MONDACA/FISCO DE CHILE - TESORERIA GENERAL DE LA REPUBLICA
Rol
O-384-2021
Fecha
6 de julio de 2022
Materia
Despido injustificado, Otras Indemnizaciones, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos en que se funda la causa legal invocada son los siguientes: 1. El trabajador es contratado para la estrategia específica de fiscalización, monitoreando actividades propias de la fiscalización de medidas COVID-19 a nivel regional, conforme a decreto N°4 de 2020, Ministerio de Salud, de fecha 08 de febrero de 2020. 2. La duración de este trabajo, tarea, obra o servicio se caracteriza por la temporalidad, condicionándose a la duración del decreto N°24, Ministerio de salud, publicado el 18 de junio de 2021 y se tiene como parte integrante del contrato de trabajo celebrado entre las partes. 3. Así las cosas, es un hecho público y notorio que a partir del mes de abril de 2021 la cantidad de casos activos ha comenzado su descenso de forma gradual, desde los 131.606 casos al mes se redujo 6.008 casos en el mes de agosto de 2021. En junio del 2021, la tasa de positividad a nivel nacional y regional según reportes del Ministerio de Salud y jefe de Salud Pública de esta subsecretaría, indican una sostenida baja generado disminución de personal y cierre de faenas. 5. A nivel nacional catorce regiones han disminuido sus nuevos casos confirmados entre un 20% y 37%, lo anterior debido al proceso de vacunación masiva instaurado, cumpliendo Chile el 90% de su población vacunada contra el SARSCoV-2. 6. Comparando septiembre del año 2020 (4.343 casos) y año 2021 (2.817 casos) ha existido una reducción de casos de un 50%. 7. Los anteriores hechos, se fundamentan en informe de situación epidemiológica histórica de la enfermedad por SARS-CoV-2, Región del Maule, emanado del Departamento de Salud Pública y Planificación de Seremi de Salud del Maule e informes epidemiológicos del Ministerio de Salud. 8. La baja positividad regional en los casos positivos de Covid.19 y/o sus nuevas variantes, como el levantamiento de cuarentenas, tiene como consecuencia directa en la disminución de la actividad de fiscalización, es decir, la obra específica para la que se contrata al trabajado
Fundamentos
fundamentos fácticos y jurídicos. Su ex empleador era la Seremi de Salud de la Región del Maule. Con fecha 13 de octubre de 2020, comenzó a prestar servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia en los términos del artículo 7° del Código del Trabajo para su ex empleador Fisco de Chile (Secretaría Regional de Salud de la Región del Maule - Subsecretaria de Salud Pública), para prestar las siguientes funciones: Estas funciones se enmarcaban dentro del marco establecido por el Decreto Nº 4 del Ministerio de salud, promulgado el 05 de febrero de 2020 y publicado en el Diario oficial el 08 de febrero de 2020 que decreta alerta sanitaria y otorga facultades extraordinarias que indica en el territorio de la República de Chile, el cual fue modificado mediante Decreto Nº 6 promulgado el 06 de marzo de 2020 y publicado en el Diario 3 oficial el 07 de marzo de 2020 que otorga las facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional por brote del nuevo coronavirus (2019-ncov) – en adelante El Decreto - y estas funciones eran prestadas en el territorio de la región del Maule conforme señala la cláusula tercera de su contrato de trabajo de fecha 13 de octubre de 2020. Que, de acuerdo a anexo de contrato de trabajo de fecha 01 de enero de 2021 en su cláusula tercera, se deja constancia que sus labores tendrán vigencia mientras se encuentre en implementación la “estrategia sanitaria” (estrategia aduana sanitaria) durante la alerta sanitaria, condición que al menos estará vigente hasta fines de 2021 por la pandemia de Covid-19 en Chile, según Decreto Supremo N° 645 de 12 de diciembre de 2020. Que su jornada de trabajo, según contrato de trabajo se regía por las normas del artículo 22 del Código del Trabajo, dada la naturaleza del cargo y de los servicios prestados. Es decir, atendida la naturaleza de los servicios, estaba excluida de la limitación de la jornada de trabajo, en los términos del artículo 22 inciso 2°, del Código del Trabajo. En cuanto a la remuneración por contrato de trabajo, esta se fijó en el sueldo mensual bruto de $1.800.000. Durante todo el tiempo trabajado tuvo una conducta acorde con la ética necesaria que demandaba su labor, cumpliendo además con todas sus obligaciones. Antecedentes del término de la relación laboral. Con fecha 30 de septiembre de 2021 fue desvinculado por su ex empleador mediante envío de carta de aviso de término de contrato de fecha 01 de octubre de 2021, por la causal contemplada en el artículo 159 N° 5 del Código del Trabajo, esto es “conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato”. Los hechos en que se funda la causa legal invocada son los siguientes: 1. El trabajador es contratado para la estrategia específica de fiscalización, monitoreando actividades propias de la fiscalización de medidas COVID-19 a nivel regional, conforme a decreto N°4 de 2020, Ministerio de Salud, de fecha 08 de febrero de 2020. 2. La duración de este trabajo, tarea, obra
Fallo
por tanto, no se encontraba sujeto a jornada ordinaria o determinada de trabajo, por lo tanto, no tenía derecho a horas extraordinarias y no marcaba asistencia. La duración de su contrato primitivo de trabajo, conforme cláusula octava, señala que: "El presente contrato tendrá como vigencia la fecha señalada en el decreto, esto es, el 31 de diciembre del 2020 o mientras se encuentre en implementación de la estrategia de residencias sanitarias, en caso de que ello ocurra." Es dable indicar que, esta Secretaria Ministerial de Salud Región del Maule, suscribe anexos de contratos de trabajo con el personal regido bajo el estatuto privado, cada vez que se prorroga y extiende la duración del decreto N° 4 de 2020 del Ministerio de Salud, que decreta Alerta Sanitaria en todo el territorio nacional, dado que, en su artículo 3 numeral 2 permite a esta Secretaria la contratación de personal conforme el artículo 10 del Código Sanitario. Dicho esto, el contrato que suscribe el demandante se celebra con fecha 13 de octubre del 2020, bajo el decreto N° 4 de 2020 del Ministerio de Salud, publicado con fecha 8 de febrero del 2020, cuya vigencia era hasta el 31 de diciembre del 2020. Con fecha 1 de enero del 2021, se suscribe anexo de contrato de trabajo, conforme cláusula tercera, señala que: "Las partes de común acuerdo dejan constancia que el contrato de trabajo de se prorroga hasta la fecha de que se extienda la "estrategia sanitaria" o "conclusión del trabajo o servicio que dio origen al
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Causa Ruc 21-4-0360808-1 Rit O-384-2021 Materia Despido injustificado Procedimiento Aplicación general Demandante Marco Andrés Mondaca Ahumada C.I. 14.023.796-5 Abogados Rodrigo Andrés Valdivia Merino Cristian Matías Espinoza Ormeño C.I. 16.011.933-0 C.I. 17.586.406-7 Demandado Fisco De Chile Secretaría Regional de Salud de La Región del Maule Rut 61.806.000-4 Abogados José Is
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