1º Juzgado Civil de San Miguel

ESCOBAR/

Rol

V-126-2020

Fecha

13 de mayo de 2021

Materia

CRÉDITO, EXTRAVÍO DE TÍTULO

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Comparece don Juan Enrique Escobar Venegas, jubilado, domiciliado en calle Los Nardos Nº433, comuna de San Joaquín, quien expone que es dueño del depósito a plazo Nº30-527-0017218-0 del Banco Falabella sucursal Nº527, San Miguel, por la suma $10.573.612, tomado el día 13 de julio de 2020, cuyo vencimiento fue el día 20 de agosto de 2020. Indica que el obligado al pago del depósito singularizado es el Banco Falabella, sociedad anónima bancaria, representado legalmente por su gerente general Juan Manuel Matheau, ambos domiciliados en Moneda Nº 970, piso 7º, comuna de Santiago. Explica que el depósito le fue sustraído junto a otros documentos en un robo por sorpresa del que fue víctima el día 20 de agosto de 2020. Agrega que inmediatamente fue al Banco Falabella, sucursal San Miguel, donde comunicó el extravío, impartiéndose la correspondiente orden de no pago. Finaliza, previa cita de los artículos 88 y siguientes de la Ley N° 18.092, que se declare el extravío del documento singularizado y que se le autorice para requerirle el pago del mismo al Banco Falabella. A folio 4 se dio curso a la solicitud dando traslado a la entidad financiera. A folio 11 consta la notificación personal al representante legal del Banco Falabella. A folio 17, se certificó el hecho de haberse publicado el extracto acompañado a autos en el diario oficial con fecha 15 de febrero de 2021. A folio 22, se certificó el hecho de no haber oposición a la solicitud ni haber comparecido terceros alegando derechos sobre el título extraviado. A folio 24, se trajeron los autos para fallo.

Fundamentos

CONSIDERANDO: Que atendido el mérito de los antecedentes, especialmente, que se efectuó la publicación legal en el Diario Oficial, con fecha 15 de febrero de 2021; que la entidad emisora del documento, Banco Falabella, fue legalmente notificada; que se encuentra certificado que no hubo oposición de terceros a la solicitud de Foja: 1 extravío; y teniendo presente, además, lo que disponen el artículo 1º de la Ley N° 18.552 y artículos 88 y siguientes de la Ley N° 18.092,

Fallo

se resuelve: I.- Que, se acoge la solicitud de lo principal de folio 1 de autos, declarándose extraviado el documento Depósito a plazo a 35 días, renovable, emitido por el Banco Falabella, N° de operación 30-527-0017218-0, a la orden de don Juan Enrique Escobar Venegas, Run 4.851.292-5, con fecha 13 de julio de 2020, por un monto inicial de $10.573.612; autorizándose al compareciente, para ejercer, con una copia autorizada de esta sentencia, los derechos que le correspondan. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. . DICTADA POR SUSANA CHACÓN ARANCIBIA, JUEZA TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Miguel, trece de Mayo de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-05-13T14:58:54-0400

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Foja: 1 FOJA: 18 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : V-126-2020 CARATULADO : ESCOBAR/ San Miguel, trece de Mayo de dos mil veintiuno VISTOS: Comparece don Juan Enrique Escobar Venegas, jubilado, domiciliado en calle Los Nardos Nº433, comuna de San Joaquín, quien expone que es dueño del depósito a plazo Nº30-527-0017218-0 del Banco Falabella su

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