Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Puerto Montt.

FISCALIA PUERTO MONTT C/ SEBASTIÁN ESTEBAN VALENZUELA VENEGAS

Rol

O-81-2024

Fecha

17 de agosto de 2024

Materia

CULTIVO ESTUPEFACIENTES/FALSIFIC RECETAS ART. 8 LEY N 20.000, HOMICIDIO., PORTE DE ARMA PROHIBIDA (ART. 14 INC. 1°), POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS, TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos y circunstancias: “El día 05 de septiembre de 2021 en horas de la tarde en circunstancias que YEISON MATÍAS BARRÍA VIDAL se encontraba en su domicilio ubicado en calle Santa Teresa de Los Andes N°142 en la Población Cayenel en la comuna de Puerto Montt llego hasta el lugar el imputado SEBASTIÁN ESTEBAN VALENZUELA VENEGAS movilizándose para tal efecto en el interior de un vehículo junto a terceras personas, portando un arma de fuego y con la intención de ocasionar la muerte de BARRÍA VIDAL. Una vez en el lugar y Encontrándose las afueras del domicilio de la víctima lo conmino a salir a la vía publica disparando el arma de fuego que portaba contra la víctima en al menos 3 oportunidades impactando uno de los tiros en la cadera del afectado el cual resultó a consecuencia de ello con una herida por arma de fuego de muslo proximal lateral derecho, provocando lesión de recto y fractura de acetábulo izquierdo de carácter grave y que de no haber mediado intervención médica oportuna le hubiera ocasionado la muerte Con fecha 6 de mayo de 2022 en horas de la tarde SEBASTIÁN ESTEBAN VALENZUELA VENEGAS mantenía bajo su guarda, tenencia y custodia personal en el interior de su domicilio ubicado en pasaje 13 S/N sector Lagunitas en la comuna Puerto Montt; un revolver marca Colt modelo Police Positive calibre .38 número de serie 453358 , 06 tiros sin percutir calibre .38 SPL marca CBC y 2 tiros sin percutir calibre .38 marca RP, una escopeta maraca Laurona de dos cañones, calibre 12mm, serie 218307, 01 cartucho de escopeta calibre 12 mm marca Nobel sport y 11 cartuchos de escopeta marca GB calibre 12 mm. Dichas especies que se encontraban en buen estado de conservación y funcionamiento y siendo todos los elementos descritos aptos para disparo, no contando VALENZUELA VENEGAS con autorización legal para su porte o tenencia Asimismo con fecha 6 de mayo de 2022 en horas de la tarde SEBASTIÁN ESTEBAN VALENZUELA VENEGAS mantenía bajo su guarda, tenencia y custodia personal en el in

