Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique.

FL AH C/ BRANDY GABRIEL SAA ARENAS

Rol

O-369-2024

Fecha

17 de agosto de 2024

Materia

ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1

Resultado

No especificado

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Hechos

visto claramente el rostro de los ofensores, recordando la conducta que desplegaron y reconociéndolos, no solo al momento de su detención ocurrida a solo veinte minutos del hecho sino hoy en la sala de audiencia. En la réplica, reiteró la importancia del reconocimiento de la víctima durante todo el procedimiento hasta hoy. En cuanto a la detención de Yosef, aquella se produce por la sindicación del papá de dos de los acusados, de modo que previa autorización los funcionarios ingresaron al domicilio y lo encontraron con el arma en su poder. Respecto al video al que alude la defensa, aquel no se pudo determinar al momento preciso al cual corresponde, por lo que no puede asegurarse que los acusados se mantengan con las mismas ropas. Finalmente, estimó suficiente la prueba aportada para acreditar el robo con intimidación, solicitando un veredicto condenatorio; todo según los hechos descritos en el auto de apertura bajo el siguiente tenor: “El día 26 de septiembre del año 2023 cerca de las 3:15 los acusados Luis Soto Rojo, Cristian Saa Arenas, Brandy Saa Arena, y Joseph Bermúdez Piña previamente concertados para sustraer especies se encontraban a bordo del vehículo blanco placa patente única RRZV 31 que corresponde a un honda fit, los que concurren hasta el pasaje Alemania sitio 8, comité nuestro hogar en el desierto, en la comuna Alto Hospicio lugar donde procedieron a romper con un objeto contundente el vidrio trasero costado izquierdo del vehículo placa patente única FRLF 63 que estaba estacionado en la vía pública y que era de propiedad de la víctima de iniciales GMRM quien escuchó ruidos en el exterior de la vivienda y al momento de salir observó a los acusados Christian Arena Saa y Luis Soto Rojo que se encontraban en el interior de su vehículo y al comenzar a pedir ayuda don Joseph Bermúdez Piña le apunta con un arma al parecer de Código: UVUQXPYMCXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl fuego mientr

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Partes y Tribunal. Los días nueve y doce de agosto del año en curso, se constituyó una Sala del Tribunal, presidida por el juez Cristian Malebrán Eyraud e integrada por los magistrados Raúl Castro Valderrama y Nancy Alvarado González, con el objeto de realizar el juicio oral en virtud de la acusación interpuesta por el Ministerio Público, representado en audiencia por la fiscala, abogada Virginia Aravena Hormazábal y en contra de: BRANDY GABRIEL SAA ARENAS, chileno, cédula de identidad . . - , nacido en Iquique el de noviembre de 1, años, soltero, º medio, domiciliado en Avenida Jericó, manzana 1 , sitio , Alto Hospicio, representado en audiencia por la Defensoría Penal Publica, abogada Shujuan Jia; CRISTIAN SEBASTIAN SAA ARENAS, chileno, cédula de identidad 1 . . - , nacido en Iquique el 11 de diciembre de 1 , años, soltero, sin oficio, º medio, domiciliado en Avenida Jericó, manzana 1 , sitio , El Boro, Alto Hospicio; LUIS ANTONIO SOTO ROJO, chileno, cédula de identidad 1 . . - , nacido Iquique el de enero de 1 5, años, soltero, sin oficio, º básico, domiciliado en Pasaje Las Casas El Alto N° 5, El Boro, Alto Hospicio; ambos representados en audiencia por la Defensoría Penal Publica, abogado Oscar Olmos Arcos y YOSEF ANTONY BERMUNEZ PIÑA, chileno, cédula de identidad 1 . . 5 - , nacido en Iquique el 1 de mayo de 1 , años, soltero, º medio, sin oficio, domiciliado en pasaje Los Salmos, casa , El Boro, Alto Hospicio, representado en audiencia por la Defensoría Penal Pública, abogada Rocío Márquez Vera; todos con domicilio y forma de notificación registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Acusación. I. Acusación. Conforme las alegaciones iniciales del fiscal, en este caso, la victima sintió ruido al exterior del domicilio y al salir vio su auto con las puertas abiertas y dos sujetos al interior, uno tratando de darle arranque. Al intentar Código: UVUQXPYMCXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl pedir ayuda frente al robo, otro sujeto le apuntó desde un auto negro en que se movilizaban, huyendo todos sin lograr su cometido. La víctima dio aviso a carabineros y transcurridos unos veinte minutos la llamaron de vuelta avisándole que habían encontrado el auto, los imputados y el arma; a quienes reconoció. En sus alegatos de clausura, repasó brevemente los dichos de los acusados. Cristian Saa declaró previamente y dio otros nombres distintos de sus acompañantes y reconoció que él portaba el arma de fuego con la que apuntó a la víctima, lo que coincide con lo señalado por la ofendida. Cristian Saa y Luis Soto señalan que Brandy y Yosef no participaron. Estos últimos declaran que les tiraron gas pimienta, pero nada de eso se constató en el certificado de lesiones. Frente a esto, la víctima que señaló haber visto claramente el rostro de los ofensores, recordando la conducta que desplegaron y reconociéndolos, no solo al momento de su detención ocurrida a solo veinte minuto

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, , 5, , 11Nº , 11Nº , 1 , 15, 1 , 1, 5 , , , , , , inciso 1º, y del Código Penal; y artículos, 5, , , 1 , 5 , 5, Código: UVUQXPYMCXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl , , , 5, , , , 1, , , , , del Código Procesal Penal, SE RESUELVE: I. CONDENAR a BRANDY GABRIEL SAA ARENAS, CRISTIAN SEBASTIÁN SAA ARENAS, YOSEF ANTONY BERMÚDEZ PIÑA y LUIS ANTONIO SOTO ROJO, ya individualizados, a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, por su responsabilidad como autores de un delito tentado de robo con intimidación, ocurrido el día de septiembre del año , en la comuna de Alto Hospicio. II. Atendida la extensión de la pena impuesta, los sentenciados deberán cumplirla de manera efectiva, sirviéndole como abono todo el tiempo que han permanecido privado de libertad por esta causa, a saber: Cristian Sebastián Saa Arenas, Yosef Antony Bermúdez Piña y Luis Antonio Soto Rojo, desde el día de septiembre de , día de su detención e ingreso a prisión preventiva hasta la presente fecha, contabilizando trescientos veintisiete ( 7) días de abono, según se desprende del Auto de Apertura y los antecedentes del juicio, salvo lo que pueda determinar el juez d

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c/ BRANDY GABRIEL SAA ARENAS, CRISTIAN SEBASTIÁN SAA ARENAS, YOSEF ANTONY BERMÚDEZ PIÑA y LUIS ANTONIO SOTO ROJO. Delito: Robo con intimidación (art. inc.1º, CP) RIT : - RUC : 1 1-K Iquique, diecisiete de agosto de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Partes y Tribunal. Los días nueve y doce de agosto del año en curso, se constituyó una Sala del Tribun

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