RENE MARCELO SANHUEZA PARRA C/ HUGO MARCELO CORTÉS OCARANZA
Rol
O-5934-2023
Fecha
9 de agosto de 2024
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: “El día 12 de noviembre de 2022, aproximadamente a las 04:55 horas, el imputado HUGO MARCELO CORTES OCARANZA, ya individualizado, condujo en estado de ebriedad, el vehículo marca MG, modelo 3, color rojo, placa patente PZZZ-70 por Avda. Regimiento Arica y al llegar a la intersección con Avda. Los Lagos, sector Peñuelas, Coquimbo, chocó contra una reja de contención. Al lugar del accidente concurrió personal de carabineros quienes constataron que el imputado conducía en estado de ebriedad, lo que constató personal policial por su hálito alcohólico, estado confirmado por el examen de alcoholemia a que se sometió el día antes mencionado y que arrojó un resultado de 2,06 gramos por mil de alcohol en la sangre. Los daños causados en la reja de contención fueron avaluados prudencialmente en la suma total de $ 500.000 (quinientos mil pesos)”. Los
Fundamentos
fundamentos de la sentencia quedan registrados en audio, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 41 del Código Procesal Penal. B) SENTENCIA: En Coquimbo, a nueve de agosto de dos mil veinticuatro. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO:
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 11 N° 6 y 9, 15 N° 1, 18, 21, 30, 49, 51, 67, 69 y 70 del Código Penal; artículos 110 y 196 de la Ley N° 18.290 del Tránsito; artículo 30, 36, 45, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 1, 3 y siguientes de La Ley N° 18.216; SE DECLARA: I.- Que, SE CONDENA, a HUGO MARCELO CORTÉS OCARANZA, cédula nacional de identidad 17.866.472-7, ya individualizado, a sufrir la pena corporal de CUARENTA y UN días de prisión en su grado máximo, a la pena pecuniaria de MULTA de UN TERCIO de UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL; suspensión de la licencia para conducir vehículos motorizados por el término de DOS años, y la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor de un delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad con resultado de daños, previsto y sancionado el artículo 110 inciso segundo de la Ley N° 18.290 del Tránsito, en Código: KMSKXPXDUSH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl relación al artículo 196 del mismo cuerpo legal; cometido el día 12 de noviembre de 2022, en la comuna de Coquimbo. II.- Que, se sustituye el cumplimiento de la pena corporal impuesta por la Remisión Condicional, quedando sujeto el sentenciado al control administrativo del Centro de Reinserción Social respectivo por el lapso de un año, debiendo cumplir, además, du
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A) HECHOS: “El día 12 de noviembre de 2022, aproximadamente a las 04:55 horas, el imputado HUGO MARCELO CORTES OCARANZA, ya individualizado, condujo en estado de ebriedad, el vehículo marca MG, modelo 3, color rojo, placa patente PZZZ-70 por Avda. Regimiento Arica y al llegar a la intersección con Avda. Los Lagos, sector Peñuelas, Coquimbo, chocó contra una reja de contención. Al lugar del acciden
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