7º Juzgado de Garantía de Santiago

FABIAN EDUARDO SALGADO YAUPE C/ SANDRA DEL CARMEN ARÁNGUIZ GÓMEZ

Rol

O-14451-2022

Fecha

7 de agosto de 2024

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 13 de diciembre 2022 alrededor de las 17:30 hrs. en la vía publica intersección de ALAMEDA CON CHACABUCO en la comuna de SANTIAGO, los imputados, previamente concertados, fueron observado por personal policial en los momentos que manipulaban y efectuaban una transacción de drogas en la vía pública, donde la imputada entregaba a otra persona un papelillo de drogas recibiendo a cambio dinero en efectivo, al momento de la detención, los imputados fueron sorprendidos guardando, poseyendo y transportando con el ánimo de traficar las siguientes especies: MIGUEL ANGEL 01 calcetín en forma de pelota en cuyo interior mantenía 103 envoltorios de papel blanco cuadriculado contenedor de una sustancia polvorienta que arrojó coloración positiva para PASTA BASE DE COCÁINA con un peso bruto de 23 gramos SANDRA 01 calcetín en forma de pelota en cuyo interior mantenía 246 envoltorios de papel blanco cuadriculado contenedor de una sustancia polvorienta que arrojó coloración positiva para PASTA BASE DE COCÁINA con un peso bruto de 41 gramos $230.000 en dinero en efectivo en billetes de distinta denominación SE DECLARA: I.- Que se condena a MIGUEL ANGEL ARÁNGUIZ GÓMEZ, ya individualizado, a la pena de SEISCIENTOS (600) días de presidio menor en su grado medio, a la accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena y MULTA DE UN TERCIO (1/3) de Unidad Tributaria Mensual por su responsabilidad Código: XSXYXPGNUPX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl como AUTOR del delito de TRÁFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el art. 4 de la Ley 20.000, en grado de ejecución de CONSUMADO, cometido el día 13 de diciembre 2022, en la comuna de Santiago. II.- Se precisa que el imputado estuvo privado de libertad bajo la cautelar de arresto domiciliario total en la presente causa por 602 días en forma ininterrumpida, desde el 14-12-2022 hasta HOY, 07-08-2024, por

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a MIGUEL ANGEL ARÁNGUIZ GÓMEZ, ya individualizado, a la pena de SEISCIENTOS (600) días de presidio menor en su grado medio, a la accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena y MULTA DE UN TERCIO (1/3) de Unidad Tributaria Mensual por su responsabilidad Código: XSXYXPGNUPX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl como AUTOR del delito de TRÁFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el art. 4 de la Ley 20.000, en grado de ejecución de CONSUMADO, cometido el día 13 de diciembre 2022, en la comuna de Santiago. II.- Se precisa que el imputado estuvo privado de libertad bajo la cautelar de arresto domiciliario total en la presente causa por 602 días en forma ininterrumpida, desde el 14-12-2022 hasta HOY, 07-08-2024, por lo cual se le tiene POR CUMPLIDAS tanto la pena temporal y la pena pecuniaria por el mayor tiempo que ha estado privado de libertad III.- Se ordena el COMISO de las especies incautadas y la destrucción de la droga IV.- Que habiendo admitido responsabilidad en los hechos, se exime del pago de costas. V.- Dese oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Las partes RENUNCIARON a los plazos. Dictada por don MARIO ALFREDO CAYUL ESTRADA Juez Titular del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. “La sentencia dictada oralmente en audie

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PROCEDIMIENTO ABREVIADO. FECHA: Santiago, siete de agosto de dos mil veinticuatro TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: MARIO ALFREDO CAYUL ESTRADA RUC: 2201252121-2 RIT: 14451 - 2022 IMPUTADO: MIGUEL ANGEL ARÁNGUIZ GÓMEZ C.I. 0009798167-1 DELITO TRÁFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADESTUPEFACIEN TES ARTICULO 4 en relación al art. 1 de la Ley 20.000.- PARTICIPACIÓN AUTOR G. DE DESAR

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