Juzgado de Garantía de Illapel.

MP C/ HÉCTOR DE LA CRUZ OSSANDÓN GONZÁLEZ

Rol

O-193-2023

Fecha

2 de agosto de 2024

Materia

CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO., CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

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Hechos

VISTOS LOS ANTECEDENTES Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Intervinientes. Que, con fecha veintinueve de julio del año en curso ante este Juzgado de Garantía de Illapel, en causa RUC Nº 2200738462-2, RIT Nº 193-2023, se llevó a efecto audiencia en procedimiento abreviado respecto de las acusaciones presentadas conforme lo establece el artículo 407 del Código Procesal Penal en contra de Héctor De La Cruz Ossandón González, cédula de identidad Nº 9.891.337-8, chileno, mayor de edad, nacido en Viña del Mar el 09 de marzo de 1965, se desconoce profesión u oficio, domiciliado en Villa La Florida casa N° 13, comuna de Salamanca Fue parte acusadora del presente juicio el Ministerio Público representado por el abogado Asistente de Fiscal, Cristián Arcos Rojas, domiciliado en calle Constitución Nº 156, comuna de Illapel. La defensa del acusado estuvo a cargo de la Defensoría Penal Pública, representada por el defensor Cristián Geisse Medrano, domiciliado en calle pasaje Canadilla Nº 435, comuna de Illapel. SEGUNDO: Acusación. Que, los hechos materia de acusación se hicieron consistir en: Código: RWJXXPXXECE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Independencia N° 0362 - Illapel, fonos 532524265, 532521085, 532524571 Hecho 1: “El día 24 de junio de 2023, a las 04:55 horas aproximadamente, por camino de servidumbre S/N paradero cinco El Boldo, de la comuna de Salamanca, el imputado Héctor De La Cruz Ossandón González, sin haber obtenido licencia de conducir vehículo motorizados condujo en estado de ebriedad con una dosificación de 2,31 gramos por mil de alcohol en la sangre, el automóvil, marca Toyota, modelo Yaris, color negro azul, placa patente ZG.8061 transgrediendo la sanción impuesta en sentencia definitiva condenatoria de fecha 12 de abril de 2023, en causa Ruc 2100913696-4, RIT 1372-2021, del Juzgado de Garantía de Illapel, en donde entre otras, se le condenó a la suspensión de su licencia de conducir por el periodo de cinco años. Siendo sorprendido por personal de carabineros al interior del móvil durmiendo, con el motor en marcha”. A juicio de la Fiscalía los hechos antes descritos configuran el delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir y con sanción vigente previsto y sancionado en el artículo 196, en relación con los artículos 110 y 209 inciso primero y segundo, todos de la Ley N° 18.290, en grado de desarrollo consumado, y en los que al imputado le ha cabido la calidad de autor. Hecho 2: “El día 24 de marzo de 2024 a las 20:10 horas aproximadamente, en calle Providencia esquina José Joaquín Pérez, comuna de Salamanca, el imputado Héctor De La Cruz Ossandón González sin haber obtenido licencia de conducir, condujo en estado de ebriedad el vehículo tipo automóvil marca Toyota modelo Yaris patente ZG-8061 colisionando el vehículo marca Chery modelo Tiggo patente KWTK-23 causándole daños. Personal de carabineros concurrió al lugar se percataron que conducí

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a Héctor de la Cruz Ossandón González, cédula de identidad Nº 9.891.337-8, ya individualizado, por su responsabilidad a título de autor del delito de manejo en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir con sanción vigente y causando daños, previsto y sancionado en los artículos 196, 209 inciso 1° y 2º de la Ley 18.290 sobre Tránsito, en grado de desarrollo consumado, por los hechos ocurridos en esta jurisdicción los días 31 de julio de 2022, 24 de junio de 2023 y 24 de marzo de 2024, a cumplir una pena única de SETECIENTOS TREINTA DIAS (730) de presidio menor en su grado medio, a la suspensión de todo cargo u oficio público durante la condena, al pago de una multa de 3 UTM y a la cancelación de la licencia de conducir. II.- Que, al no concurrir ninguno de los requisitos de la Ley 18.216, se dispone el cumplimiento efectivo de la pena corporal impuesta en las dependencias del C.D.P de Illapel. Se apercibe al sentenciado a presentarse para dar inicio al cumplimiento de la pena, dentro de 5° día de que se certifique la ejecutoria del presente fallo, bajo apercibimiento de despachar una orden de detención en su contra. III.- Que, en cuanto a la multa impuesta de 3 UTM se faculta el pago en tres cuotas -iguales y sucesivas- de 1 UTM disponiéndose el pago de la primera cuota hasta el último día hábil del mes de septiembre de 2024, devengándose las restantes cuotas en idénticas fechas en los meses venideros. Para el evento de que el

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Independencia N° 0362 - Illapel, fonos 532524265, 532521085, 532524571 ACTA AUDIENCIA LECTURA DE SENTENCIA RIT : 193 - 2023 RUC : 2200738462-2 FECHA : dos de agosto de dos mil veinticuatro HORA INICIO : 14:14 hrs. HORA TÉRMINO : 14:16 hrs. DELITO : Conducción en estado de ebriedad, con licencia suspendida causando daños. JUEZ : ANDREA ALEJANDRA ROJAS CORTÉS FISCAL : CRISTIAN ARCOS ROJAS (video con

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