Juzgado de Garantía de Antofagasta.

LEONARDO OCTAVIO MUÑOZ ARELLANO C/ DANIEL ANDRÉS ESPÍNDOLA OYARZO

Rol

O-10377-2023

Fecha

9 de agosto de 2024

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “El día 10 de abril de 2022, alrededor de las 14:00 horas, en circunstancias que la víctima Ingard Margoth Sáez Huenapar, se encontraba en su domicilio ubicado en calle Quebrada Baquedano N° 1610 de esta ciudad, en compañía del imputado, su conviviente, iniciándose una discusión de índole particular, comenzando a gritarle el imputado a la víctima, en razón de esto, la víctima le solicitó al imputado que le exhibiera un video desde su teléfono celular en el que éste se comprometía a cambiar su actitud agresiva, negándose el imputado, por lo que la víctima toma el celular del imputado para revisarlo, lo que ofuscó al imputado, el que se va contra la misma comenzado un forcejeo, tomándola fuertemente de los brazos, logrando la víctima zafarse, siendo seguida por el imputado por el interior del inmueble, llegado hasta una habitación donde se abalanza sobre ella tomándola por la espalda botándola al suelo, logrando el imputado quitarle el celular a la víctima, quien sigue al imputado hacia otra habitación donde el imputado lanza su celular al suelo, recogiéndola la víctima, abalanzándose el imputado nuevamente sobre la víctima y la vuelve a botar al suelo cayéndole encima un closet, soltando el Código: XYYXXPXTUXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl celular de las manos, tomándolo el imputado y estrellándolo contra el suelo para destrozarlo, culpando a la víctima por todo lo acontecido, quien debido a las lesiones y al temor que mantenía se contactó con una amiga, trasladándose hasta su domicilio. A raíz de lo anterior, la víctima resultó con “contusión occipital; contusión cervical posterior, heridas abrasivas en zona mejilla derecha, escoriación antebrazo derecho lineal, escoriación antebrazo izquierdo, contusión rodilla izquierda, contusión rodilla derecha con hematoma de aprox 8x6 cms” de carácter leve según Dato de Atención de Urgencias respectivo.”. A juicio de la persecutora los hechos des

Fundamentos

considerando: Primero: Que, ante este Juzgado de Garantía de Antofagasta se llevó a efecto juicio oral simplificado, en contra de don Daniel Andrés Espíndola Oyarzo, chilena, cédula de identidad N° 17.864.763-6, profesor, 35 años, domiciliado en calle Quebrada Baquedano Nº 1610, Antofagasta. Sostuvo el requerimiento la fiscal doña Lorena Pavéz, en tanto la defensa fue ejercida por don Justo Veneros Palta, defensor penal licitado. El requerimiento del Ministerio Público se basó en los siguientes hechos: “El día 10 de abril de 2022, alrededor de las 14:00 horas, en circunstancias que la víctima Ingard Margoth Sáez Huenapar, se encontraba en su domicilio ubicado en calle Quebrada Baquedano N° 1610 de esta ciudad, en compañía del imputado, su conviviente, iniciándose una discusión de índole particular, comenzando a gritarle el imputado a la víctima, en razón de esto, la víctima le solicitó al imputado que le exhibiera un video desde su teléfono celular en el que éste se comprometía a cambiar su actitud agresiva, negándose el imputado, por lo que la víctima toma el celular del imputado para revisarlo, lo que ofuscó al imputado, el que se va contra la misma comenzado un forcejeo, tomándola fuertemente de los brazos, logrando la víctima zafarse, siendo seguida por el imputado por el interior del inmueble, llegado hasta una habitación donde se abalanza sobre ella tomándola por la espalda botándola al suelo, logrando el imputado quitarle el celular a la víctima, quien sigue al imputado hacia otra habitación donde el imputado lanza su celular al suelo, recogiéndola la víctima, abalanzándose el imputado nuevamente sobre la víctima y la vuelve a botar al suelo cayéndole encima un closet, soltando el Código: XYYXXPXTUXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl celular de las manos, tomándolo el imputado y estrellándolo contra el suelo para destrozarlo, culpando a la víctima por todo lo acontecido, quien debido a las lesiones y al temor que mantenía se contactó con una amiga, trasladándose hasta su domicilio. A raíz de lo anterior, la víctima resultó con “contusión occipital; contusión cervical posterior, heridas abrasivas en zona mejilla derecha, escoriación antebrazo derecho lineal, escoriación antebrazo izquierdo, contusión rodilla izquierda, contusión rodilla derecha con hematoma de aprox 8x6 cms” de carácter leve según Dato de Atención de Urgencias respectivo.”. A juicio de la persecutora los hechos descritos constituyen el delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, previsto y sancionado en el artículo 494 N° 5, en relación con el art. 399 del Código Penal, en concordancia con el artículo 5 de la Ley N° 20.066 en grado de desarrollo consumado. Atribuyéndole al imputado, según lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal, participación en calidad de autor del delito. Segundo: Que, en sus alegatos de apertura la Fiscal señaló que acreditará, mas allá de to

Fallo

se declara: I.- Que, se absuelve a don Daniel Andrés Espíndola Oyarzo, cédula de identidad N° 17.864.763-6, ya individualizado, de la imputación contenida en el requerimiento fiscal de ser autor del delito de lesiones leves en contexto de violencia intrafamiliar, previsto y sancionado en el artículo 494 N° 5, en relación con el artículo 399 del Código Penal, en concordancia con el artículo 5 de la Ley N° 20.066 en grado de desarrollo consumado, supuestamente cometido en el territorio jurisdiccional de este tribunal el 10 de abril de 2022, en perjuicio de su ex conviviente doña Ingard Margoth Sáez Huenapar. II.- Que, en virtud de lo anterior, se dejan sin efecto todas las medidas cautelares que afectaren al requerido en virtud de la presente causa. III.- Que, no se condena al pago de las costas de la causa al Ministerio Público. Regístrese esta sentencia y archívese en su oportunidad. RUC N° 2200356288-7 RIT N° 10377 – 2023 Dictada por don Marco Antonio Escobar Martínez, Juez de Garantía de Antofagasta. Código: XYYXXPXTUXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-08-12T08:24:23-0400

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de lectura de sentencia. Fecha Antofagasta., nueve de agosto de dos mil veinticuatro Magistrado MARCO ANTONIO ESCOBAR MARTÍNEZ Fiscal MABEL BAUTISTA GALLEGUILLOS Defensor NOLVIA COLLAO COLLAO Hora inicio 10:51AM Hora termino 10:55AM Sala SALA 7 Tribunal Juzgado de Garantía de Antofagasta. Acta Mre RUC 2200356288-7 RIT 10377 - 2023 NO COMPARECE: NOMBRE IMPUTADO RUT DI

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