C/ CHRISTOPHER CONSTANZO SAAVEDRA
Rol
O-10010-2022
Fecha
1 de agosto de 2024
Materia
ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos contenidos en el requerimiento, exímasele del pago de las costas de la causa. Téngase presente la renuncia a los plazos manifestada por los intervinientes y por ejecutoriada la presente sentencia. Dese cumplimiento a dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Código: MXMBXPTNJHF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RUC 221076948-9 RIT 10010-2022 Dictada por don(ña) MARIA JOSE MORENO BRAVO, Juez del Juzgado de Garantía de San Bernardo. Código: MXMBXPTNJHF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-08-06T12:05:31-0400
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 14, 15 N° 1, 18, 49, 50, 68, 68 bis, 69, 70, 443 del Código Penal; artículos 36, 297, 342 y 388 y siguientes del Código Procesal Penal; y 8 y siguientes de la ley 18.216 SE DECLARA: I.- Que se condena a CHRISTOPHER CONSTANZO SAAVEDRA, ya individualizado, como autor del delito de ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO cometido en grado de desarrollo frustrado y perpetrado en el territorio jurisdiccional de este Tribunal el día 31/10/202, a sufrir la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISION EN SU GRADO MÁXIMO y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Por no concurrir los requisitos previstos en la Ley 18.216, no se concede al sentenciado pena sustitutiva alguno, debiendo cumplir real y efectivamente la sanción corporal impuesta, la que se tendrá por cumplida por el mayor tiempo de privación de libertad de los sentenciados decretado en esta causa desde el 27 de julio del actual al día de hoy. III.- Por haber admitido el sentenciado responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento, exímasele del pago de las costas de la causa. Téngase presente la renuncia a los plazos manifestada por los intervinientes y por ejecutoriada la presente sentencia. Dese cumplimiento a dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Código: MXMBXPTNJHF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http:
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ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO CON ADMISIÓN DE RESPONSABILIDAD DEL IMPUTADO Fecha : uno de agosto de dos mil veinticuatro. Imputado : CHRISTOPHER CONSTANZO SAAVEDRA, cédula de identidad N° 0019916472-4, nacido el 31 de agosto de 1998, ignoro profesión u oficio, con domicilio en Avenida PRESIDENTE JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ 12434, TORRE A, DEPTO. 303-A, comuna de San Be
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