8º Juzgado Civil de Santiago

GONZÁLEZ/ILTRE MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ

Rol

C-33858-2019

Fecha

10 de mayo de 2021

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Al folio 1, comparece doña Josefina del Carmen González Campos, pastelera, con domicilio en Avenida Portales N°2638, Dpto. 23, Villa Bernardo O’Higgins, comuna de Maipú, quien deduce demanda de prescripción extintiva de la acción de cobro de derecho de aseo municipal en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, persona jurídica de Derecho Público, representada legalmente por doña Cathy Carolina Barriga Guerra, alcaldesa, ambos domiciliados en Avenida Cinco de abril 260, comuna de Maipú. Fundamentando su demanda, señala que es residente y dueña del inmueble ubicado en Avenida Portales N°2638, Dpto. 23, Villa Bernardo O’Higgins, comuna de Maipú, propiedad respecto de la cual existen derechos de aseo que se encuentran pendientes de pago, desde el 30 de abril de 2001 al 30 de noviembre del 2019, según consta en documento de informe de deuda de derechos de aseo que acompaña. Sin embargo, para el período que abarca del 30 de abril de 2001 al 30 de noviembre del 2005 ha transcurrido un plazo superior al establecido por la ley para que se declare la prescripción de la acción de cobro de dichos derechos de aseo municipal, con sus respectivos reajustes, intereses y multas. Como

Fundamentos

fundamentos de Derecho, cita los artículos 2493, 2514 y 2515, todos del Código Civil; agregando que es procedente que se declare la prescripción extintiva de la acción de cobro de los derechos de aseo municipal comprendidos entre el 30 de abril de 2001 al 30 de noviembre del 2005, ascendentes a la suma de $350.495.-. Por lo que previa cita de disposiciones legales, solicita tener por interpuesta demanda en procedimiento ordinario de mínima cuantía, por declaración de prescripción extintiva en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, representada legalmente por su alcaldes, Cathy Carolina Barriga Guerra, ambos ya individualizados, y en definitiva declarar la prescripción extintiva de las acciones de cobro de derechos de aseo municipales impagos, más sus respectivos reajustes, intereses y eventuales multas respecto de la propiedad ubicada en Avenida Portales N°2638, Dpto. 23, Villa Bernardo O’Higgins, comuna de Maipú, correspondiente al período que comprende entre el 30 de abril de 2001 al 30 de noviembre del 2005, ascendentes a la suma de $350.495, o la que SS., determine conforme a derecho. Al folio 56, se celebró la audiencia de contestación y conciliación con la asistencia de ambas partes, teniéndose como parte integrante de la audiencia la minuta escrita acompañada a folio 14, y teniéndosele por allanada de los cobros de derechos de aseo 30 de abril del 2001 al 30 de noviembre del 2005, ambos inclusive Atendido el allanamiento señalado y no existiendo hechos sustanciales y controvertidos se omitió recibir la causa a prueba. Al folio 61, se citó a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO*: Que doña Josefina del Carmen González Campos, dedujo en esta sede civil demanda de prescripción extintiva de la acción de cobro de derechos de aseo municipal en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, representada legalmente por su alcaldesa doña Cathy Carolina Barriga Guerra, a fin de que se declare la prescripción extintiva de las acciones de cobro de derechos de aseo municipal impagos, más sus respectivos reajustes, intereses y eventuales multas respecto de la propiedad ubicada en Avenida Portales N°2638, Dpto. 23, Villa Bernardo O’Higgins, comuna de Maipú, correspondiente al período que comprende entre el 30 de abril de 2001 al 30 de noviembre del 2005, ascendentes a la suma de $350.495.-, o la que SS., determine conforme a derecho. Basa su demanda en los fundamentos de hecho y de derecho ya reseñados en la parte expositiva de esta sentencia, los que se dan por reproducidos para todos los efectos legales. SEGUNDO*: Que la demandada, válidamente emplazada, se allanó a la demanda incoada en su contra, solicitando que no se le condene en costas al resolver la misma, atendido a que ha tenido motivo plausible para litigar. TERCERO*: Que sin perjuicio de lo anterior, la demandante acompañó al anexo del folio 1, los siguientes documentos, no objetados de contrario. a) Certificado de dominio vigente, respecto del inmueble inscrito a foja

Fallo

SE RESUELVE: I. Que se hace lugar a la demanda principal contenida al folio 1 declarándose que se encuentran prescritas las acciones de cobro de derechos de aseo municipal, más sus respectivos reajustes, intereses y eventuales multas, respecto de la propiedad ubicada en Avenida Portales N°2638, Dpto. 23 de la Población Villa Bernardo O’Higgins, comuna de Maipú, Rol:7864-131. respecto del período cuyas fechas de vencimiento median entre el 30 de abril de 2001 al 30 de noviembre del 2005, ambas inclusive. II. Que no se condena en costas a la demandada, por haberse allanado a la misma. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol: C-33858-2019.- DICTADA POR DOÑA SYLVIA PAPA BELETTI, JUEZ TITULAR.- Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diez de Mayo de dos mil veintiuno.- Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-05-10T16:49:45-0400

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 8 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-33858-2019 CARATULADO : GONZ LEZ/ILTRE MUNICIPALIDAD DEÁ MAIPÚ Santiago, diez de Mayo de dos mil veintiuno.- VISTOS: Al folio 1, comparece doña Josefina del Carmen González Campos, pastelera, con domicilio en Avenida Portales N°2638, Dpto. 23, Villa Bernardo O’Higgins, comuna de Maipú, quien deduce demanda de pres

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