Juzgado de Garantía de Colina

PABLO ANDRÉS SOTO JAQUES C/ VÍCTOR JESÚS ALCAÍNO ORELLANA

Rol

O-278-2024

Fecha

6 de agosto de 2024

Materia

AMENAZA A GENDARME EN EL DESEMPEÑO DE SUS FUNCIONES.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día, cerca de las 10:30, en Centro Penitenciario Colina II, ubicado en General San Martín N°765, comuna de Colina, en circunstancias en que los funcionarios de Gendarmería Cabo 2° Yonatan Navarrete, Juan Rivas Gaete, Mario Sepúlveda Pavez, Edgar Sepúlveda Parra y Bastián Lagos Santibáñez, realizaban un procedimiento de reducción, los internos VÍCTOR JESÚS ALACAINO ORELLANA, ESTEBAN NICOLÁS OBARRA SÁNCHEZ e IGNACIO ANDRÉS MORENO DE LA BARRA, comienzan a insultar a la totalidad de funcionarios mencionados diciéndoles, “pacos conchaetumadre son entero giles, los vamos a pillar en la calle, calmao’ no más, tengo cualquier amigos afuera para mandarlos a matar”. SE RESUELVE: I. Que se ABSUELVE a VÍCTOR JESÚS ALCAÍNO ORELLANA, Cedula de identidad N° 0020055543-0, ESTEBAN NICOLÁS IBARRA SÁNCHEZ, Cedula de identidad N° 0019342117-2, e IGNACIO ANDRÉS MORENO DE LA BARRA, Cedula de identidad N° 0019882597-2 ya individualizados, del requerimiento que les fue formulado en su contra y que lo estimaba autor del delito de Amenaza a gendarme en el desempeño de sus funciones., hechos ocurridos en la juridiccion de este tribunal. II. Que no se condena en costas al Ministerio Publico por tener motivo plausible para litigar.  Las partes renuncian a los plazos, sentencia ejecutoriada.  Álcense las medidas cautelares que se hubieren decretado en su oportunidad.  Regístrese y archívese en su oportunidad “La“La sentenciasentencia dictadadictada oralmenteoralmente enen audiencia,audiencia, sese encuentraencuentra íntegramenteíntegramente consignadaconsignada enen elel registroregistro dede audioaudio dede esteeste Tribunal,Tribunal, dede conformidadconformidad aa lolo dispuestodispuesto enen loslos artículosartículos 3939 yy siguientessiguientes deldel CódigoCódigo ProcesalProcesal Penal”.Penal”. Dictada por DANIELA CECILIA BALIC LARENAS, Juez (S) del Juzgado de Garantía de Colina. Código: RXHHXPEXXCG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado

Fallo

SE RESUELVE: I. Que se ABSUELVE a VÍCTOR JESÚS ALCAÍNO ORELLANA, Cedula de identidad N° 0020055543-0, ESTEBAN NICOLÁS IBARRA SÁNCHEZ, Cedula de identidad N° 0019342117-2, e IGNACIO ANDRÉS MORENO DE LA BARRA, Cedula de identidad N° 0019882597-2 ya individualizados, del requerimiento que les fue formulado en su contra y que lo estimaba autor del delito de Amenaza a gendarme en el desempeño de sus funciones., hechos ocurridos en la juridiccion de este tribunal. II. Que no se condena en costas al Ministerio Publico por tener motivo plausible para litigar.  Las partes renuncian a los plazos, sentencia ejecutoriada.  Álcense las medidas cautelares que se hubieren decretado en su oportunidad.  Regístrese y archívese en su oportunidad “La“La sentenciasentencia dictadadictada oralmenteoralmente enen audiencia,audiencia, sese encuentraencuentra íntegramenteíntegramente consignadaconsignada enen elel registroregistro dede audioaudio dede esteeste Tribunal,Tribunal, dede conformidadconformidad aa lolo dispuestodispuesto enen loslos artículosartículos 3939 yy siguientessiguientes deldel CódigoCódigo ProcesalProcesal Penal”.Penal”. Dictada por DANIELA CECILIA BALIC LARENAS, Juez (S) del Juzgado de Garantía de Colina. Código: RXHHXPEXXCG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: RXHHXPEXXCG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-08-07T14:31:02-040

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN JUICIO ORAL SIMPLIFICADO FECHA: Colina, seis de agosto de dos mil veinticuatro. TRIBUNAL: JUZGADO DE GARANTÍA DE COLINA MAGISTRADO: DANIELA CECILIA BALIC LARENAS RUC: 2301328749-K RIT: 278 - 2024 IMPUTADO: VÍCTOR JESÚS ALCAÍNO ORELLANA C.I. 0020055543-0 FECHA DE NAC. 25-03-1995 NACIONALIDAD: Chileno DIRECCION RANCAGUA 5823 COMUNA: ESTACION CENTRAL IMPUTADO: ESTEBAN

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