022 Parral, once de julio de dos mil veintidós. Vistos, oíd
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