MINISTERIO PUBLICO C/ MANUEL MARCOS TORO ARAYA
Rol
O-133-2023
Fecha
7 de agosto de 2024
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos El día 10.01.2023, alrededor de las 19:30 horas, el imputado MANUEL MARCOSTORO ARAYA ingresó al interior del domicilio ubicado en Parcela N° 12, sector Vegas del Limarí, comuna de Ovalle, para lo cual fracturó parte del alambrado de un cerco eléctrico y a ras de suelo hizo ingreso al lugar, para una vez dentro, dirigirse al sector de plantación de paltas, sustrayendo desde el interior 60 Kilos de palta Hass que guardó en el interior de una mochila y un saco que portaba, avaluadas en la suma total de $150.000.-, especies de propiedad de la víctima Janett Alejandra Collao Castillo, siendo sorprendido el imputado por la víctima en el interior del lugar con las especies en su poder. Parte resolutiva Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 1 Nro. 9, 15 Nro. 1, 21, 30, 68, 432 y 432 Nro. 1 del Código Penal y artículos 30, 36, 45,348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 1, 7 y siguientes de la Ley 18.216, se declara: I.- Que se condena a MANUEL MARCOS TORO ARAYA, cédula nacional de identidad N°0013179453-3 ya individualizado(a) a sufrir la pena de 50 días de prisión en su grado máximo, a la asesoría de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena, por su responsabilidad en calidad de autor en el delito de robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 número 1, en relación al artículo 432 del Código Penal, en grado de desarrollo frustrado, ilícito cometido el 10 de enero del 2023 en la comuna de Ovalle. II. Que se le sustituye la pena impuesta por la de reclusión parcial nocturna domiciliaria por el término de la pena inicial, desde las 22:00 horas de cada día hasta las 6:00 horas del día siguiente. El control de ejecución de la sanción se efectuará a través del control realizado por Carabineros atendido a que el informe de factibilidad es negativa. Para tal efecto, el imputado deberá presentarse al Centro De Reinserción Social dentro del quinto día desde que la sentencia se encuen
Fallo
se declara: I.- Que se condena a MANUEL MARCOS TORO ARAYA, cédula nacional de identidad N°0013179453-3 ya individualizado(a) a sufrir la pena de 50 días de prisión en su grado máximo, a la asesoría de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena, por su responsabilidad en calidad de autor en el delito de robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 número 1, en relación al artículo 432 del Código Penal, en grado de desarrollo frustrado, ilícito cometido el 10 de enero del 2023 en la comuna de Ovalle. II. Que se le sustituye la pena impuesta por la de reclusión parcial nocturna domiciliaria por el término de la pena inicial, desde las 22:00 horas de cada día hasta las 6:00 horas del día siguiente. El control de ejecución de la sanción se efectuará a través del control realizado por Carabineros atendido a que el informe de factibilidad es negativa. Para tal efecto, el imputado deberá presentarse al Centro De Reinserción Social dentro del quinto día desde que la sentencia se encuentre firme y ejecutoriada, bajo apercibimiento de revocarse la pena sustitutiva, deberán considerarse como abono los 2 días que ha permanecido privado de libertad a causa de control de detención revisado en esta causa. III. Que, habiendo admitido responsabilidad y había sido asesorado por la y habiendo sido asesorado por la defensoría penal pública, se le exime del pago de las costas de la presente causa. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 4
Texto Completo (Preview)
/paag SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Fecha Ovalle., siete de agosto de dos mil veinticuatro Tribunal Juzgado de Garantía de Ovalle Magistrado ETHEL KATHERINE HENRIQUEZ OPAZO RUC 2300040417-9 RIT 133 - 2023 Delito Robo en lugar no habitado, previsto y sancionado por el artículo 442 N° 1°, en relación con el artículo 432 del Código Penal, Grado de ejecución frustrado Part
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