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que los dias ocho, nueve y doce de agosto de dos mil veinticuatro, ante esta Primera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt, integrada por los jueces Jorge Alejandro Díaz Rojas, titular; Claudio Alejandro Campos Carrasco, suplente; y Leandro Bahamonde Hernández, subrogando legalmente, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral para conocer de la acusación dirigida en contra de SEBASTIAN ESTEBAN VALENZUELA VENEGAS, mayor de edad, cédula nacional de identidad N°15.557.289-2, nacido en Valparaíso el 27 de abril de 1983, soltero, comerciante, con enseñanza media completa, sin apodos, domiciliado en calle Subida al Cerro, pasaje Lund 07, Cerro Cordillera, Valparaíso, en la actualidad preso preventivo unidad penal Alto Bonito, Puerto Montt Fue parte acusadora en el presente juicio el Ministerio Público de Puerto Montt, representado por la fiscal Pamela Salgado, mail psalgado@minpublico.cl. Asimismo, la defensa del acusado estuvo a cargo de los defensores penales privados, José Mella Cáceres, mail josemellac@gmail.com, y Gonzalo Cáceres. SEGUNDO: Que, de acuerdo al auto de apertura de juicio oral, la acusación fiscal versa sobre los siguientes hechos y circunstancias: “El día 05 de septiembre de 2021 en horas de la tarde en circunstancias que YEISON MATÍAS BARRÍA VIDAL se encontraba en su domicilio ubicado en calle Santa Teresa de Los Andes N°142 en la Población Cayenel en la comuna de Puerto Montt llego hasta el lugar el imputado SEBASTIÁN ESTEBAN VALENZUELA VENEGAS movilizándose para tal efecto en el interior de un vehículo junto a terceras personas, portando un arma de fuego y con la intención de ocasionar la muerte de BARRÍA VIDAL. Una vez en el lugar y Encontrándose las afueras del domicilio de la víctima lo conmino a salir a la vía publica disparando el arma de fuego que portaba contra la víctima en al menos 3 oportunidades impactando uno de los tiros en la cadera del afectado el cual resultó a consecuencia de ello con una herida por arma de fuego de muslo proximal lateral derecho, provocando lesión de recto y fractura de acetábulo izquierdo de carácter grave y que de no haber mediado intervención médica oportuna le hubiera ocasionado la muerte Con fecha 6 de mayo de 2022 en horas de la tarde SEBASTIÁN ESTEBAN VALENZUELA VENEGAS mantenía bajo su guarda, tenencia y custodia personal en el interior de su domicilio ubicado en pasaje 13 S/N sector Lagunitas en la comuna Puerto Montt; un revolver marca Colt modelo Police Positive calibre .38 número de serie 453358 , 06 tiros sin percutir calibre .38 SPL marca CBC y 2 tiros sin percutir calibre .38 marca RP, una escopeta maraca Laurona de dos cañones, calibre 12mm, serie 218307, 01 cartucho de escopeta calibre 12 mm marca Nobel sport y 11 cartuchos de escopeta marca GB calibre 12 mm. Dichas especies que se encontraban en buen estado de conservación y funcionamiento y siendo todos los elementos descritos aptos para disparo, no contando VALENZUELA VENEGAS

Fallo

se acuerda que cuando ellos llegaron, porque se habían demorado, dijeron que habían visto a Yeison y que a éste le habían pegado un balazo por problemas de faldas y de drogas. Después que contaron lo que había pasado con Yeison cada uno se fue por su lado. Precisó a continuación que esto sucedió afuera su casa. También, reiteró que estos sujetos que se hallaban en la fiesta salieron a comprar en el vehículo, mientras que los demás asistentes se quedaron allí. Ellos fueron a la casa de Yeison. Añadió que estuvieron carreteando mucho tiempo y todo esto habría sido como las 5 ó 6 de la tarde más o menos, pues salieron como las 5 de la tarde de la fiesta y volvieron como a las 7 y media. Igualmente, clarificó que el vehículo al que ha hecho referencia precedentemente se trata de un automóvil marca Hyundai, el que empleado de colectivo. Código: TWZQXPMPBBL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Recuerda que pertenecía a uno de los conocidos que estaba. Ese es el móvil que ocupaban todos ellos para ir a comprar o para trasladarse de algún lado a otro. También, dijo que la casa de Yeison Barría se ubica en Cayenel, en Chile Barrio, cerca del Hospital de Puerto Montt. En otro orden de ideas, manifestó que ha tenido dos abogados defensores, inicialmente lo representó Ignacio Herrera y ahora lo hacen en conjunto José Mella e Ignacio Flores. Respecto de si recuerda haber sido trasladado a dependencias del Ministerio P

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Puerto Montt, diecisiete de agosto de dos mil veinticuatro. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que los dias ocho, nueve y doce de agosto de dos mil veinticuatro, ante esta Primera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt, integrada por los jueces Jorge Alejandro Díaz Rojas, titular; Claudio Alejandro Campos Carrasco, suplente; y Leandro Bahamonde Hernández, subrogando legalme

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