1º Juzgado de Letras de Talca

BANCO SANTANDER - CHILE/CEBALLOS

Rol

C-527-2019

Fecha

17 de mayo de 2021

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos y

Fundamentos

fundamentos de derecho: Indica que, en virtud de la fecha en que incurri en mora, respecto deló pagar ya individualizado, este se encuentra vencido y las obligaciones se hané hecho exigibles, comenzando a correr el plazo de prescripci n, desde la fecha deló respectivo vencimiento del pagar de autos, que de acuerdo con los dichosé consignados en la demanda de fojas 1 de la parte ejecutante y como ya lo se al ,ñ ó corresponde a la fecha de 22 de octubre del a o 2018.ñ Por su parte el art culo 98 de la ley 18.092, fija como plazo de prescripci ní ó contra los obligados al pago de un pagar , el de un a o contado desde el d a delé ñ í vencimiento del documento; raz n por la que el t rmino para exigir el pago de laó é obligaci n del t tulo invocado se encuentra vencido y, por lo mismo, prescrito. Poró í su parte, en el caso de autos, el inicio del c mputo de la prescripci n queda fijadoó ó por el d a en que se hace exigible la morosidad en conjunto con la presentaci ní ó de la demanda presentada con fecha 11 de febrero de 2019.- As las cosas, y atendida la fecha en que se hizo exigible la obligaci ní ó contenida en el pagar materia de autos, no existe duda de que al tiempo de laé presentaci n, se hab a cumplido con creces y a cabalidad el plazo exigido por laó í ley para invocar el derecho que esa parte pretende, por lo que toda acci n que laó ejecutante pudiere tener en su contra se encuentra prescrita, en virtud de lo establecido en el art culo 98 de la Ley 18.092, el que se ala: El plazo deí ñ “ Foja: 1 prescripci n de las acciones cambiarias del portador contra los obligados al pagoó es de un a o, contado desde el d a del vencimiento del documento .ñ í ” Como se desprender a del art culo reci n citado, el plazo de prescripci ní í é ó de un a o de las acciones cambiarias del portador contra los obligados al pago señ cuenta desde el d a del vencimiento del documento, agregando esta misma Ley,í que dicho plazo de prescripci n se interrumpe s lo desde la notificaci n judicialó ó ó de la demanda respectiva. As lo indica el Art culo 100 de la Ley 18.092: La prescripci n seí í “ ó interrumpe s lo respecto del obligado a quien se notifica la demanda judicial deó cobro de letra, o la gesti n judicial necesaria o conducente para deducir dichaó demanda o preparar la ejecuci n".ó Consigna que, dicha notificaci n no fue practicada en la causa, comoó consecuencia se archiv con fecha 20 de abril del a o 2020, raz n por la cual noó ñ ó podr a haber operado la interrupci n de la prescripci n.í ó ó Por otro lado, el art culo 2.514 del C digo Civil se ala: La prescripci ní ó ñ “ ó que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligaci n se haya hecho exigible.ó ” Agrega que, como se podr apreciar, respecto a las obligaciones para coná Banco Santander-Chile, se han dado todos los elementos exigidos por la Ley, espec ficamente por los art culo

Fallo

SE DECLARA: QUE SE ACOGE la excepci n opuesta, de conformidad con loó expresado en el motivo sexto de autos, sin costas. Foja: 1 Reg strese y notif quese.í í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Talca, diecisiete de Mayo de dos mil veintiuno. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-05-17T13:30:10-0400

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOJA: 28 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Talcaº CAUSA ROL : C-527-2019 CARATULADO : BANCO SANTANDER - CHILE/CEBALLOS Talca, diecisiete de mayo de dos mil veintiuno. VISTO. 1.-Partes del juicio. Que, son parte en este juicio ejecutivo, sobre cobro de pagar , Rol C-527-2019,é del Primer Juzgado de Letras de Talca, don Rodrigo Lozano Donaire, abogado,

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