ETIENNE/DEPETRIS
Rol
O-1473-2020
Fecha
5 de julio de 2022
Materia
Subterfugio
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 8, 453 y 454 todos del Código del Trabajo, se declara: I) Que se acoge la demanda interpuesta en cuanto se solicita que se declare que SOCIEDAD DEPETRIS DEFLORIAN HERMANO LIMITADA, Rut 78.387.240-4, representada legalmente por don Giuliano Depetris Deflorian, cédula de identidad número 16.833.174-6, y TRANSPORTES DEPRISA LTDA, Rut 76.041.303-8, representada legalmente por don Pietro Luis Depetris Contreras, cédula de identidad número 15.610.910-K, constituyen una unidad económica al tenor del artículo 3 del Código del Trabajo, y por lo mismo, se encuentran obligadas a pagar solidariamente las prestaciones e indemnizaciones que se adeudan en los procesos tramitados en las causas del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago bajo los RIT C-4287-2019 y C-3725-2019, con reajustes, intereses y costas que en dichas causas se devenguen. II) Que se rechaza la demanda respecto de don GIULIANO DEPETRIS DEFLORIAN y don PIETRO LUIS DEPETRIS CONTRERAS en cuanto personas naturales. III) Que cada parte pagará sus costas. Regístrese, archívense los antecedentes en su oportunidad, téngase a las partes por notificadas en este acto de la presente sentencia y de todas las resoluciones dictadas en ella. Dirigió don CRISTIAN ÁLVAREZ MERCADO, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, cinco de julio de dos mil veintidós.-
Fallo
se declara: I) Que se acoge la demanda interpuesta en cuanto se solicita que se declare que SOCIEDAD DEPETRIS DEFLORIAN HERMANO LIMITADA, Rut 78.387.240-4, representada legalmente por don Giuliano Depetris Deflorian, cédula de identidad número 16.833.174-6, y TRANSPORTES DEPRISA LTDA, Rut 76.041.303-8, representada legalmente por don Pietro Luis Depetris Contreras, cédula de identidad número 15.610.910-K, constituyen una unidad económica al tenor del artículo 3 del Código del Trabajo, y por lo mismo, se encuentran obligadas a pagar solidariamente las prestaciones e indemnizaciones que se adeudan en los procesos tramitados en las causas del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago bajo los RIT C-4287-2019 y C-3725-2019, con reajustes, intereses y costas que en dichas causas se devenguen. II) Que se rechaza la demanda respecto de don GIULIANO DEPETRIS DEFLORIAN y don PIETRO LUIS DEPETRIS CONTRERAS en cuanto personas naturales. III) Que cada parte pagará sus costas. Regístrese, archívense los antecedentes en su oportunidad, téngase a las partes por notificadas en este acto de la presente sentencia y de todas las resoluciones dictadas en ella. Dirigió don CRISTIAN ÁLVAREZ MERCADO, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, cinco de julio de dos mil
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 05 DE JULIO DE 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 3 RUC 20-4-0254595-0 RIT O-1473-2020 MAGISTRADO CRISTIAN ÁLVAREZ MERCADO ADMINISTRATIVO DE ACTAS NICOLÁS MEZZANO RABANAL HORA DE INICIO 11:36 HORAS HORA DE TERMINO 12:02 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2040254595-0-1349-220705-00 PARTE D
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