ÁLVAREZ/EASY RETAIL SA
Rol
O-5387-2021
Fecha
8 de julio de 2022
Materia
Despido injustificado, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos que constan en registro de audio: 1. César Moya Rodríguez, RUT N°10.677.061-1. 2. Stefanelly Contreras López, RUT N°26.310.224-K La parte DEMANDANTE incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1. Contrato de trabajo celebrado entre las partes con fecha 06 marzo de 2017. 2. Carta de aviso de término contrato de trabajo 17 junio 2021. 3. Liquidaciones de sueldo de marzo, abril, mayo, del 2021 4. Acta de Comparendo de conciliación N° 1302/2021/1096, de fecha 19 de junio del 2021. El Tribunal tiene por incorporada la prueba documental de la parte demandante. Confesional: Se deja constancia que la parte demandada plantea una incidencia para que don Rodrigo Trucco Fuenzalida comparezca como absolvente. El Tribunal rechaza la incidencia según argumentos que constan en audio. La parte demandante no solicita al Tribunal hacer efectivo el apercibimiento legal respectivo. Testimonial: La parte demandante se desiste de incorporar este medio de prueba, según consta en el registro de audio. Observaciones a la prueba: Las partes realizaron las observaciones a la prueba rendida en juicio, lo cual consta en el respectivo registro de audio. SENTENCIA Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tribunal, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva. VISTOS, OÍDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Parte resolutiva Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7 160 N°1 letra a), 160 N°7, 162, 163, 168, 172, 173, 420, 446 y siguientes, 456, 457, 459, todos del Código del Trabajo y demás normas legales pertinentes,
Fallo
se resuelve: I. Que se acoge la demanda de despido injustificado interpuesta por VALESKA DEL CARMEN ÁLVAREZ ROJAS en contra de la empresa EASY RETAIL S.A. y, por lo tanto, se declara que el despido de la demandante de 17 de junio de 2021 es injustificado. II. Para todos los efectos legales, deberá entenderse que la relación laboral entre las partes terminó el 17 de junio del año 2021, por la causal del artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo, necesidades de la empresa, en relación al artículo 168 inciso cuarto del Código del Trabajo. III. Se condena a la demandada EASY RETAIL S.A. a pagar a la demandante VALESKA DEL CARMEN ÁLVAREZ ROJAS: 1. Indemnización sustitutiva del aviso previo, correspondiente a $753.191.- 2. Indemnización por años de servicio, correspondiente a $3.012.764.- 3. Recargo del 80% sobre la indemnización por años de servicio, correspondiente a $2.410.211.- 4. Feriado, correspondiente a $203.506.- IV. Las cantidades señaladas en el punto anterior, deberán ser objeto de reajustes e intereses según disponen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, cuando corresponda. V. Se rechaza la demanda respecto de la indemnización de perjuicios por daño moral. VI. Sin que la demandada resultara completamente vencida, no se le condena en costas. VII. Una vez firme y ejecutoriada la presente sentencia, remítanse los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional para su ejecución, en los tiempos y formas señalados en los artículos 462 del Có
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 08 DE JULIO DE 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 9 (VIRTUAL) RUC 21-4-0357815-8 RIT O-5387-2021 MAGISTRADO VICTOR MANUEL RIFFO ORELLANA ADMINISTRATIVA DE ACTAS FRANCIA MORALES CONTRERAS HORA DE INICIO 11:28 HORAS HORA DE TÉRMINO 14:51 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2140357815-8-1349-22
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