ORTIZ/CONSTRUCTORA B + V LIMITADA
Rol
M-94-2022
Fecha
8 de julio de 2022
Materia
Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos y circunstancias. 2.- Efectividad de que el feriado proporcional correspondiente al periodo trabajado se encuentra pagado. Hechos y circunstancias. Pruebas demandada: Documental: 1.- Finiquito de contrato de trabajo de fecha 28 de enero de 2022. La abogada de la parte demandante señala que toda la prueba que acompañó la parte demandada es impertinente a objeto de los puntos de prueba porque no dicen relación con ninguna de las prestaciones que se están demandando y por tanto esta parte solicita excluir dicha prueba ya que no dicen relación con lo que se está discutiendo en esta causa, previo traslado al abogado de la parte demandada, el Tribunal resuelve: Que se acoge la solicitud de exclusión de prueba por impertinencia, toda vez que la relación laboral no está discutida, la asistencia al trabajo tampoco, como tampoco la causal de término y la remuneración tampoco, la única prueba que se deja es el finiquito. Pruebas demandante: Documental: 1. Certificado de Cotizaciones Previsionales de AFP Provida fecha 05 de julio de 2022. 2. Certificado de Cotizaciones de Fonasa de fecha 05 de julio de 2022. 3. Certificado de Cotizaciones Previsionales acreditadas de Cuenta Individual por Cesantía de fecha 05 de julio de 2022. 4. Acta de Comparendo de Conciliación de fecha 15 de marzo de 2022, ante la Inspección del Trabajo de Valdivia. ABSOLUCIÓN DE POSICIONES: Se llama a absolver posiciones bajo apercibimiento del artículo 454 N° 3 del Código del Trabajo a Francisco Antonio Villaseñor Maldonado, representante legal de la demandada. El abogado de la demandada señala que dicha persona no se encuentra presente. La abogada demandante solicita se haga efectivo el apercibimiento en la oportunidad procesal que corresponda y el Tribunal resuelve: Que se resolverá al momento de fallar. El apoderado de la parte demandada no realizó observaciones a la prueba. La apoderada de la parte demandante realiza sus respectivas observaciones a la prueba rendida. Valdivia, ocho
Fundamentos
considerando que la cuantía de esta causa es indeterminada, previo traslado la abogada de la parte demandante contesta solicitando su rechazo con costas y el Tribunal resuelve: Valdivia ocho de julio de dos mil veintidós. Vistos, oídos y considerando lo dispuesto en el artículo 496 del Código del Trabajo que dispone expresamente que en el caso de la nulidad del despido no se deben considerar la cuantía de la misma, solo queda acoger el incidente promovido por la demandada toda vez que tal como lo indica la apoderada del demandante en este caso estamos frente a un caso de una cuantía casi mínima, toda vez que lo que se demanda es un feriado proporcional que asciende a la suma de $282.291.-, más la declaración de nulidad del despido que como se ha dicho si bien es de cuantía indeterminada por expresa disposición legal ha sido excluida del cómputo para determinar el procedimiento aplicable por lo tanto se rechaza el incidente promovido y en relación a las costas el Tribunal va a emitir pronunciamiento al momento de dictar el fallo. Todo consta en el registro de audio del Tribunal. El abogado de la demandada contestó la demanda y el Tribunal tiene por contestada la demanda. Causa a Prueba: 1.- Efectividad de que las cotizaciones del actor correspondientes al periodo laborado que ha sido reconocido se encuentran pagadas. Hechos y circunstancias. 2.- Efectividad de que el feriado proporcional correspondiente al periodo trabajado se encuentra pagado. Hechos y circunstancias. Pruebas demandada: Documental: 1.- Finiquito de contrato de trabajo de fecha 28 de enero de 2022. La abogada de la parte demandante señala que toda la prueba que acompañó la parte demandada es impertinente a objeto de los puntos de prueba porque no dicen relación con ninguna de las prestaciones que se están demandando y
Fallo
por tanto esta parte solicita excluir dicha prueba ya que no dicen relación con lo que se está discutiendo en esta causa, previo traslado al abogado de la parte demandada, el Tribunal resuelve: Que se acoge la solicitud de exclusión de prueba por impertinencia, toda vez que la relación laboral no está discutida, la asistencia al trabajo tampoco, como tampoco la causal de término y la remuneración tampoco, la única prueba que se deja es el finiquito. Pruebas demandante: Documental: 1. Certificado de Cotizaciones Previsionales de AFP Provida fecha 05 de julio de 2022. 2. Certificado de Cotizaciones de Fonasa de fecha 05 de julio de 2022. 3. Certificado de Cotizaciones Previsionales acreditadas de Cuenta Individual por Cesantía de fecha 05 de julio de 2022. 4. Acta de Comparendo de Conciliación de fecha 15 de marzo de 2022, ante la Inspección del Trabajo de Valdivia. ABSOLUCIÓN DE POSICIONES: Se llama a absolver posiciones bajo apercibimiento del artículo 454 N° 3 del Código del Trabajo a Francisco Antonio Villaseñor Maldonado, representante legal de la demandada. El abogado de la demandada señala que dicha persona no se encuentra presente. La abogada demandante solicita se haga efectivo el apercibimiento en la oportunidad procesal que corresponda y el Tribunal resuelve: Que se resolverá al momento de fallar. El apoderado de la parte demandada no realizó observaciones a la prueba. La apoderada de la parte demandante realiza sus respectivas observaciones a la prueba rend
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO (Audiencia realizada vía zoom) FECHA 08/07/2022 RUC 22-4-0392023-5 RIT M-94-2022 MAGISTRADO INGE MÜLLER MÉNDEZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS ILSE SILVA AGUILERA HORA DE INICIO 11:37 HORAS HORA DE TERMINO 12:45 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 22-4-0392023-5-1345 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE TITO ALFONSO ORTIZ ESPAR
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