Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta.

MINISTERIO PÚBLICO ANTOFAGASTA C/ ENRIQUE ISIDORO FREIRE BRAVO

Rol

O-290-2024

Fecha

6 de agosto de 2024

Materia

OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA E), RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos siguientes, según se expresan en el respectivo auto de apertura proveniente del Juzgado de Garantía de Código: QMCSXPRBYVF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 esta ciudad de fecha 22 de mayo de 2024: “Entre el 4 y 8 de octubre del año 2022, los imputados Matías López Pantoja y Enrique Freire Bravo, se concertaron para trasladar camionetas robadas desde el sur al norte de Chile. El día 8 de octubre de 2022, aproximadamente a las 05:30 horas, en la Ruta 5 Norte a la altura del kilómetro 1460, comuna de Sierra Gorda, personal de Carabineros controló a dos vehículos correspondientes a camionetas que se encontraban en el sector del servicentro ubicado en el lugar. En primer lugar, se controló a una camioneta de color blanco, marca Mitsubishi, modelo L 200 Dakar 2.4. AT, que portaba las placas patentes RSRK-29, la que era conducida por Matías López Pantoja. En el marco del control, le pidieron su licencia de conducir e indicó que no la portaba, por lo que se le pidió la documentación del vehículo, y éste entregó la que correspondía al vehículo P.P.U. RSRK-29. Sin embargo, se verificó por parte de Carabineros que el número de chasis de la camioneta no correspondía con las placas patentes que portaba. Así, se estableció que las placas patentes que portaba la camioneta conducida por Matías López eran falsas, no originales, y que a la camioneta le correspondía en realidad la P.P.U. LKPS-16, y que ésta había sido robada en la comuna de San Pedro de la Paz el 4 de octubre de 2022, robo que había sido denunciado a la Sexta Comisaría de Carabineros de San Pedro de La Paz. Además, se estableció que el imputado conducía con una llave no original del vehículo, genérica, consistente en un mando a distancia que no tenía llave de paleta, y que la chapa de la puerta Código: QMCSXPRBYVF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 del conductor estaba for

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Antecedentes. Que con fecha uno de agosto recién pasado, ante la sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, integrada por las juezas titulares María Isabel Rojas Medar, Paula Ortiz Saavedra y Claudia Lewin Arroyo, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral de la causa RUC Nro. 2200995129- K, rol interno del tribunal RIT Nro. 290-2024, seguida por los delitos de receptación de vehículo motorizado y conducir vehículo con placa patente falsa, en contra de ENRIQUE ISIDORO FREIRE BRAVO, chileno, cedula nacional de identidad Nro. 14.452.992-8, soltero, 50 años, nacido en Villa Alemana el 25 de julio de 1973, mecánico, domiciliado en Las Tupas Parcela 37 Manzana A, comuna de Quillota y para estos efectos fijando el domicilio de su defensa en esta ciudad Avenida Balmaceda Nro. 2536 piso tercero, actualmente privado de libertad en el CDP Santiago Sur en prisión preventiva por causa diversa tramitada ante el 15° Juzgado de Garantía de Santiago. Sostuvo la acusación el Ministerio Público representado por la Fiscal adjunto de esta ciudad Paola Acevedo Vera, mientras que la defensa del acusado estuvo a cargo de la abogada de la Defensoría Penal Pública Claudia Nievas López, ambas intervinientes con domicilios y formas de notificación ya registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Acusación. Que el Ministerio Público fundó su acusación en los hechos siguientes, según se expresan en el respectivo auto de apertura proveniente del Juzgado de Garantía de Código: QMCSXPRBYVF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 esta ciudad de fecha 22 de mayo de 2024: “Entre el 4 y 8 de octubre del año 2022, los imputados Matías López Pantoja y Enrique Freire Bravo, se concertaron para trasladar camionetas robadas desde el sur al norte de Chile. El día 8 de octubre de 2022, aproximadamente a las 05:30 horas, en la Ruta 5 Norte a la altura del kilómetro 1460, comuna de Sierra Gorda, personal de Carabineros controló a dos vehículos correspondientes a camionetas que se encontraban en el sector del servicentro ubicado en el lugar. En primer lugar, se controló a una camioneta de color blanco, marca Mitsubishi, modelo L 200 Dakar 2.4. AT, que portaba las placas patentes RSRK-29, la que era conducida por Matías López Pantoja. En el marco del control, le pidieron su licencia de conducir e indicó que no la portaba, por lo que se le pidió la documentación del vehículo, y éste entregó la que correspondía al vehículo P.P.U. RSRK-29. Sin embargo, se verificó por parte de Carabineros que el número de chasis de la camioneta no correspondía con las placas patentes que portaba. Así, se estableció que las placas patentes que portaba la camioneta conducida por Matías López eran falsas, no originales, y que a la camioneta le correspondía en realidad la P.P.U. LKPS-16, y que ésta había sido robada en la comuna de San Pedro de la Paz el 4 de octubre de 2022, robo que había sido denunciado a la Sext

Fallo

se acuerda a nombre de quien estaban, pero no a nombre de Código: QMCSXPRBYVF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 8 alguna empresa, Núñez era el administrador de una empresa de Iquique. Le iban a pagar $350.000.-, no le adelantan nada, solo le dieron dinero para comer y para el combustible. QUINTO: Convenciones probatorias. Que, los intervinientes en la oportunidad procesal correspondiente no acordaron convenciones probatorias para hacer valer en el juicio oral como consta del acápite quinto del auto de apertura. SEXTO: Prueba. De otra parte, el Ministerio Público, a fin de acreditar los hechos contenidos en su acusación y la participación del acusado en los mismos, presentó la siguiente prueba, a la cual no se adhirió la defensa, que tampoco hizo valer prueba propia: 1.- Testimonial: Comparecieron como funcionarios de Carabineros aprehensores el cabo 2° Ricardo Maximiliano Iribarren Castillo y el sargento 2° Alberto Pablo Barrios Huanca, asimismo declaró en relación a las diligencias realizadas para establecer la falsedad de las placas patentes e identidad vehicular de la camioneta receptada el cabo 1° Francisco Arias Benavides y finalmente en condición de víctima de la sustracción de la camioneta recuperada en el procedimiento aludido por los funcionarios, se escuchó al testigo de iniciales V.D.V.G. 2.- Material: Mediante su exhibición y reconocimiento por los testigos se introdujeron al juicio: 2.1.- un

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1 Antofagasta, seis de agosto de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Antecedentes. Que con fecha uno de agosto recién pasado, ante la sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, integrada por las juezas titulares María Isabel Rojas Medar, Paula Ortiz Saavedra y Claudia Lewin Arroyo, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral de la causa RUC Nro. 22009

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