1º Juzgado de Letras de Rengo

COMERCIAL TECNOVA LIMITADA/AGROFOODS CENTRAL VALLEY CHILE S.A.

Rol

C-1047-2018

Fecha

12 de mayo de 2021

Materia

FACTURA, NOTIFICACIÓN DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS : Con fecha 20 de agosto de 2018, a folio 1 del cuaderno principal, compareci don Pablo Jes s Baeza Alarc n, abogado, por la ejecutante, ó ú ó sociedad COMERCIAL TECNOVA LIMITADA, Rut N 77.959.280-4, representada° legalmente por don GUILLERMO ANTONIO FIGUEROA JORQUERA, ambos domiciliados en Am rica N 578, de la comuna de San Miguel en la ciudadé ° de Santiago, quien interpuso demanda ejecutiva de cobro de facturas en contra de la sociedad AGROFOODS CENTRAL VALLEY CHILE S.A., RUT N 96.900.690-1, representada legalmente por don Sergio Carol Massai Drago,º c dula nacional de identidad N 7.267.988-1 y/o Enrique Marco Antonio Ortizé º D amico, c dula nacional de identidad N 11.222.860-8, ’ é º todos con domicilio en Ruta H N/716 Malloa, comuna de Rengo, solicitando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra, por la suma de $5.331.514, por concepto deó montos adeudados en factura y se ordene que se disponga seguir adelante con la ejecuci n hasta hacerse a su representada entero y completo pago de las sumasó adeudadas, con intereses, reajustes y costas. Fund su acci n se alando que, se habr an notificado las facturasó ó ñ í N 4354,º de fecha 12 de diciembre de 2017, con vencimiento el 11 de enero de 2018, por la suma de $577.150 y la N 4412, de fecha 20 de diciembre de 2017, conº vencimiento el 19 de enero de 2018, de las que no se consignaron los fondos ni se aleg su falsificaci n, situaci n certificada en autos.ó ó ó Con fecha 21 de enero de 2020, se tuvo por notificada la demanda y su prove do en forma legal. í Con fecha 14 de abril de 2020, compareci el abogado don Angelo Caorsió Opazo en representaci n de la ejecutada Agrofoods Central Valley Chile S.A, quienó opuso las siguientes excepciones: 1.- La del N 3 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, esto es, la° í ó litispendencia ante tribunal competente, siempre que el juicio que le da origen haya sido promovido por el acreedor, sea por v a de demanda o de reconvenci n.í ó Se al qu

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 20 de agosto de 2018, compareci don Pabloó Jes s Baeza Alarc n, por la ejecutante, ú ó sociedad COMERCIAL TECNOVA LIMITADA, representada legalmente por don GUILLERMO ANTONIO FIGUEROA JORQUERA, quien interpuso demanda ejecutiva de cobro de facturas en contra de la sociedad AGROFOODS CENTRAL VALLEY CHILE S.A., representada legalmente por don Sergio Carol Massai Drago, solicitando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra, por la suma deó $5.331.514. SEGUNDO: Que, con fecha 14 de abril de 2020, compareci el abogadoó don Angelo Caorsi Opazo en representaci n de la ejecutada Agrofoods Centraló Valley Chile S.A, oponiendo a la ejecuci n las excepciones del N 3 y 7 del art culoó ° í 464 del C digo de Procedimiento Civil, esto es, La litispendencia ante tribunaló “ competente, siempre que el juicio que le da origen haya sido promovido por el acreedor, sea por v a de demanda o de reconvenci n. y la falta de alguno de losí ó ” “ requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho t tulo tenga fuerzaí ejecutiva, sea absolutamente, sea con relaci n al demandado , atendidas las razonesó ” de hecho y de derecho se aladas en lo expositivo del presente fallo.ñ TERCERO: Que, con fecha 18 de abril de 2020, a folio 24, la parte demandante evacu el traslado conferido con fecha 17 de abril del mismo a o, aó ñ folio 23. CUARTO: Que, la parte demandada, rindi las siguientes probanzas:ó Documental: 1.- Resoluci n de fecha 25 de Enero de 2018 del 17 juzgado Civil de Santiago,ó ° en autos Rol C-1907-2018. 2.- Escrito de fecha 26 de Enero de 2018 en los autos Rol C-1907-2018 seguidos ante el 17 juzgado Civil de Santiago en virtud del cual, el veedor titular, deja° constancia de la publicaci n con esa misma fecha en el Bolet n Concursal de laó í resoluci n que admite a tramitaci n la reorganizaci n de la sociedad Agrofoods Centraló ó ó Valley Chile S.A. 3.- Resoluci n de fecha 30 de Enero de 2018 emanada del 17 juzgado Civil deó ° Santiago, en los autos Rol C-1907-2018, que tiene presente la constancia de la publicaci n indicada en el punto 2.-ó 4.- Acta audiencia de deliberaci n y votaci n Acuerdo de Reorganizaci n de laó ó ó empresa deudora de fecha 20 de Abril de 2018, seguido en los autos Rol C-1907-2018 ante el 17 juzgado Civil de Santiago.° 5.- N mina de cr ditos reconocidos presentada por la ejecutada en autos Rol C-ó é 1907-2018 seguidos ante el 17 juzgado Civil de Santiago.° 6.- Escrito de Verificaci n de cr dito presentado por la ejecutante de autos enó é causa Rol C-1907-2018 ante el 17 juzgado Civil de Santiago.° QUINTO: Que la parte demandante, rindi las siguientes probanzas:ó Documental: 1.- En sede de gesti n preparatoria, factura N 4354ó ° , de fecha 12 de diciembre de 2017. 2.- En sede de gesti n preparatoria, factura N 4412ó ° , de fecha 20 de diciembre de 2017. SEXTO: Que, atendido lo se alado reiteradamente por la doctrina lo que hañ sido refrendado por nuestra jurisprudencia, p

Fallo

Por estas consideraciones y visto adem s lo dispuesto en los art culos 464 delá í C digo de Procedimiento Civil y art culos 57 y siguientes de la ley N 20.720, se declara:ó í ° I.- Que, se rechazan las excepciones opuestas por la parte ejecutada, en los t rminos ya se alados.é ñ II.- Que, en consecuencia, se ordena continuar con la ejecuci n, en los t rminosó é que fueron establecidos al despacharse el correspondiente mandamiento de ejecuci n yó embargo. III.- Que, se condena en costas a la parte ejecutada, por haber resultado totalmente vencida. An tese y arch vese en su oportunidad.ó í Rol C-1047-2018 Dictada por don SEBASTIAN IGNACIO BRAVO IBARRA, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Rengo. En Rengo, a doce de Mayo de dos mil veintiuno, se notific por el estado diario, laó resoluci n precedente.ó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-05-12T14:13:17-0400

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Rengoº CAUSA ROL : C-1047-2018 CARATULADO : COMERCIAL TECNOVA LIMITADA/AGROFOODS CENTRAL VALLEY CHILE S.A. Rengo, doce de Mayo de dos mil veintiuno. VISTOS : Con fecha 20 de agosto de 2018, a folio 1 del cuaderno principal, compareci don Pablo Jes s Baeza Alarc n, abogado, por la ejecutante, ó ú ó sociedad COMERCIAL TECNOVA LIMITAD

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica