ARRIENDO URBANO SPA/CARDOZO
Rol
C-2931-2021
Fecha
14 de mayo de 2021
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: Comparece Arriendo Urbano Spa, domiciliada en Avenida Andrés Bello N°2.777, oficina 24, comuna de Las Condes, y deduce demanda de terminación de contrato de arrendamiento y pago de rentas, en contra de Ricardo David Cardozo Buitrago , en calidad de arrendatario del inmueble y Alejandro Jesús Calderón Maury, en calidad de fiador y codeudor solidario, ambos domiciliados en Fray Camilo Henríquez N°440, departamento 1511, del edificio denominado "Santiago Oriente", comuna y ciudad de Santiago, a fin que se declare la terminación del contrato de arrendamiento celebrado entre las partes, en subsidio se declare el desahucio del contrato; se condene a la demandada al pago de las rentas insolutas que asciende a la suma de $762.076, correspondientes a las rentas de diciembre de 2020 a marzo de 2021, más las que se devenguen durante el juicio, más intereses y reajustes legales, y al pago de cuentas de consumo de energía, agua potable y gastos comunes; que se condene además a los demandados a la restitución de la propiedad dentro de tercero día de notificada la sentencia y, se condene a la demandada al pago de las costas. Señala que con fecha 25 de octubre de 2016, celebró un contrato de arrendamiento con don Ricardo David Cardozo Buitrago, sobre el inmueble ubicado en calle Fray Camilo Henríquez N°440, departamento 1511, del edificio denominado "Santiago Oriente", comuna y ciudad de Santiago, el que regiría por el plazo de 1 año plazo, renovable automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 1 mes, para el evento que las partes no manifestaren por escrito su intención de no renovarlo. C-2931-2021 Foja: 1 Expone que se estipuló que el pago de las rentas sería por adelantado, dentro de los primeros 5 días del mes, y que el canon de arrendamiento ascendería a la cantidad de $170.000 mensuales, reajustable anualmente en la misma proporción que experimente la variación del I.P.C., el cual reajustado a la fecha de la presentación de la demanda asciende a la suma de $19
Fundamentos
Considerando Primero: Ha comparecido Arriendo Urbano Spa, debidamente representada, deduciendo demanda de terminación de contrato de arrendamiento y pago de rentas en contra de Ricardo David Cardozo Buitrago en calidad de arrendatario del inmueble y, Alejandro Jesús Calderón Maury, en calidad de fiador y codeudor solidario, solicitando que en la especie se declare la terminación del contrato de arrendamiento celebrado entre las partes; se condene a la demandada al pago de las rentas insolutas que asciende a la suma de $762.076, correspondientes a las rentas de diciembre del año 2020 y enero, febrero y marzo del año 2021, más las que se devenguen durante el juicio, más intereses C-2931-2021 Foja: 1 y reajustes legales, y al pago de cuentas de consumo de energía, agua potable y gastos comunes; que se condene además a la parte demandada a la restitución de la propiedad, dentro de tercero día de notificada la sentencia y se condene a la demandada al pago de las costas. En subsidio, solicita el desahucio del contrato. Funda demanda en antecedentes de hecho y de derecho expuestos en la parte expositiva de esta sentencia. Segundo: La demandada se mantuvo en rebeldía a lo largo del proceso. Tercero: De lo establecido en los artículos 1545, 1938 y 1942 del Código Civil se desprende que el contrato de arrendamiento es un contrato bilateral, por medio del cual una de las partes, el arrendador, concede el goce de una cosa y la otra, el arrendatario, se obliga a pagar el precio o renta determinada, siendo esta última su obligación principal, o esencial en los términos del artículo 1444 del cuerpo legal antes nombrado; Cuarto: A su vez, el artículo 1977 del Código Civil establece que “la mora de un período entero en el pago de la renta, dará derecho al arrendador, después de dos reconvenciones ( ) para hacer cesar inmediatamente el arriendo”; Quinto: Atendida la naturaleza jurídica de la acción intentada en autos corresponde al actor probar la existencia del contrato y las obligaciones contraídas por los demandados en cuyo incumplimiento funda su acción, siendo de cargo de la parte demandada, a su vez, probar el cumplimiento de las mismas; Sexto: Para tal efecto, la demandante acompaña bajo apercibimiento legal contrato de arrendamiento de 25 de octubre de 2016 suscrito entre Su Ksa Rent SpA actualmente llamada Arriendo Urbano Spa, en su calidad de arrendadora y Ricardo David Cardozo Buitrago en calidad de arrendatario, el que recayó respecto de propiedad ubicada en en calle Fray Camilo Henríquez N°440, departamento 1511, del edificio denominado "Santiago Oriente", comuna y ciudad de Santiago, pactándose en una renta de $170.000, pagaderas mensualmente por adelantado, dentro de los primeros 5 días del mes, la vigencia se pactó por un periodo de 12 meses renovable automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 1 mes, para el evento que las partes no manifestaren por escrito su intención de no renovarlo. C-2931-2021 Foja: 1 Acompaña además, escritura pú
Fallo
se resuelve: a) Que, se hace lugar a la acción principal en cuanto se declara terminado el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes, condenándose a la parte demandada al pago de las rentas adeudadas por los meses diciembre de 2020 a marzo de 2021, inclusive, por la suma ascendente a $762.076, más las que se devenguen durante la secuela del juicio hasta la restitución del inmueble arrendado, reajustada de conformidad a lo establecido por contrato y en el artículo 21° de la Ley del ramo, omitiéndose pronunciamiento de la acción subsidiaria de desahucio; b) Que, el demandado debe restituir el inmueble sub lite libre de todo ocupante dentro de tercero día desde que la presente sentencia causa ejecutoria; c) Que, se rechaza el cobro de servicios básicos según lo referido en motivo décimo de esta sentencia; d) Que, se acoge el cobro de los gastos comunes adeudados por un monto de $118.266 conforme a lo señalado en el motivo undécimo de esta sentencia; d) Que, no resultando totalmente vencida la parte demandada, cada parte asumirá sus costas. Regístrese y Notifíquese. Rol N° 2931-2021 C-2931-2021 Foja: 1 Pronunciada por Ricardo Núñez Videla, Juez Titular Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, catorce de Mayo de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, l
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C-2931-2021 Foja: 1 FOJA: 1 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 11 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-2931-2021 CARATULADO : ARRIENDO URBANO SPA/CARDOZO Santiago, catorce de Mayo de dos mil veintiuno Visto: Comparece Arriendo Urbano Spa, domiciliada en Avenida Andrés Bello N°2.777, oficina 24, comuna de Las Condes, y deduce demanda de terminación de contrato de arrendamiento y pa
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