MP C/ NEFTALÍ ISAAC LONCOMIL ÑANCUCHEO
Rol
O-9318-2023
Fecha
7 de agosto de 2024
Materia
LESIONES MENOS GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal con esta fecha, atendida la renuncia a los plazos y recursos legales por parte de los intervinientes. Anótese, regístrese y archívese. RIT 9318 - 2023 RUC 2301161797-2 Pronunciada por don FRANCISCO ANDRES ALMONACID FAUNDEZ, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: LAN. Código: CUVWXPLHEQG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-08-08T08:57:40-0400
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 21, 30, 67 y siguientes, 399 del Código Penal; artículos 30, 36, 45, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que, SE CONDENA a NEFTALÍ ISAAC LONCOMIL ÑANCUCHEO, RUN N° 19.199.398-5, ya individualizado, como autor del delito consumado de lesiones menos graves en perjuicio de Joaquín Marcelo Ortega Ortega, cometido en Puerto Montt el día 21 de octubre de 2023, al PAGO de multa de UN TERCIO de unidad tributaria mensual, la cual se le da por cumplida con la jornada en que se encontró privado de libertad con motivo de la presente causa. II.- Que, no se le condena en costas por haber aceptado responsabilidad en los hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal con esta fecha, atendida la renuncia a los plazos y recursos legales por parte de los intervinientes. Anótese, regístrese y archívese. RIT 9318 - 2023 RUC 2301161797-2 Pronunciada por don FRANCISCO ANDRES ALMONACID FAUNDEZ, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: LAN. Código: CUVWXPLHEQG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-08-08T08:57:40-0400
Texto Completo (Preview)
Sentencia: Puerto Montt, siete de agosto de dos mil veinticuatro. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 21, 30, 67 y siguientes, 399 del Código Penal; artículos 30, 36, 45
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