Juzgado de Garantía de La Calera.

CARLOS JAVIER VILDOSOLA RUIZ C/ CARLOS RENE ROMO MENESES

Rol

O-2031-2024

Fecha

6 de agosto de 2024

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: “El día ocho de julio de dos mil veintitrés, aproximadamente a las 22:50 horas, el requerido CARLOS RENÉ ROMO MENESES, conducía en estado de ebriedad el automóvil marca OPEL modelo VECTRA, placa patente LU-4471, por la vía pública específicamente en Avenida Adrián al llegar a la intersección con calle José Joaquín Pérez de la comuna de La Calera, realizando allí una maniobra de viraje hacia esta última vía y producto de su intemperancia alcohólica pierde el control del automóvil traspasando el eje central de la calzada de calle José Joaquín Pérez, impactando allí al vehículo P.P.U HKJV- 80 marca MG modelo 3 en su tapabarros y puerta del costado delantero izquierdo, el cual era conducido por la víctima JONATHAN JESÚS PULGAR SILVA, ocasionando el requerido daños al vehículo de la víctima en puerta y tapabarros del costado delantero izquierdo, avaluados en la suma aproximada de $800.000. Siendo en el lugar fiscalizado por personal policial a raíz del accidente, quienes se percataron del estado de ebriedad del requerido, atendido su fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar y prueba respiratoria la cual arrojó 1,67 g/l de alcohol. El examen de alcoholemia practicado al requerido arrojó un resultado de 2,37 gramos por mil de alcohol en la sangre.” VISTO Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Código: XMPZXPPHXEG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Se dan por reproducidas las actuaciones, alegaciones de las partes y lo expositivo y considerativo del fallo, todo lo cual ha quedado íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada.- Y visto además lo dispuesto en los artículos 1°, 3, 5, 11 nº 6 y 9, 14 n° 1, 15 n° 1, 18, 25, 30, 49, 67, 70 del Código Penal; artículos 247, 340, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 4, 38 y demás normas pertinentes de la Ley 18.216, artículos 110 y 196, de la Ley 18.290, se declara: I.- Se condena a CARLOS RENÉ ROMO ME

Fallo

se declara: I.- Se condena a CARLOS RENÉ ROMO MENESES, Cédula Identidad 0008325093-3, ya individualizado, a sufrir la pena de cuarenta y un de prisión en su grado máximo, a una multa de un tercio de Unidad Tributaria Mensual, a accesoria legal suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a la suspensión de la licencia de conducir por el periodo de dos años, todo ello por su responsabilidad como autor del delito consumado de manejo de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando daños, cometido con fecha ocho de julio de dos mil veintitrés, en territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 4° de la ley 18.216, se sustituye la pena por la remisión condicional, debiendo someterse a la observación y vigilancia de la autoridad de Gendarmería de Chile correspondiente a su domicilio, esto es C.R.S. de Quillota, por el término de un año. Se establece como fecha de presentación el día veintisiete de agosto de dos mil veinticuatro, a las 09:00 horas. III.- Respecto a la pena de multa, esta se tendrá por cumplida con el día en que el sentenciado estuvo detenido por control de detención. IV.- Que, en cuanto a la sanción de suspensión de licencia de conducir por el periodo de dos años, se le otorga un plazo de tres días al sentenciado para que haga entrega de la licencia de conducir. Código: XMPZXPPHXEG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en htt

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO La Calera, seis de agosto de dos mil veinticuatro. Hechos: “El día ocho de julio de dos mil veintitrés, aproximadamente a las 22:50 horas, el requerido CARLOS RENÉ ROMO MENESES, conducía en estado de ebriedad el automóvil marca OPEL modelo VECTRA, placa patente LU-4471, por la vía pública específicamente en Avenida Adrián al llegar a la intersección con cal

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica