C/ CARLOS MARCELO RAMÍREZ GUZMÁN
Rol
O-7097-2024
Fecha
13 de agosto de 2024
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia del requerimiento. Renuncia de plazos Sentencia. Ejecutoriada. Apercibimiento: RUC RIT Ambito afectado Detalle del Hito Valor 2400944185-5 7097-2024 PARTICIPANTES.: Denunciado. - RAMÍREZ GUZMÁN CARLOS MARCELO Art. 26 1 Sentencia.: RUC RIT Ambito afectado Detalle del Hito Valor 2400944185-5 7097-2024 CAUSA.: R.U.C=2400944185-5 R.U.I.=7097-2024 Fecha de deliberación 2024/08/13 Juez redactor ÁLVARO IVÁN ARRIAGADA FERNÁNDEZ RELACIONES.: RAMÍREZ GUZMÁN CARLOS MARCELO / Porte de arma cortante o punzante (288 bis). Resultado Condenado. CAUSA.: R.U.C=2400944185-5 R.U.I.=7097-2024 - - RELACIONES.: RAMÍREZ GUZMÁN CARLOS MARCELO / Porte de arma cortante o punzante (288 bis). Procedimiento Simplificado. Orden de libertad.: Código: XXBKXPDUDYL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RUC RIT Ambito afectado Detalle del Hito Valor 2400944185-5 7097-2024 PARTICIPANTES.: Denunciado. - RAMÍREZ GUZMÁN CARLOS MARCELO - - CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE RESPONSABILIDAD PENAL Atenuantes 11 N° 6 irreprochable conducta anterior. 11 N° 9 colaboración sustancial en el esclarecimiento de los hechos. HECHOS El día 12 de agosto del año 2024, aproximadamente a las 11:25 horas, en la vía publica en Concha y Toro frente al N° 256, Puente Alto, funcionarios policiales sorprenden al imputado CARLOS MARCELO RAMÍREZ GUZMÁN, manteniendo y portando consigo un arma blanca de tipo corta pluma de 17 centímetros aproximadamente dividido en 8 centímetros de hoja y 9 de empuñadura, el cual al ver la presencia policial arroja al suelo, siendo detenido, no justificando razonablemente su porte. RIT : 7097 – 2024 RUC : 2400944185-5 MATERIA : Porte Arma Blanca IMPUTADO : Carlos Marcelo Ramírez Guzmán PROCEDIMIENTO : Simplificado RESOLUCION : Sentencia Definitiva VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Y teniendo presente, además, lo dispuesto en los artículos 1,3, 5, 7, 9, 11 Nº6 y 9, 14 N°1, 15 N°1, 18, 21, 24, 25, 49 50, 67, 70 y 288 b
Fundamentos
considerando la privación de libertad que afecto al imputado, producto de su detención en la presente, por un lapso igual o superior a 12 horas, el día 12 de agosto del corriente, lo que equivale por conversión a un Código: XXBKXPDUDYL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl tercio de Unidad Tributaria Mensual, se dará por cumplida la pena pecuniaria impuesta, vía sustitución o compensación. III.- Que de conformidad a lo prevenido en el artículo 31 del Código Penal se dispone el comiso y destrucción del arma blanca incautada, la que se encuentra en cadena de custodia por el Ministerio Publico, bajo la NUE 5601904. IV.- Que, conforme lo prevenido en el artículo 600, en relación al 591, ambos del Código Orgánico de Tribunales, en relación a los artículos 35 y 36 de la Ley N° 19.718, se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa, por ser representado por defensor penal público y poder presumirse pobreza a su respecto. Quedan en este acto notificados todos los intervinientes de la sentencia antes pronunciada Téngase presente la renuncia a los plazos y recursos legales manifestada por los intervinientes y por ejecutoriada la presente sentencia. Dese cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 468 del Código Procesal Penal, regístrese y en su oportunidad archívese RIT : 7097 – 2024 RUC : 2400944185-5 Dictada por ALVARO IVAN ARRIAGADA FERNANDEZ, Juez (S) del Juzgado de Garantía de Puente Alto. o La presente acta sólo constituye un registro administrativo confeccionada por el funcionario de acta, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. o Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Código: XXBKXPDUDYL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-08-20T10:27:52-0400
Fallo
se resuelve: I.- Que, se condena a Carlos Marcelo Ramírez Guzmán, cedula nacional de identidad N° 19.829.171-4, ya individualizado, a la pena pecuniaria de un tercio de Unidad Tributaria Mensual, en su calidad de autor del delito consumado de Porte de Arma Corto Punzante, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, cometido el con fecha 12 de agosto de 2024 en la comuna de Puente Alto. II.- Que considerando la privación de libertad que afecto al imputado, producto de su detención en la presente, por un lapso igual o superior a 12 horas, el día 12 de agosto del corriente, lo que equivale por conversión a un Código: XXBKXPDUDYL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl tercio de Unidad Tributaria Mensual, se dará por cumplida la pena pecuniaria impuesta, vía sustitución o compensación. III.- Que de conformidad a lo prevenido en el artículo 31 del Código Penal se dispone el comiso y destrucción del arma blanca incautada, la que se encuentra en cadena de custodia por el Ministerio Publico, bajo la NUE 5601904. IV.- Que, conforme lo prevenido en el artículo 600, en relación al 591, ambos del Código Orgánico de Tribunales, en relación a los artículos 35 y 36 de la Ley N° 19.718, se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa, por ser representado por defensor penal público y poder presumirse pobreza a su respecto. Quedan en este acto notificados todos los intervinientes de la sentencia an
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Individualización de Audiencia de control de la detención.. Fecha Puente Alto., trece de agosto de dos mil veinticuatro Magistrado ÁLVARO IVÁN ARRIAGADA FERNÁNDEZ Fiscal JUAN CHEUQUIANTE Defensor MIGUEL RETAMAL FABRY Hora inicio 12:53PM Hora termino 01:02PM Sala SALA 3 Tribunal Juzgado de Garantía de Puente Alto Acta lva RUC 2400944185-5 RIT 7097 - 2024 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA CARLOS
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