DEISY ANDREA URIBE VALDERAS C/ ÍTALO IGNACIO CUADRA MUÑOZ
Rol
O-15220-2023
Fecha
7 de agosto de 2024
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día de dic iembre de , cerca de las : horas, ITALO IGNACIO CAUDRA MUÑOZ fue sorprendido por personal pol ic ia l en Tucapel J iménez intersecc ión de cal le agust inas, comuna de Sant iago, tras ladando y por tand o con ánimo de traf icar a bordo del automóvi l ppu KFJB- , marca BMW, modelo x , de color azul , año , bolso de color negro en los as ientos t raseros del vehículo una pesa dig ita l y a su costado un f rasco transparente de color negro e l que en su inter ior mant iene una sustancia vegeta l verde, hecha la prueba de campo, se establece que la sustancia vegeta l corresponde a marihuana con un peso bruto de gramos con mi l igramos, además de una bolsa la cual mantenía una sustanc ia que en su inter ior mant ie ne una sustancia vegeta l verde, hecha la prueba de campo, se establece que la sustancia vegetal corresponde a marihuana con un peso bruto de gramos, sustancia que estaba dest inada a ser d is tr ibuida entre terceras personas. Además le fue encontrado por tando pesa dig i ta l color negro marca scale, la suma de $ y un te léfono celular marca samsung modelo s color blanco SE DECLARA: I.- Que se condena a ÍTALO IGNACIO CUADRA MUÑOZ, ya individualizado, a sufrir la pena de TRES (3) AÑOS Y UN (1) DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, MULTA A BENEFICIO FISCAL que se regula en 1 3 UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, y a las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta temporal para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR de un delito de Tráfico ilícito de drogas, previsto y sancionado en el artículo ° en relación al artículo ° de la Ley , hecho ocurrido en la comuna de Santiago, el día de diciembre de , que se encuentra en grado de ejecución de CONSUMADO. II.- La pena de multa se tiene por cumplida por uno de los días que el sentenciado paso privado de libertad. Código: KLPMXPXXGXH Este documento tiene firma electrónica y su origi
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a ÍTALO IGNACIO CUADRA MUÑOZ, ya individualizado, a sufrir la pena de TRES (3) AÑOS Y UN (1) DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, MULTA A BENEFICIO FISCAL que se regula en 1 3 UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, y a las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta temporal para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR de un delito de Tráfico ilícito de drogas, previsto y sancionado en el artículo ° en relación al artículo ° de la Ley , hecho ocurrido en la comuna de Santiago, el día de diciembre de , que se encuentra en grado de ejecución de CONSUMADO. II.- La pena de multa se tiene por cumplida por uno de los días que el sentenciado paso privado de libertad. Código: KLPMXPXXGXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo y bis de la Ley 6, se les sustituye la pena privativa impuesta por la LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA por el término de la pena corporal, esto es, años y un día, debiendo presentarse el sentenciado al Centro de Reinserción Social Santiago de Gendarmería de Chile, ubicado en Calle Amunátegui Nº , comuna de Santiago, el día de agosto de y cumplir durante el periodo de observación con el plan de intervención individual que se apruebe en su momento. Que se deberá dar cumplimiento al artículo y ter letra d
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PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Santiago., siete de agosto de dos mil veinticuatro TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: PILAR ANDREA AHUMADA OTÁROLA RUC: - RIT: - IMPUTADO: ÍTALO IGNACIO CUADRA MUÑOZ C.I. - DELITO (Indicar si es reiterado) Tráfico Ilícito de Drogas ARTICULO ° en relación al artículo ° de la Ley PARTICIPACIÓN AUTOR G. DE DESARROLLO CONSUMADO ATENUANTES Atenu
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