1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

ILLESCA/SINDELEN SA

Rol

O-7798-2021

Fecha

6 de julio de 2022

Materia

Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos a probar, se fijaron los siguientes: 1. Efectividad que la renuncia suscrita por el actor es nula, pormenores y circunstancias. 2. De ser nula la renuncia efectividad de adeudar el demandado al actor horas extras demandadas. 3. De ser nula la renuncia procedencia en el cobro de las comisiones demandadas, en la afirmativa si el demandado pago las mismas. 4. De ser nula la renuncia si el actor hizo uso de su feriado legal y proporcional, en su caso, monto a compensar. 5. Remuneración que debe servir de base de cálculo de las prestaciones demandadas. QUINTO. Audiencia de juicio. Se efectuó audiencia de juicio a la cual asistió únicamente el apoderado de la demandada, encontrándose rebelde la demandante en la audiencia. Así, la demandada incorporó la siguiente prueba: Documental: 1. Contrato de trabajo celebrado entre las partes con fecha 1 de diciembre de 2019. Un anexo de contrato de trabajo celebrado entre las partes, también con fecha 1 de diciembre de 2019. 2. Registro de asistencia de todo el periodo en el que el actor trabajó para mi representada. 3. Liquidaciones de remuneración del actor desde diciembre de 2019 a agosto de 2021 ambos meses incluidos. 4. Comprobantes de depósito único de Banco De Chile o Banco Edwards en cuenta del actor, de los siguientes meses: - 26 de diciembre de 2019 - 30 de enero de 2020 - 27 de febrero de 2020 - 27 de marzo de 2020 - 29 de abril de 2020 - 28 de mayo de 2020 - 3 de noviembre de 2020 - 1 de diciembre de 2020 - 29 de diciembre de 2020 - 29 de enero de 2021 - 25 de febrero de 2021 - 30 de marzo de 2021 - 29 de abril de 2021 - 28 de mayo de 2021 - 30 de junio de 2021 - 30 de julio de 2021 - 31 de agosto de 2021. 5. Tres licencias médicas, del Ministerio de Salud, del actor que corresponden a los números: 4005444353043; 3055490164-6; y 7105992-8; 6. Pactos suspensión contrato de trabajo suscritos por el actor y mi representada, en las siguientes fechas: 15 de marzo de 2020; 15 de junio de 2020; 15 de julio de 20

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO. Acción. Comparece Sebastián Ignacio Illesca Muller, cédula de identidad N°20.289.928-5, vendedor, domiciliado en Calle Alcalde Manuel Salas 199, Quilicura, deduciendo demanda en juicio ordinario por cobro de prestaciones laborales adeudadas, dirigida en contra de Representaciones Cimet Limitada (Sindelen S.A.), RUT 84.900.700-9, representada legalmente por Horacio Simonetti Borgheresi, domiciliados ambos en Avenida Vicuña Mackenna 9840, La Florida. SEGUNDO. Fundamentos. Explica que comenzó a prestar servicios para a demandada bajo subordinación y dependencia como vendedor de tienda el día 1 de diciembre de 2019, sujeto a un contrato de trabajo indefinido, desarrollando sus laborales normalmente en Avenida Caupolicán 9750, locales 4-A y 4-B, Quilicura y en Calle Alcalde Fernando Castillo Velasco 8751, local 5, La Reina, por una remuneración mensual equivalente al último mes trabajo de $468.053.-, con un sueldo base de $224.667.-, gratificación legal mensual de $88.075.-, comisión por ventas aproximadas de $97.355.-, asignación de movilización mensual de $27.680.- y horas extras por $60.232.-, en una jornada de trabajo de 45 horas semanales de lunes a domingo en turnos rotativos. Sostiene que dio por terminado su contrato de trabajo el día 3 de septiembre de 2021 a raíz del hostigamiento laboral que sufría por parte de su empleador, ya que si bien siempre cumplió con todas las normas, instrucciones y horarios dados por la empresa, mostrando facilidad y disponibilidad para cubrir turnos extraordinarios, siempre recibía presiones para ello, reclamando que se le adeudaban diversos pagos de horas extras, además de 14 días festivos trabajados no pagados, y 7 días de compensación por domingos trabajados, que todavía se le adeudan. Reclama que la empresa desde mayo de 2021 dejó de pagar comisiones que habían sido acordadas en el anexo de contrato de trabajo de 1 de diciembre de 2019, aun cuando las ventas en junio de 2021 habían ido en aumento. Sostiene que esta actitud ilegal de la empresa se vio todavía más reafirmada cuando lo obligaron a trabajar el 18 de junio de 2021, fecha en que se efectuó la segunda vuelta de votaciones de precandidatos presidenciales, esto en contra de la normativa legal, razón por la que trabajadores presentaron una denuncia en la Inspección del Trabajo, quienes efectuaron una fiscalización a la compañía en septiembre de 2021, cursándoles una multa. Ante la falta de pago de diversos conceptos y prestaciones que se le adeudaban, indica que decidió no seguir soportando más atropellos y vulneraciones de la empresa y decidió poner término a su relación laboral mediante renuncia, pero adeudándosele todavía diversas prestaciones relacionadas con comisiones devengadas, horas extras y vacaciones proporcionales. Cuando tomó conocimiento de su liquidación de finiquito de fecha 6 de septiembre de 2021, hizo la denuncia del cobro de prestaciones laborales adeudadas a la Inspección Provincial del Trabajo de Sant

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los arts. 1, 7, 10, 159, 162, 172, 177, 420 y siguientes del Código del Trabajo, y demás normas pertinentes; se resuelve: I.- Que se rechaza en todas sus partes la demanda deducida por Sebastián Ignacio Illesca Muller en contra de Representaciones Cimet Limitada, representada legalmente por Horacio Simonetti Borgheresi, todos ya individualizados. II.- Que se condena en costas a la parte demandante. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad RIT O-7798-2021 RUC 22-4-0376758-9 Dictada por Mauricio Vergara Vargas, Juez Suplente En Santiago a seis de julio de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, seis de julio de dos mil veintidós. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO. Acción. Comparece Sebastián Ignacio Illesca Muller, cédula de identidad N°20.289.928-5, vendedor, domiciliado en Calle Alcalde Manuel Salas 199, Quilicura, deduciendo demanda en juicio ordinario por cobro de prestaciones laborales adeudadas, dirigida en contra de Represe

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