Juzgado de Garantía de Arica.

JAVIER ANDRES ECHEVERRIA LLAREHNA C/ STUART ALEXANDER BUGUEÑO RUBILAR

Rol

O-178-2023

Fecha

12 de agosto de 2024

Materia

CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “El día 21 de diciembre de 2021, aproximadamente a las 23:24 horas, el acusado STUART ALEXANDER BUGUEÑO RUBILAR conducía bajo los efectos de la marihuana y sin haber obtenido licencia de conducir, el vehículo marca Honda, modelo Fit, color blanco, P.P.U. KHVT.82, por Avenida Comandante San Martín esquina calle Nelson Mandela (Ex Isla El Alacrán), de la ciudad de Arica, siendo fiscalizado por funcionarios de Carabineros, los que constataron que el acusado conducía bajo los efectos de sustancias estupefacientes, lo que constó por sus ojos enrojecidos y mediante la prueba Narcotest, que arrojó como resultado positivo que el acusado conducía con THC-25 (Marihuana) en su organismo. Una vez requerido el acusado por el médico del operativo SENDA Dr. Morris Waissbluth Morales a practicarse el correspondiente examen toxicológico, el acusado se negó sin dar justificación suficiente a la toma del referido examen, estipulando aquel doctor, en la boleta de toma de muestra toxicológica: “Paciente rechaza toma de muestra” y “sospecha presencia de drogas”. “ Calificación jurídica: A juicio del Ministerio Público los hechos anteriormente descritos configuran el delito de CONDUCCION BAJO LA INFLUENCIA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR prescrito y sancionado en el artículo 196 y 110 de la Ley de Tránsito Nº 18.290, en relación al artículo 209 inciso segundo del mismo cuerpo legal. Código: VULEXPRVJCJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Al requerido le cabe participación en calidad de autor y el delito se encuentra en grado de desarrollo consumado. Consulta de admisión: El imputado admite responsabilidad en los hechos del requerimiento. Sentencia. Arica, doce de agosto de dos mil veinticuatro. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuest

Fundamentos

motivos de la presente causa. Regístrese y cúmplase lo dispuesto en los artículos 468 del Código Procesal Penal y 38 de la Ley 18.216. Téngase presente que los intervinientes renuncian a los plazos para deducir recursos contra la sentencia, por lo que ella se entiende ejecutoriada. Comuníquese la accesoria de suspensión de licencia de conducir al Registro Nacional de Conductores, Carabineros de Chile y a la Dirección de Tránsito de Arica. RUC 2101153765-8 RIT 178 - 2023 Dirigió la audiencia y dictó sentencia don JOSE RODRIGO URRUTIA MOLINA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Arica. Código: VULEXPRVJCJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: VULEXPRVJCJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-08-13T12:51:22-0400

Fallo

se declara: I.- Que se condena a STUART ALEXANDER BUGUEÑO RUBILAR, cédula de identidad N°21.009.851-8, ya individualizado, a las penas de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, multa de un tercio de unidad tributaria mensual, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y a la inhabilitación de obtener licencia de conducir por dos años, sin costas, como autor del delito consumado de conducción bajo la influencia de sustancias estupefacientes y sin haber obtenido licencia de conducir prescrito y sancionado en los artículo 196, 110 y 209 de la Ley Nº 18.290, en relación al artículo 209 inciso segundo del mismo cuerpo legal, sorprendido en Arica el 21 de diciembre de 2021. II.- Que se sustituye la pena privativa de libertad por la de remisión condicional por un año. Si esta pena sustitutiva fuere revocada o quebrantada deberá cumplir efectivamente la pena corporal o, en su caso, se remplazará por una pena sustitutiva de mayor intensidad. III.- Que la multa se le tiene por cumplida por el tiempo que permaneció privado de libertad con motivos de la presente causa. Regístrese y cúmplase lo dispuesto en los artículos 468 del Código Procesal Penal y 38 de la Ley 18.216. Téngase presente que los intervinientes renuncian a los plazos para deducir recursos contra la sentencia, por lo que ella se entiende ejecutoriada. Comuníquese la accesoria de suspensión de licencia de conducir al Registro Nacional de Conductores, Carabineros

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, doce de agosto de dos mil veinticuatro. Magistrado JOSE RODRIGO URRUTIA MOLINA Fiscal ELIAS GUTIERREZ ZARZURI Defensor BASTIAN HERNANDEZ NARANJO Tipo Audiencia Procedimiento Simplificado Hora inicio 11:10 Hora termino 11:18 Sala 3 Tribunal Juzgado de Garantía de Arica. Registro de audio 2101153765-8-992-240812-00-13 - PSIM RUM CZM RIT 178 23 Acta CZM RUC 2101153765-8

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