GONZÁLEZ/CORPORACION EDUCACIONAL COMPLEJO ALBERTO WIDMER
Rol
M-1173-2022
Fecha
4 de julio de 2022
Materia
Despido injustificado, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS CONTROVERTIDOS X DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA X DEMANDADA OFRECE E INCORPORA PRUEBA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDANTE X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDADA X SENTENCIA X Escritos por resolver: Al escrito acompaña documentos, presentado por la parte demandante: A lo principal: Por digitalizados los documentos; Al otrosí: Téngase presente. Al escrito cumple lo ordenado, presentado por la parte demandada: Por digitalizados los documentos. Al escrito tenga presente, presentado por la parte demandada: Téngase presente. Contestación de la demanda: El Tribunal confiere en este acto traslado a la parte demandada y tiene por contestada la demanda interpuesta. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a las partes a conciliación, esta no se produce. Fija hechos controvertidos: El Tribunal, estimando que existen hechos pertinentes, sustanciales y controvertidos, recibe la causa a prueba y fija los siguientes hechos a probar: 1) Jornada laboral del demandante. 2) Efectividad de los hechos contenidos en la comunicación respectiva. 3) Monto del aporte del empleador al seguro de cesantía del demandante. 4) Si el demandante realizó horas extras, periodos, número de las mismas y monto adeudado, en su caso. Medios de Prueba: LA DEMANDADA OFRECIÓ E INCORPORÓ LOS SIGUIENTES MEDIOS DE PRUEBA: Documental: 1) Contrato y anexos de contrato de trabajo. 2) Liquidaciones de sueldo diciembre de 2021, enero y febrero de 2022. 3) Carta de despido, comprobante de Correos de Chile, donde consta envío de la carta de despido y comprobante de envío de carta de despido a la Inspección del trabajo. 4) Finiquito suscrito por ambas partes. 5) Ordinario número 006 de fecha 13 de enero de 2021, donde consta el formulario B con la estructura de cursos de 2021 al Jefe de departamento Provincial de Educación de Santiago Poniente. 6) Formulario B con la tabla de estructura de cursos del año 2021. 7) Declaración Jurada
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 10, 11, 41 y siguientes, 162, 163, 168, 172, 173, 420 y siguientes, 453, 454, 496 y siguientes, todos del Código del Trabajo; se declara: I) Que HA LUGAR a la demanda interpuesta por doña Paola Andrea Ochoa Córdova, en representación de don SEBASTIÁN ALEXIS GONZÁLEZ PINTO, cédula de identidad número 15.770.653-5, en contra de CORPORACION EDUCACIONAL COMPLEJO ALBERTO WIDMER, Rut 65.150.768-5, representada legalmente por don Luis Gómez Galarce, sólo en cuanto se declara que el despido del que fue objeto el demandante con fecha 28 de febrero de 2022, es improcedente e injustificado y en consecuencia se condena a dicha demandada a pagarle lo siguiente: a) $1.087.413.- (un millón ochenta y siete mil cuatrocientos trece pesos) por concepto de incremento legal del 30% sobre la indemnización por años de servicio, conforme lo dispuesto en la letra a) del artículo 168 del Código del Trabajo. II) Que la suma ordenada a pagar, deberá serlo más reajustes e intereses conforme lo dispuesto en el artículo 173 del Código del Trabajo. III) Que se rechaza en todo lo demás la demanda de autos. IV) Que no se condena en costas a la demandada por no haber sido totalmente vencida. V) Ejecutoriada que sea la presente sentencia cúmplase lo dispuesto en ella dentro de quinto día, en caso contrario, certifíquese conforme lo dispuesto en el artículo 462 del Código del Trabajo, y remítanse los antecedentes al Juzgado de Cobranza labora
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO RECLAMO MONITORIO FECHA 04 DE JULIO DE 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 3 RUC 22- 4-0405907-K RIT M-1173-2022 MAGISTRADA LORENA FLORES CANEVARO ADMINISTRATIVO DE ACTAS NICOLÁS MEZZANO RABANAL HORA DE INICIO 10:18 HORAS HORA DE TÉRMINO 12:20 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 22404
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